La gente esta anti abortista me pone los pelos de punta. Un poco macabro no?
Me ha llegado este e mail y me imagino que a muchos de vosotros también. ¿Cómo está el tema por Argentina?
A ver
Favor de forwardear este email.
Ningún científico puede de negar que el embrión tiene el 100% de los genes de un
ser humano completo. Por eso, el embrión tiene la misma dignidad que un adulto.
La vida humana comienza desde la concepción, tal como lo reconoce la
Constitución Nacional. Sin embargo, como los grupos pro muerte no pueden
cambiarla, están apoyando la postulación a la Corte Suprema de jueces a favor de
la despenalización del aborto. Tal es el caso de Argibay y de Highton,
postulados por Kirchner, todos pro aborto.
Los invito a sumarse a la campaña en contra de la postulación de Highton a la
Corte Suprema.
También se puede leer la carta al pie de este mensaje.
A continuación el texto de la carta:
Buenos Aires, 25 de
marzo de 2004 Al Señor
Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Dr. Gustavo Béliz
S / D
En el
aborto está en juego no sólo la colisión de intereses entre el valor vida del
embrión o del feto frente al valor libertad y autodeterminación de la madre,
sino también -y eso es importante resaltar- el conflicto propio del derecho del
no nacido y no querido. Pues debe resolverse dónde hay daño, si en la supresión
de la persona o futura persona o en llevar un embarazo a término y hacer ver la
luz a un niño forzadamente, para que sea maltratado, quede abandonado física o
moralmente o esté a cargo de instituciones de beneficencia y del Estado"… "Por
nuestra parte, consideramos que en tanto puedan conocerse problemas y detectar
enfermedades, la genética es un beneficio, y que no hay daño para las personas
involucradas y sus familias, sino la posibilidad de elegir responsablemente el
camino a tomar. Las estrategias y técnicas disponibles para la prevención y
tratamiento de estos males constituyen beneficios, aún a costa de tener que
terminar (o más bien poder elegir terminar) con una gestación en marcha. Lo
importante e interesante de este tema, más que la opinión personal que a cada
uno pueda suscitarle tremendo problema ético, es que en otros países se
considera daño el haber nacido e irresponsabilidad médica el haber dejado nacer,
habiéndose constituido en eventual beneficio la posibilidad de no haber llegado
al mundo en las condiciones desfavorables para las que estaba destinado el
'nascituros'".
Si bien las expresiones de la Dra. Highton son anteriores a la reforma
constitucional del 94, no han sido rectificadas públicamente hasta la fecha, y
resultan incompatibles con el hecho de que la defensa y protección integral de
la persona por nacer -desde que es concebida- constituye en nuestro ordenamiento
jurídico un mandato imperativo ineludible que no puede ser soslayado por ninguna
autoridad de la República, cualquiera sea el poder (legislativo, ejecutivo o
judicial) al que aquella pertenezca. Máxime, cuando a partir de la reforma
constitucional mencionada, los textos de diversos tratados internacionales
-cuyas condiciones de vigencia garantizan la protección de la vida humana desde
la concepción- han alcanzado jerarquía constitucional. Entre otros, la
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, arts. 1, 2, 7 y 17;
la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, arts. 2.1, 3, 6, 7 y 25.2;
la Convención Americana sobre Derechos Humanos, arts. 1.2, 3, 4.1, 5, 19 y 24;
el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, arts. 6.1, 16 y 24.1; la
Convención sobre los Derechos del Niño, arts. 1º, 2º, 6.1, 23.1. En 1993 -fecha
en que la Dra. Highton elabora el trabajo cuestionado-, el Código Penal admitía
el aborto en dos supuestos: peligro para la vida o la salud de la madre y
violación de mujer idiota o demente. Pero la Dra. Highton, al parecer, elaboró
la doctrina de un tercer supuesto: defectos genéticos. Por otra parte el Código
Civil, que en el siglo XIX redactó Vélez Sarfield, establece en su art 63 y
siguientes que se es persona humana desde el momento de la concepción en el seno
materno. Esto quiere decir que la Dra. Highton no estaba de acuerdo -en 1993- ni
con el Código Penal ni con el Código Civil que como jueza estaba obligada a
respetar. Además, antes y después de la reforma constitucional de 1994, según la
ley natural y el derecho positivo argentino vigente, la vida del niño no-nacido
nunca pudo o podrá depender del deseo de la madre. Es más, calificar a un
no-nacido de "deseado" o "no-deseado", o admitir, como hace Highton, "la
colisión de intereses entre el valor vida del embrión o del feto frente al valor
libertad y autodeterminación de la madre", legitima una gravísima discriminación
del ser humano en los primeros días o meses de su vida: ésta estaría sometida a
la arbitrariedad de los deseos como si el ser humano fuera una cosa.
Por otro lado, la Dra. Highton subordina la vida humana al bienestar que la
persona por nacer pueda o no alcanzar, diciendo, "debe resolverse dónde hay
daño, si en la supresión de la persona o futura persona o en llevar un embarazo
a término y hacer ver la luz a un niño forzadamente, para que sea maltratado,
quede abandonado física o moralmente o esté a cargo de instituciones de
beneficencia y del Estado". Frente a esto sostenemos que subordinar el valor de
la vida humana a supuestos futuribles sobre el grado de felicidad o bienestar
que podría alcanzar la persona, es constituirse en árbitros del derecho a la
vida del prójimo, en contra de la ley natural y contra la ley positiva de
nuestro país. La Dra. Highton añade: "Las estrategias y técnicas disponibles
para la prevención y tratamiento de estos males constituyen beneficios, aún a
costa de tener que terminar (o más bien poder elegir terminar) con una gestación
en marcha". Sin embargo, la vida del no-nacido no puede estar subordinada a su
estado de salud. Ningún poder puede arrogarse la función de medir el grado de
felicidad o infelicidad de un enfermo para quitarle la vida.
En resumen, si el "deseo" de la madre u otras personas, o la aceptación social
que podría o no tener, o su estado de salud, o cualquier otro motivo puede
servir de justificación para quitarle la vida al niño no-nacido, se impondría la
ley del más fuerte, y el derecho se convertiría en excusa para relativizar
cualquier crimen. Por lo expuesto solicito el retiro de la candidatura de la
Dra. Highton o la presentación de otras alternativas a ser consideradas por el
Senado de la Nación, ya que el Decreto 222/03 permite la presentación de varios
postulantes. Saludo al Sr. Ministro atentamente