Tiboroski
Nuestro hombre en París
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Tras los numerosos atentados MUSULMANES que asolan Occidente, se me ha ocurrido abrir un tema para conocer la opinión de la forisma acerca de la posesión legal de armas en manos de ciudadanos particulares. Como el asunto corría riesgo cierto de desparramarse por ser una materia muy amplia y susceptible de decenas de casuísticas, me he permitido redactar una serie de sencillas normas. Son lentejas, pero se pueden introducir matices que perfilen la regulación ya que es posible que me haya dejado algo relevante.
Ya puestos, y para ser prácticos, dejemos de un lado el "es que eso ahora mismo no se podría hacer porque no sé qué norma impide que..." o "Es que debería dotarse de un presupuesto gñé...". Supongamos que todo lo expuesto es directamente homologable a la legislación actual (muchos de los requisitos ya existen para ciertas armas) o que su adaptación sería fácilmente adaptable y que ello no supondría un problema de existir voluntad real para afrontarlo.
También dejamos a un lado el tema de la caza, tiro deportivo y demás.
El solicitante de una licencia de armas de fuego debe:
- Tener al menos 23 años.
- Someterse a una verificación de antecedentes penales y policiales. Todo poseedor de antecedentes de cualquier tipo, siquiera cancelados, no será apto para obtener la licencia de armas.
- Someterse a una verificación oficial de enfermedades mentales o minusvalía psíquica de cualquier grado. Las físicas, siempre y cuando no impidan el uso correcto del arma.
- Someterse a una verificación oficial relativo a todo tipo de adicciones incompatibles con el correcto uso de un arma.
- Superar un examen teórico y otro práctico a cargo de un servicio de inspección de armas de la Guardia Civil, permitiéndose una única arma por persona y licencia.
- Portar solamente las municiones que se adaptan al arma de fuego se especifica en la licencia, nunca mayores de 9mm y únicamente se permitirán armas cortas.
- Renovar su licencia cada 3 años.
- Dotarse de un seguro obligatorio.
- Inscribirse en un registro oficial de adquisición, posesión y transferencia respecto de cada arma en manos privadas.
- Disponer de lugares seguros homologados para su almacenamiento, cualquiera que fuera su ubicación (domicilio particular, trabajo…).
- Recibir instrucción en la comprensión, uso y peligros de las armas de fuego desde educación primaria o secundaria.
- Absterse de portar armas en espectáculos de masas tales como deportivos, culturales, políticos, etc...) en que existan vigilantes públicos o privados dotados de armas capaces de repeler posibles agresiones o atentados.
Fight!
Ya puestos, y para ser prácticos, dejemos de un lado el "es que eso ahora mismo no se podría hacer porque no sé qué norma impide que..." o "Es que debería dotarse de un presupuesto gñé...". Supongamos que todo lo expuesto es directamente homologable a la legislación actual (muchos de los requisitos ya existen para ciertas armas) o que su adaptación sería fácilmente adaptable y que ello no supondría un problema de existir voluntad real para afrontarlo.
También dejamos a un lado el tema de la caza, tiro deportivo y demás.
El solicitante de una licencia de armas de fuego debe:
- Tener al menos 23 años.
- Someterse a una verificación de antecedentes penales y policiales. Todo poseedor de antecedentes de cualquier tipo, siquiera cancelados, no será apto para obtener la licencia de armas.
- Someterse a una verificación oficial de enfermedades mentales o minusvalía psíquica de cualquier grado. Las físicas, siempre y cuando no impidan el uso correcto del arma.
- Someterse a una verificación oficial relativo a todo tipo de adicciones incompatibles con el correcto uso de un arma.
- Superar un examen teórico y otro práctico a cargo de un servicio de inspección de armas de la Guardia Civil, permitiéndose una única arma por persona y licencia.
- Portar solamente las municiones que se adaptan al arma de fuego se especifica en la licencia, nunca mayores de 9mm y únicamente se permitirán armas cortas.
- Renovar su licencia cada 3 años.
- Dotarse de un seguro obligatorio.
- Inscribirse en un registro oficial de adquisición, posesión y transferencia respecto de cada arma en manos privadas.
- Disponer de lugares seguros homologados para su almacenamiento, cualquiera que fuera su ubicación (domicilio particular, trabajo…).
- Recibir instrucción en la comprensión, uso y peligros de las armas de fuego desde educación primaria o secundaria.
- Absterse de portar armas en espectáculos de masas tales como deportivos, culturales, políticos, etc...) en que existan vigilantes públicos o privados dotados de armas capaces de repeler posibles agresiones o atentados.
Fight!
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