Boniato
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Bajo mi punto de vista sí debe haber unos plazos límites para el padre, lo contrario es dejar desamparada a la madre. Imagina que ella se queda embarazada, por accidente, porque falla píldora o lo que sea. Se lo comunica al padre, y le dice que ella desea ser madre pero no en solitario, que lo tendrá sólo si el también lo desea, que en caso contrario abortará. El dice que sí, pasan los meses, comen perdices y cuando faltan semanas para el parto se echa atrás. Y ella, que había actuado de una manera razonable y responsable, tomando una decisión consensuada con el padre, se ve a punto de traer a un niño al mundo en solitario y sin poder abortar. Pues no me convence.ilovegintonic rebuznó:Como no se obligaría a abortar a la mujer si esta quiere tener el niño, la decisión del padre de desentenderse de ese niño que va a venir al mundo no tiene por qué tener una fecha límite. El padre se puede enterar de que va a ser padre cinco minutos antes de serlo y en ese momento decir "los cojones voy a mantenerlo".
A mi modo de ver el "aborto jurídico masculino" ha de ir de la mano del aborto físico de la mujer, de tal modo que ella, ante el rechazo del padre, tenga la opción de seguir en solitario o abortar, pero no verse obligada a lo primero sin más opción. En España el aborto funciona así:
Hasta las 14 semanas: Aborto libre. Pides hora, vas al hospital y ya.
14 a 22 semanas: Se puede abortar, pero sólo en algunos supuestos (riesgo para la vida de la madre y malformaciones del feto).
Más de 22 semanas: Anomalías o enfermedades extremadamente graves, incurables o incompatibles con la vida.
Lo que haría con el "aborto jurídico masculino" es vincularlo a esos plazos e indicaciones:
Hasta las 14 semanas: Aborto jurídico libre. Si el padre manifiesta su no deseo de ser padre lo será biológicamente pero no legalmente.
14 a 22 semanas: Aborto jurídico en caso de malformaciones. Si la madre quiere traer un gñé al mundo y el padre no, adelante, pero este último no será legalmente progenitor. El supuesto de "grave riesgo para la vida" no es aplicable por motivos obvios.
Más de 22 semanas: Igual, si la madre quiere parir un churumbel con síndrome de arlequín ella sabrá, pero que el padre pueda desentenderse.
Algo así me parece lo más equilibrado.
Si el aborto jurídico fuera como yo he descrito, el plazo es muy corto en la mayoría de casos, 14 semanas. Hasta que a ella no le venga el periodo, sospeche y vaya a la farmacia a comprar un test pueden pasar 3 o 4 semanas y al final te mueves en un margen de poco más de 2 meses.ilovegintonic rebuznó:Porque, ¿sabes qué? Si el padre se entera cuando la otra le está tocando al timbre con el niño en brazos es que DELIBERADAMENTE le ha ocultado el embarazo, así que no le ha permitido al tío decidir sobre si quería o no ser padre, sino que ha jugado a una política de hechos consumados. Vamos, que si me llega una que me follé hace diez años con un niño mañana, en ese mismo momento podría negarme a asumir esa paternidad, por más que el niño ya midiera metro y medio.
Y, siendo sinceros, ya me dirás con los cientos de miles de medios de comunicación que hay hoy día, entre correo, móvil, facebook, skype, los mps del foro o su puta madre si el tío se va al extranjero sigue estando perfectamente localizable en el 99% de los casos. Vamos, yo me fui al extranjero y no se lo dije a todo el mundo que conocía y me seguían contactando por whatsapp, mail o su puta madre. Y es bien fácil de demostrar el intento de comunicación: basta enseñar el móvil o el correo y decir "oiga que mire que he mandado 234 correos, he llamado 232 veces, puesto 983 whatsappas, se lo he dicho a su madre, a su padre, a sus colegas... ¡se está haciendo el orejas!". Además de que uno, si puede quitarse de encima el tema de la paternidad simplemente manifestándolo cuando se entera de que va a ser padre no tiene sentido hacerse el orejas, antes bien, tiene sentido decir "ah, gracias por avisar, menos mal: LO AGUANTAS TÚ".
Un tema de tanta enjundia no puede depender de un "pos yo le envié un wasá, señoría". La notificación al padre debería ser por algún cauce formal, que no deje ninguna duda de que ha sido recibida. ¿Si no conseguimos contactarlo, lo interpretamos como un sí o un no? A su vez, la aceptación o la negativa debe realizarse de manera formal, ante el Juez, el Secretario Judicial, notario o algo así. Nada más que con los plazos habituales que hay que dar a ambos te comes ya buena parte de esos 2 meses, queda muy poco margen para imprevistos de todo tipo.
Pero no hablamos de gente responsable y cabal. Si aceptamos que hay taradas capaces de raspar el semen de su cara y pelo con una cucharilla y metérselo por el coño no es descabellado pensar que a alguno le dé vértigo poco antes del parto.ilovegintonic rebuznó:Igual que el cambio de opinión: a mí no me dicen "vas a ser padre" y digo hoy que ok y en seis meses digo que no, no me jodas. Uno, si quiere, quiere, y si no, no. "Ah, es que al principio me pareció guay ser padre pero luego pensé que qué marrón, ¿no?" Venga, hombre. En ese caso que pringue, por alelao.
En que, en la medida de lo posible, han de cubrirse todos los supuestos, gateras, buscar un equilibrio entre partes, pensar cómo se desarrollarían todos estos procesos en el Juzgado, etc. lo cual no es nada fácil.ilovegintonic rebuznó:No sé, Boniato. Sigo sin ver dónde está la dificultad. Lo que sí que veo es que así se acabarían las buscavidas y se acabarían los tíos con la vida arruinada por ellas.




