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Por eso te preguntaba. Sin cédula de habitabilidad olvídate de heredar registralmente.Todo eso ya lo tengo, no hay problema con ello. Es la obra que hicieron mis padres hace casi 50 años lo que nunca había recibido el visto bueno, hasta ahora. Y no les ha gustado.
Pues sí. Estrictamente hablando, es así.
Por eso te preguntaba. Sin cédula de habitabilidad olvídate de heredar registralmente.
Si en el registro sigue apareciendo tu madre como propietaria, es que nadie ha presentado la herencia.No tiene nada que ver una cosa con la otra. La cédula afecta a los servicios, a la venta y al empadronamiento. A la herencia no, en cualquier caso yo ya heredé hace años, hace años que está a mi nombre en el catastro, el registro de la propiedad es sólo para cuando la quiera vender.
quedarte con su casa
En el catastro estoy yo, en el registro mi madre todavía. Pero eso no importa, no es de eso de lo que hablo, no es la propiedad lo que peligra, sino que se siga dando servicio de agua y luz después de decir el ayuntamiento que la obra de la parte del edificio que es mi casa no cumple con las condiciones de habitabilidad.
No es la propiedad el problema, sino las condiciones internas de la vivienda.
Es mi casa y lo ha sido siempre, mi madre me la dejó a mi.
Si en el registro sigue apareciendo tu madre como propietaria, es que nadie ha presentado la herencia.
A ver, pedazo de zomolotroco. Si no inscribes la herencia, no la vas a poder vender nunca, y para inscribirla, te hace falta la cédula, y para que te la den, necesitas reformar la vivienda....conclusión; a aflojar la panocha. Ni que decir tiene que contratarás ñapas senegaleses para ahorrarte el IVA, verdad, hijueputa?Claro que no la presentado en el registro, pero eso es irrelevante. Se hereda al aceptar la herencia ante notario y pagar el impuesto de sucesiones.
Se ve que no has heredado nunca.
Para quitártelo por 4 gordas y explotarlo ellos, fijo.
Me niego.
A ver, pedazo de zomolotroco. Si no inscribes la herencia, no la vas a poder vender nunca, y para inscribirla, te hace falta la cédula, y para que te la den, necesitas reformar la vivienda....conclusión; a aflojar la panocha. Ni que decir tiene que contrararar ñapas senegaleses para ahorrarte el IVA, verdad, hijueputa?
Pero será hijueputa. Que he trabajao en un banco, alelao. Anda y que te den. Otro pa mi lista de henemijos foriles.Para vender no hace falta la cedula, simplemente el comprador reconoce en la compraventa que conoce la falta de cedula. Rebaja el precio, eso yes.
Para cambiar el registro de la propiedad tampoco hace falta la cedula, solo la aceptacion de herencia. Ya estuve en el registro personalmente en Noviembre y lo sé bien.
La cedula hipotéticamente me hará falta si cortan agua o luz y tal vez para el empadronamiento, pero ya.
No seas merma y uses términos como "inscribir herencia" que no sabes ni por dónde te da el aire.
La cedula hipotéticamente me hará falta si cortan agua o luz y tal vez para el empadronamiento, pero ya.
Y además la cae multa, por gualtrapa.¿Pero cómo van a cortar la luz y el agua?
Y además la cae multa, por gualtrapa.
Pero será hijueputa. Que he trabajao en un banco, alelao.
Uufffff, mira que la máquina del invent precisa de 400 metros cuadrados para su rendimiento óptimo.Te lo compro por 10k, hago yo la reforma y te dejo vivir (y hacerte pajas) en una habitación. Última y única oferta.
jejejeje
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