¿Como un recibo va a valer pa ná?

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Y si se va a juicio la constatación de pagos en negro igual supone un problema para las partes.
En un juicio se resuelve la validez o no de los pagos, no las obligaciones fiscales derivadas de los mismos.
 
Cierto, pero igualmente supone juicios. También dependerá del contexto. Imagina que el Subnormal del arrendador quiere denunciarlo por daños al piso.

Los daños del piso a Hacienda le suda los huevos, lo que quiere es follarse al que ha recibido el dinero y no ha soltado un ecu al estado.

Al final de la jugada te vas a comer los daños del piso y un anal intruder del fisco.

Conclusión, a ver hestudiao y a la próxima un contrato en regla como LOL manda.
 
Los daños del piso a Hacienda le suda los huevos, lo que quiere es follarse al que ha recibido el dinero y no ha soltado un ecu al estado.

Al final de la jugada te vas a comer los daños del piso y un anal intruder del fisco.

Conclusión, a ver hestudiao y a la próxima un contrato en regla como LOL manda.
Eso no te lo negaré
 
Eso lo has dicho tú, no yo. Ve como chochea, abuelo?

Si salieras de tu habitación alguna vez sabrías que se paga en negro en metálico para, obviamente, no dejar rastro. No hay ni recibos, ni whatsapp, ni bizum, ni transferencias.

Que en alquileres en negro no suele haber nada de eso que es lo que se lee con el resto de los posts.

Recibos de pagar en negro por el banco. Xd

Te crees que todos los caseros que alquilan en negro van a ser tan subnormales como tú de ir dando recibos y aceptando pagos por bizum?


No, no. No has dicho nada de que en los pagos en negro no existen recibos, no. :lol:
 
En un juicio se resuelve la validez o no de los pagos, no las obligaciones fiscales derivadas de los mismos.
Te equivocas. En primer lugar los juicios no dirimen validez, justicia o legalidad. Los juicios consisten unicamente en convencer a quien los arbitra que tienes razón. Sólo eso. Todo depende de la valoración subjetiva que Su Señoría hace de los hechos juzgados, siempre en base a la Ley. La fortuna que uno tenga en la designación de la persona que ha de juzgar es determinante: lo que al juez A le puede parecer un error inane, al juez B le puede causar una urticaria que lo impela a dictar sentencias ejemplares a martillazos. En ese sentido, cabe decir sin temor a equivocarse que la justicia española tiene algo de tómbola.
En segundo lugar en un juicio se pueden incoar actuaciones (habitualmente de carácter penal) o dar traslado a los órganos competentes cuando considere que se ha podido cometer un delito que se haya deducido con el fin de investigar la posible comisión de dicho delito y llegado el caso juzgarlo.
 
Te equivocas. En primer lugar los juicios no dirimen validez, justicia o legalidad. Los juicios consisten unicamente en convencer a quien los arbitra que tienes razón. Sólo eso. Todo depende de la valoración subjetiva que Su Señoría hace de los hechos juzgados, siempre en base a la Ley. La fortuna que uno tenga en la designación de la persona que ha de juzgar es determinante: lo que al juez A le puede parecer un error inane, al juez B le puede causar una urticaria que lo impela a dictar sentencias ejemplares a martillazos. En ese sentido, cabe decir sin temor a equivocarse que la justicia española tiene algo de tómbola.
Perdone usted por no usar la terminología jurídica correspondiente.
En segundo lugar en un juicio se pueden incoar actuaciones (habitualmente de carácter penal) o dar traslado a los órganos competentes cuando considere que se ha podido cometer un delito que se haya deducido con el fin de investigar la posible comisión de dicho delito y llegado el caso juzgarlo.
Que el juzgado puede incoar actuaciones es obvio, lo que no va es a resolver en ese mismo juicio, que está para lo que está.
 
Te equivocas. En primer lugar los juicios no dirimen validez, justicia o legalidad. Los juicios consisten unicamente en convencer a quien los arbitra que tienes razón. Sólo eso. Todo depende de la valoración subjetiva que Su Señoría hace de los hechos juzgados, siempre en base a la Ley. La fortuna que uno tenga en la designación de la persona que ha de juzgar es determinante: lo que al juez A le puede parecer un error inane, al juez B le puede causar una urticaria que lo impela a dictar sentencias ejemplares a martillazos. En ese sentido, cabe decir sin temor a equivocarse que la justicia española tiene algo de tómbola.
En segundo lugar en un juicio se pueden incoar actuaciones (habitualmente de carácter penal) o dar traslado a los órganos competentes cuando considere que se ha podido cometer un delito que se haya deducido con el fin de investigar la posible comisión de dicho delito y llegado el caso juzgarlo.

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Eres el único que lo has dicho, abuelo.
Claro. Todos los demás están entendiendo que tu postura en este hilo es que sí que existen recibos de pagos en negro y que por supuesto los recibos son una prueba de dichos pagos. Yo soy el único que ha pensado que tú decías que no había recibos de pagos en negro y que decías que dichos recibos no tenían valor probatorio.

:lol:
 
Menudo Universo paralelo que se ha montado.
 
Perdone usted por no usar la terminología jurídica correspondiente.

Que el juzgado puede incoar actuaciones es obvio, lo que no va es a resolver en ese mismo juicio, que está para lo que está.
No, si no te afeo usar o no la terminología correcta. Intentaba explicar el porqué era errónea una parte de tu post. Es factible que no haya sabido explicarme o que no hayas entendido el contenido de lo que te he respondido, porque no conoces (ni tienes por qué conocer) los pormenores del Derecho, los ítems que se tienen o no en cuenta para juzgar o en que consiste el procedimiento procesal.
La segunda respuesta es muy acertada.
 
Última edición:
Claro. Todos los demás están entendiendo que tu postura en este hilo es que sí que existen recibos de pagos en negro y que por supuesto los recibos son una prueba de dichos pagos. Yo soy el único que ha pensado que tú decías que no había recibos de pagos en negro y que decías que dichos recibos no tenían valor probatorio.

:lol:
Has dicho que yo he dicho que no existían. Y no, tampoco he dicho que no tengan valor probatorio. He dicho que no tienen valor probatorio por sí mismo. Trilero.
 
Has dicho que yo he dicho que no existían. Y no, tampoco he dicho que no tengan valor probatorio. He dicho que no tienen valor probatorio por sí mismo. Trilero.
Entonces tú con frases como "Recibos de pagar en negro por el banco. Xd" o "Te crees que todos los caseros que alquilan en negro van a ser tan subnormales como tú de ir dando recibos" o "Si salieras de tu habitación alguna vez sabrías que se paga en negro en metálico para, obviamente, no dejar rastro. No hay ni recibos, ni whatsapp, ni bizum, ni transferencias" (la negrita es tuya, no mía) no estabas riéndote de la existencia de recibos en pagos en negro ni llamando nada a nadie que estuviera diciendo que sí los había manejado. Como lo has dejado tan claro no ha tenido que venir nadie a decirte que sí que había recibos en pagos en negro, ni ponerte ejemplos y hasta fotos de esos recibos. :lol:


Yo soy el gordo con tetas, el gagá eres tú. Vamos a respectar los roles que con tanto esfuerzo nos han atribuido.
Si soy un gagá cómo cojones quieres me que dé cuenta de que soy yo el gagá y tú un gordo con tetas, so tío incongruente.
 
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