Hamijo
@topbox
Ha leido usted la circular sobre unificación de sanciones? Yo no, pero le pongo aqui un copia y pega de de lo que se puede hacer (quicir moverse) de la Cadena Ser
La circular interna sigue recordando cuáles son las
actividades esenciales permitidas: desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial , retorno al lugar de residencia habitual, asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, desplazamiento a entidades financieras y de seguros, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad, cualquier otra actividad de análoga naturaleza. Las medidas limitativas de la libertad de circulación contenidas en el Real Decreto
Ahi no pone nada de pasear máscotas, aclarenoslo plox, de paso le deseo un dia disfrutando y pegandole a alguien en el lomo, pero pregúntele antes.