Coronavirus: foreros sin nadie que se les quiera acercar ni a pegarle el COVIC el Gnomo

¿Hay foto? O GTFO.
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Italia parece que reporta casi 150 muertos menos que ayer y más de 1000 menos nuevos casos.
 
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USA pidiendo pista.

El alcalde de New York dice que se quedan sin respiradores en 10 días.

Va a ser que a muchos les ha pillado esto en bragas, no sólo a nosotros
 
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¿Qué hay de cierto en que si se declara el estado de excepción se cierran los supermercados?
 
No llegaremos a eso, pero se cierran y es el ejercito el que da comida o cartilla de racionamiento

Me ha llegado un audio por whatsapp con un fulano diciendo que bomberos, policía y ejército están recibiendo pautas para declarar el estado de excepción el lunes o el martes. @topbox ¿sabes algo, o son bulos?
 
La gente de este país está acostumbrada a estar gorda. Yo no, y lo estoy llevando francamente mal.

Te tendrán que cambiar el nick a Almirante Farlorzas.

La Calviño a lo suyo:

 
¿Qué hay de cierto en que si se declara el estado de excepción se cierran los supermercados?
El estado de excepción limita la libertad de movimientos y la privacidad de las comunicaciones se va a tomar por culo, entre otras cosas. Puede intervenir y racionar.
Pero los supermercados no tienen porque cerrar
 
Confirmado, era un resfriao pero vamos a morir todos:
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En mi zona hay unos cuatro desnortados que de manera aleatoria y a lo largo del día, ponen el cara al sol y el novio de la muerte, a todo volumen, hasta tal punto de molestar. En consecuencia, otros cuantos aplauden con las orejas y el rato se les hace ameno. Espero que mueran esputando caca o cerumen.

Echo en falta la típica marichocho con ataque de ansiedad agudo, corriendo por la calle diciendo barrabasadas incomprensibles.

Le hacen falta coronavirus como ladillas a más de un hijo de la gran puta y ya veréis como ni lo cogen. :lol:

Son foreros trabajando en mi hilo del coronarreto. Déjalos hacer.
 
Me ha llegado un audio por whatsapp con un fulano diciendo que bomberos, policía y ejército están recibiendo pautas para declarar el estado de excepción el lunes o el martes. @topbox ¿sabes algo, o son bulos?

Yo estoy libre hoy y no vuelvo a trabajar hasta el Miércoles, hasta la fecha en la Jefatura Superor del CNP de Ceuta no se ha recibido notificación alguna sobre ello.

Art. 116 Constitución Española:
El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.

su declaración puede suponer la suspensión de los siguientes derechos:

  • Derecho a la libertad
  • Plazo máximo de detención de 72 horas, detención preventiva, etc.
  • Inviolabilidad del domicilio.
  • Secreto de las comunicaciones.
  • Libertad de residencia y circulación.
  • Libertad de expresión.
  • Derecho a comunicación e información.
  • Derecho de reunión y de huelga.


No cierran. Los servicios básicos a fecha de hoy se mantienen.

De todos modos, mas debe debe saber @topbox. Ilústrenos, por favor.

No tendrían porqué cerrar, pero se podría indicar que las FCSE regularan el acceso a estos servicios.
 
No cierran. Los servicios básicos a fecha de hoy se mantienen.

De todos modos, mas debe debe saber @topbox. Ilústrenos, por favor.
La Constitución española de 1978.
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales

Ver sinopsis
Artículo 116
  1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.​
  2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.​
  3. El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.​
  4. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.​
  5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados.
    Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.​
  6. La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.​

*Edito: para saber más sobre esto habría que leer la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio:
 
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Un avión de Barcelona. Estamos a un paso del cierre del espacio aéreo para personas
 
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