Te equivocas. En primer lugar los juicios no dirimen validez, justicia o legalidad. Los juicios consisten unicamente en convencer a quien los arbitra que tienes razón. Sólo eso. Todo depende de la valoración subjetiva que Su Señoría hace de los hechos juzgados, siempre en base a la Ley. La fortuna que uno tenga en la designación de la persona que ha de juzgar es determinante: lo que al juez A le puede parecer un error inane, al juez B le puede causar una urticaria que lo impela a dictar sentencias ejemplares a martillazos. En ese sentido, cabe decir sin temor a equivocarse que la justicia española tiene algo de tómbola.
En segundo lugar en un juicio se pueden incoar actuaciones (habitualmente de carácter penal) o dar traslado a los órganos competentes cuando considere que se ha podido cometer un delito que se haya deducido con el fin de investigar la posible comisión de dicho delito y llegado el caso juzgarlo.