La herencia se disfruta postmortem, cuando el usuario original ya no está para disfrutarla. Por tanto nadie priva a otro del disfrute, sino que éste es sucesivo.
Los empresarios, en cambio, al apropiarse en vida de un porcentaje discutiblemente injusto de la riqueza generada por sus trabajadores en la actividad laboral, necesariamente privan a estos del disfrute de una parte de los rendimientos de su trabajo precisamente en el momento en que podrían disfrutarlos, mientras viven.
Y lo de merecer, bueno. Tampoco me he merecido todo lo malo que me ha pasado y me lo he comido como cualquier otra persona, así que ésta es la mía.