Perineo rebuznó:
Petisui, el CAC fue creado en el año 2000.
Correcto. Admito mi ignorancia. "Creacción del CAC", no es lo correcto ni lo más adecuado. El CAC es creado en al año 2000.
El problema es La Ley Audiovisual catalana, en virtud de la cual se le concede
capacidad sancionadora al CAC, capacidad que antes no tenía. Su trabajo era realizar informes e investigaciones sobre los contenidos de prensa, radio, tv. El poder sancionador otorgado es la queja fundamental.
Con la aprobación de la nueva Ley Audiovisual de Cataluña, el CAC podrá imponer sanciones a los medios de hasta 300.000 euros e incluso decretar la suspensión de actividades por tres meses, en caso de incurrir en infracciones muy graves. La tipificación de las sanciones las ha hecho ellos.
Esta nueva ley se ceba especialmente con los responsables de los medios, para los que se podrá acordar
"el cese definitivo de la prestación de los servicios audiovisuales" cuando acumulen en un año dos infraciones muy graves o tres graves.
Si ellos deciden la gravedad de la información, y tienen poder sancionador, dado por la nueva ley... Blanco y en botella.
Admito mi error, confundí la capacidad sancionadora otorgada por la nueva ley, con la creación del CAC (que ya existía, no es nuevo). Espero que ahora quede más claro, mi opinión.
Diferentes raseros es lo que la Cope no pide. O todos blancos o todos negros. Que los medios afines no sean grises. Aparte de que esa ley la consideran inconstitucional. El poder sancionador corresponde a la justicia.