El alto tribunal sevillano considera que de lo instruido hasta el momento se infiere que "indiciariamente" la apelada, responsable del denominado grupo Diana, "denegaba permisos sin razón objetiva alguna" a sus subordinados y les ocultaba "la celebración de cursos necesarios para realizar su trabajo relativo a la violencia contra la mujer". A una agente, relata la Audiencia Provincial, la llamó "floja", le "tiró los papeles despectivamente a la mesa recriminándole su forma de trabajar" y que "llevara una falda corta".
A otro funcionario también le arrojó los papeles sobre la mesa y le mandó vía móvil mensajes del tipo "lengua de doble filo, garganta que corta" o "puntilla que sobresale, zapatero que recibe". A un tercero, continúa la Sección Séptima, le criticó "de manera áspera" su modo de trabajar. Le dijo que "no se enteraba de nada" y, cuando le preguntaba alguna duda, le respondía que "no se leía las fotocopias". También le contó a sus compañeros que este último policía "era un maltratador" y una "rata".
A una cuarta subordinada le dijo lo único que hacía era "arrascarse el coño" y le puso un servicio la misma tarde en la que se casaba su hermano. Siempre según el relato de la Audiencia Provincial, a una quinta funcionaria le llamó "gorda" y "grasosa" y le modificó permisos que ya tenía concedidos. A otro agente, además, le llamó "gilipollas".