El aluvión de solicitudes de ayudas para alquilar viviendas ...

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TITO_PULO rebuznó:
si, es posible que sea un año no recuerdo bien pero puedes invalidar la prologa si declaras que el piso va ser ocupado por ti o por un familiar directo
No si no está especificado en una cláusula del contrato con la fecha aproximada de ocupación.
 
ruben_vlc rebuznó:
Son dos meses de fianza más el primer mes de alquiler, en total los tres meses que comento.

L.A.U.

Art. 36
Fianza.
1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.





Hay muchas cosas que firmamos y que no son legales.






El problema para mí fundamental es que cualquier idiota, con el sólo hecho de tener una casa en propiedad, puede jugar a ser "empresario", sin tener ningún conocimiento del negocio de arrendar, ni ningún tipo de formación, ni de sus derechos y deberes, ni de las leyes que lo rigen, ni de sus tributos a hacienda, ni de ná de ná. Estos subnormales son los que tienen el verdadero peligro.




Son los que sólo quieren sacar el máximo beneficio y si está todavía hipotecada, como dicen ellos "que se pague sóla".
 
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