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Sí, sí. Como la maderada de la puerta. Que ellos estaban cumpliendo la leyY yo te he contestado a ti. Mientras haya una causa objetiva (no subjetiva) aprobada por la legislación de la Comunidad Autónoma, (para eso sacan un decreto) el propietario te puede negar la entrada. Y si se lo aprueba el Tribunal Superior de Justicia, más aún.
¿Que luego con el tiempo y pleiteando te dan la razón? No tendrá efecto. El titular estaba cumpliendo lo que le dictaba la legalidad vigente y él no será culpable de nada. Te dirán que le pidas cuentas al maestro armero. Es decir, a la Junta de Andalucia.
![lol :lol: :lol:](/images/rangos/UEsfajG.gif)
Aquí ya hasta se ha pronunciado la AEPD diciendo que de qué cojones van; el Gobierno que no es legal; y el propio cliente se lo tiene que hacer saber al dueño del garito. Si insiste en hacer el subnormal, luego se las va a comer enteritas. Porque el que te prohíbe la entrada es ÉL, no la Junta.
La denuncia en el Juzgado de Guardia (que es gratis) va al empresario; la denuncia ante la AEPD va al empresario; y la hoja de reclamaciones va al empresario.
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