Cierto porcentaje de nuestros impuestos, al hacer la declaración de la renta, además de parar en el bolsillo de nuestro Real Simpático Holgazán, es utilizado para el armamento.
Podéis elegir que este porcentaje sea destinado a una organización humanitaria u otra (nada ni nadie os impide hacer una asociación por la promoción del "fornicar no es pecar" o lo que se os ocurra por el bienestar del macho ibérico)
Aquí tenéis una lista de ONG en España ( ONG ordenadas alfabéticamente). Incluso en vuestra ciudad, habrá asociaciones locales a las cuales se le puede dar un impulso.
<h3>Guia rápida para realizar Objeción Fiscal a los gastos militares</h3>
Esquemáticamente, los pasos a realizar son:
1. Rellenar los impresos de la declaración de renta hasta la casilla 741 (cuota resultante de la liquidación)
2. Calcular el importe que se ha de descontar.
Hay dos sistemas: descontar (de la cuota líquida total) el porcentaje de los PGE que se destina al Ministerio de Defensa, es decir, actualmente, el 5,42%; o bien, descontar una cantidad fija (84 € = un euro por cada pais con deuda externa).
3. Incluir este importe en alguna de las casillas posteriores de retenciones, 742 a 753 (al utilizar el programa PADRE usar la 751 -Plan PREVER-), tachando el texto de la línea y escribiendo a continuación o encima: “por objeción fiscal”.
4. Adjuntar a la documentación el comprobante del ingreso del importe objetado a una entidad de carácter social, solidaria o de paz (ONG, entidad benéfica, entidad de promoción de los derechos humanos…).
5. Adjuntar también una carta al ministro de Hacienda y Economía donde se explica que es la OF y las razones (modelo de carta instanciaof.)
<b>(Recomendado)</b>:Enviar los datos personales, la cantidad objetada y el destino, al centro coordinador de objeción fiscal ( correo electronico [email protected], web Enquesta, teléfono, correo postal -modelo censo -etc.).
Gracias a Arcadi Oliveras, Doctor en Ciencias Económicas y experto en economía mundial, además de catedrático en la Universidad Autónoma de Barcelona, por estas indicaciones.
Podéis elegir que este porcentaje sea destinado a una organización humanitaria u otra (nada ni nadie os impide hacer una asociación por la promoción del "fornicar no es pecar" o lo que se os ocurra por el bienestar del macho ibérico)
Aquí tenéis una lista de ONG en España ( ONG ordenadas alfabéticamente). Incluso en vuestra ciudad, habrá asociaciones locales a las cuales se le puede dar un impulso.
<h3>Guia rápida para realizar Objeción Fiscal a los gastos militares</h3>
Esquemáticamente, los pasos a realizar son:
1. Rellenar los impresos de la declaración de renta hasta la casilla 741 (cuota resultante de la liquidación)
2. Calcular el importe que se ha de descontar.
Hay dos sistemas: descontar (de la cuota líquida total) el porcentaje de los PGE que se destina al Ministerio de Defensa, es decir, actualmente, el 5,42%; o bien, descontar una cantidad fija (84 € = un euro por cada pais con deuda externa).
3. Incluir este importe en alguna de las casillas posteriores de retenciones, 742 a 753 (al utilizar el programa PADRE usar la 751 -Plan PREVER-), tachando el texto de la línea y escribiendo a continuación o encima: “por objeción fiscal”.
4. Adjuntar a la documentación el comprobante del ingreso del importe objetado a una entidad de carácter social, solidaria o de paz (ONG, entidad benéfica, entidad de promoción de los derechos humanos…).
5. Adjuntar también una carta al ministro de Hacienda y Economía donde se explica que es la OF y las razones (modelo de carta instanciaof.)
<b>(Recomendado)</b>:Enviar los datos personales, la cantidad objetada y el destino, al centro coordinador de objeción fiscal ( correo electronico [email protected], web Enquesta, teléfono, correo postal -modelo censo -etc.).
Gracias a Arcadi Oliveras, Doctor en Ciencias Económicas y experto en economía mundial, además de catedrático en la Universidad Autónoma de Barcelona, por estas indicaciones.