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Kojak

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6 Ene 2004
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lo q aprende uno con el puto trabajito de la herencia en roma.

"No pueden actuar como testigos de un testamento los dementes, los impúberes, las mujeres, los sordos y los mudos, los siervos y los extranjeros."

q cachondos los romanos :D

aki Kojak, testamentum hasta los cojonus et mucho
 
La Iglesia Católica no reconoció la existencia del alma en las mujeres hasta el siglo IV dC.
 
Pues si... Era así....
Los siervos, como van a poder actuar como testigos, si ni siquiera se poseían ellos mismos?????

Las mujeres, la verdad, en estas cosas no pintaban mucho, pero no eran simples muebles paridoras de hijos.... Algunas llegaron a cobrar bastante importancia.... Un ejemplo: Livia, la 3º mujer de Augusto. Se podría decir que gobernaba Roma con él....

Y los extranjeros.. depende en que época. Un ejemplo, se concedió el Derecho Romano a Italia, en el 89 a.C. y a Hispania con Domiciano, en el 85 d.C. (la fecha no me hagais mucho caso...) Hasta entonces, salías de tu ciudad, y ya eras extranjero... Y no tenias ningun derecho, cosa que ahora si...

Bueno, aunque lo mejor era lo de los pueblos bárbaros. Cometías un delito en otro reino, y te juzgaban con tus leyes!!!! Es decir, si eras visigodo, y matabas a uno en Francia, te jugaban con las leyes visigodas, Mola.
 
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