La UE acuerda castigar como delito la incitación al racismo y la xenofobia
LUXEMBURGO.- Los ministros de Justicia de los 27 Estados de la Unión Europea (UE) han alcanzado un acuerdo para que la incitación al racismo y la xenofobia sean delito en todos los Estados comunitarios, aunque ... los ministros de Justicia de la UE adoptaron una decisión marco que establece penas de entre uno y tres años de prisión para las incitaciones a la violencia contra grupos por su origen étnico o nacional, así como para la negación del Holocausto, los crímenes contra la Humanidad o los genocidios reconocidos por tribunales internacionales.
Lo dicho más arriba sobre los periodistas: NPI. la
UE no tiene competencias penales, puede haber acuerdos, colaboración, etc
La negación del genocidio es lógica, solo a un necio se le ocurre negar la muerte de los 6 millones de judios,
5 de alemanes, 30 de rusos, etc, de memoria, ya digo.
Otra cosa es que, y por la misma razón, se niegue la crítica a los diferentes gobiernos de Israel por sus
hechos actuales, lo mismo que los Palestinos, y todos los gobiernos que les rodean. Es imposible penalizar hechos
ciertos, lo contrario sería totalitarismo Sin duda serán noticia los
próximos 200 años por cagxxla añso, tras año, muerto tras muerto :-(
Además si quieres ver en nuestro CPenal vigente dónde está eso, aquí:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t21.html#c4s1
LIBERTADES PÚBLICAS GARANTIZADOS POR LA CONSTITUCIÓN.
Artículo 510.
1. Los que
provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia
contra grupos o asociaciones,
por motivos racistas,
antisemitas
u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros
a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán
castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
2. Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.Artículo 511.....
Artículo 512.....
Artículo 513. ..
Artículo 514. ...
Artículo 515....
Son punibles las
asociaciones ilícitas, .....
Las que
promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra personas, grupos o asociaciones
por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una
etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía,
o inciten a ello.
Artículo 516.....
Artículo 517. ...
Artículo 518. Los que con su
cooperación económica o de cualquier otra clase, en todo caso
relevante, favorezcan la fundación,
organización o actividad de las asociaciones comprendidas en los números 1 y 3 al 6 del artículo 515, incurrirán en la pena de prisión de uno a tres años, multa de ...
En fin, que no son las Leyes del Estado de kentucky, pero
tal y como está Interné, están bien documentadas
y cualquiera que sepa lo que es una oración copulativa, se pare en las comas y no pierda el verbo ve hechos
aplicables por los jueces, no una simple opinión, que de esas, como el culo, cada uno tiene uno, sic