Presos de conciencia
Liberación inmediata y sin condiciones
Un preso de conciencia es aquella persona que sufre privación de su libertad, en cualquier parte del mundo, a causa de sus ideas políticas; creencias religiosas; origen étnico; sexo; idioma; origen nacional o social; situación económica; nacimiento u otras circunstancias, y que no ha recurrido a la violencia ni propugnado su uso.
Dr. Óscar Elías Biscet González: preso de conciencia (Cuba)
De 41 años, médico y presidente de la organización no oficial «Fundación Lawton de Derechos Humanos», ha sido detenido en más de una veintena de ocasiones en el pasado.
El 6 de diciembre de 2002, fue detenido de nuevo junto a otros 16 disidentes cuando intentó reunirse en una casa de La Habana para hablar de derechos humanos.
Según informes cuando la policía les impidió entrar en la casa, Oscar Biscet y los demás se sentaron en la calle como protesta y gritaron consignas como «Vivan los derechos humanos» y «Libertad para los presos políticos».
Fue detenido y juzgado junto a varios disidentes en marzo de 2003 y fue condenado a 25 años en virtud del artículo 91 del Código Penal. Aunque vive y fue juzgado en La Habana, en la actualidad está recluido en la prisión de Kilo 5½, en la provincia de Pinar del Río.
Amnistía Internacional lo considera un preso de conciencia, detenido únicamente por el ejercicio pacífico de sus libertades fundamentales y pide su liberación de inmediata y sin condiciones.
¡ACTÚA! » Envía cartas de llamamiento pidiendo su liberación inmediata y sin condiciones al Presidente y al Ministro de Relaciones Exteriores de Cuba. Puedes usar este texto como modelo para tu carta:
Excelencia:
Quiero expresarle mi más profunda preocupación por el arresto el 6 de diciembre del 2002 del Dr. Oscar Biscet y la condena impuesta a 25 años de cárcel en virtud del Artículo 91 del Código Penal.
Considero que ha sido detenido y condenado por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión y de asociación y, por ello, le pido su liberacion inmediata y sin condiciones.
Atentamente,
[Tu nombre]
Direcciones
Dr. Fidel Castro
Presidente de los Consejos de Estados y de Ministros
La Habana, Cuba
Tratamiento: Su Excelencia
Sr. Felipe Pérez Roque
Ministro de Relaciones Exteriores
Ministerio de Relaciones Exteriores
Calzada No. 360, Vedado
La Habana, Cuba
Fuente: Amnistia Internacional
Liberación inmediata y sin condiciones
Un preso de conciencia es aquella persona que sufre privación de su libertad, en cualquier parte del mundo, a causa de sus ideas políticas; creencias religiosas; origen étnico; sexo; idioma; origen nacional o social; situación económica; nacimiento u otras circunstancias, y que no ha recurrido a la violencia ni propugnado su uso.
Dr. Óscar Elías Biscet González: preso de conciencia (Cuba)
De 41 años, médico y presidente de la organización no oficial «Fundación Lawton de Derechos Humanos», ha sido detenido en más de una veintena de ocasiones en el pasado.
El 6 de diciembre de 2002, fue detenido de nuevo junto a otros 16 disidentes cuando intentó reunirse en una casa de La Habana para hablar de derechos humanos.
Según informes cuando la policía les impidió entrar en la casa, Oscar Biscet y los demás se sentaron en la calle como protesta y gritaron consignas como «Vivan los derechos humanos» y «Libertad para los presos políticos».
Fue detenido y juzgado junto a varios disidentes en marzo de 2003 y fue condenado a 25 años en virtud del artículo 91 del Código Penal. Aunque vive y fue juzgado en La Habana, en la actualidad está recluido en la prisión de Kilo 5½, en la provincia de Pinar del Río.
Amnistía Internacional lo considera un preso de conciencia, detenido únicamente por el ejercicio pacífico de sus libertades fundamentales y pide su liberación de inmediata y sin condiciones.
¡ACTÚA! » Envía cartas de llamamiento pidiendo su liberación inmediata y sin condiciones al Presidente y al Ministro de Relaciones Exteriores de Cuba. Puedes usar este texto como modelo para tu carta:
Excelencia:
Quiero expresarle mi más profunda preocupación por el arresto el 6 de diciembre del 2002 del Dr. Oscar Biscet y la condena impuesta a 25 años de cárcel en virtud del Artículo 91 del Código Penal.
Considero que ha sido detenido y condenado por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión y de asociación y, por ello, le pido su liberacion inmediata y sin condiciones.
Atentamente,
[Tu nombre]
Direcciones
Dr. Fidel Castro
Presidente de los Consejos de Estados y de Ministros
La Habana, Cuba
Tratamiento: Su Excelencia
Sr. Felipe Pérez Roque
Ministro de Relaciones Exteriores
Ministerio de Relaciones Exteriores
Calzada No. 360, Vedado
La Habana, Cuba
Fuente: Amnistia Internacional