Hilo definitivo del golpe de estado clásico. Hoy: Hez-Spain

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La ñapa pepera se hizo para poder entrullar a Mas por desviar fondos publicos para sus propios intereses, lo mismo que hicieron el Junqueras y compañia, ahora Pedro se folla la justicia para salvarles el culo, todo muy correcto y la borregada aplaudiendo porque lo hacen los suyos.
El proceso independentista no es un proyecto personal de Mas ni de ningún otro. Así que no es propio.
Que es que vamos, el PP no está bloqueando ningún organismo constitucional más de los que los bloquea el PSOE. Porque bien podría mañana estar reformando la ley para despolitizarlos y hacerlos independientes. Pero evidentemente no va a hacer eso porque lo que quiere no es otra cosa sino el control judicial absoluto propio de una república bananera, capaz incluso de hacer constitucional la coronación de Perro Sanxe I El guapo.
 
El proceso independentista no es un proyecto personal de Mas ni de ningún otro. Así que no es propio.


El tio como presidente está desviando dinero de otris usos para fimanciar sus pajas independentistas, está causando un daño al erario público y gracias a la reforma del psoe esto deja de ser delito.

Eso suponiendo que la derecha vuelva al poder.

Ya se encargan los que mandan ahora de que vuelva la derecha

Claro, porque lo de empurar a todos los peperos encausados por la gurtel y demás lo dejamos para otro día.

De momento ningun indultado, y muchos de sus abogados van a pedir rebajas de pena gracias a Sanchez, en concreto los que tengan penas por malversación, y cuando les rebajen las penas volveremos al " no se podia saber", "abogados fachas pudiendo rebajas para sus clientes corruptos" etc.
 
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No, eres tú el que no lees correctamente. Ya te lo he aclarado más arriba.

Nada, erre que erre. Se lo acabo de pedir en Twitter a una conocida abogada a ver si caes del guindo. Lo siento, pero yo más no puedo hacerle.

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Nada, erre que erre. Se lo acabo de pedir en Twitter a una conocida abogada a ver si caes del guindo. Lo siento, pero yo más no puedo hacerle.

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Pues dile que se la repase. :lol:

Sólo los 8 juristas son elegidos por 3/5 según la Constitución. Los 12 magistrados y jueces son elegidos al albur del legislador MEDIANTE LEY ORGÁNICA (mayoría absoluta: la mitad más uno).
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Vamos, que no es lo que se puede leer ahí, es lo que dice la abogada que tengo aquí colgada. Como decía Groucho, ¿a quién le va a hacer caso, señora, a lo que ven sus ojos o a mí?
 
Por lo que yo me informado.

La Constitución recoge cómo se debe formar el CGPD. En la Constitución de 1978 indica que 12 de 20 jueces los debían elegir los propios jueces. @Uncle Meat ha citado el artículo que es el 122 de la constitución.

3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.

Felipe González creó la ley Orgánica en 1985 y lo que cambia sustancialmente es que menciona que como a ellos los ha elegido el pueblo y el poder emana del pueblo se eligen para que los 20 jueces sean elegidos por los propios políticos entre congreso y senado. Ahí pego el texto en el que entiendo que se indica de dicha ley. Ya no se tenía en cuenta a los jueves y eso fue lo grave de esa modificación.

Para la elección de los doce miembros del Consejo General del Poder Judicial que, de acuerdo con el artículo 122.2 de la Constitución Española, deben ser elegidos «entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales», la Ley, informada por un principio democrático, partiendo de la base de que se trata del órgano de gobierno de un Poder del Estado, recordando que los poderes del Estado emanan del pueblo y en atención al carácter de representantes del pueblo soberano que ostentan las Cortes Generales, atribuye a éstas la selección de dichos miembros de procedencia judicial del Consejo General. La exigencia de una muy cualificada mayoría de tres quintos –a la que la Constitución requiere para la elección de los otros miembros– garantiza, a la par que la absoluta coherencia con el carácter general del sistema democrático, la convergencia de fuerzas diversas y evita la conformación de un Consejo General que responda a una mayoría parlamentaria concreta y coyuntural. La Ley regula también el estatuto de los miembros del Consejo y la composición y atribuciones de los órganos en que se articula. Igualmente, se refuerza la mayoría necesaria para la propuesta de nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial y otros cargos institucionales. Por último, se atribuye a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo la competencia para conocer de los recursos que se interpongan contra los actos y disposiciones emanados del pleno o de la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial no susceptibles de alzada
 
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Por lo que yo me informado.

La Constitución recoge cómo se debe formar el CGPD. En la Constitución de 1978 indica que 12 de 20 jueces los debían elegir los propios jueces. @Uncle Meat ha citado el artículo que es el 122 de la constitución.



Felipe González creó la ley Orgánica en 1985 y lo que cambia sustancialmente es que menciona que como a ellos los ha elegido el pueblo y el poder emana del pueblo se eligen para que los 20 jueces sean elegidos por los propios políticos entre congreso y senado. Ahí pego el texto en el que entiendo que se indica de dicha ley.

Ahí lo especifica bastante bien: "La exigencia de una muy cualificada mayoría de tres quintos –a la que la Constitución requiere para la elección de los otros miembros–", es decir, de los miembros de carácter no judicial, los juristas.

¿Dónde pone que la totalidad haya de ser elegida por 3/5? En la reforma (creo que de tiempos de Rajoy) de la Ley Orgánica 6 de 1985, no en la Constitución.
 
indica que 12 de 20 jueces los debían elegir los propios jueces

Yo en esa redacción veo una ambigüedad.

Cuando la constitución dice:

"De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica"

No queda claro si se refiere a que a esos doce los elegirán entre jueces y magistrados o que serán elegidos de entre jueces y magistrados.

En la primera interpretación serían los jueces y magistrados los que eligen, en la segunda serían los que son elegidos.

La ley Orgánica del 85 que has citado luego asume la segunda interpretación de la redacción constitucional, es decir, que los 12 deben ser elegidos de entre jueces y magistrados, pero quiénes sean los que eligen depende de "los términos que establezca la ley orgánica".
 
Yo en esa redacción veo una ambigüedad.

Cuando la constitución dice:

"De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica"

No queda claro si se refiere a que a esos doce los elegirán entre jueces y magistrados o que serán elegidos de entre jueces y magistrados.

En la primera interpretación serían los jueces y magistrados los que eligen, en la segunda serían los que son elegidos.

La ley Orgánica del 85 que has citado luego asume la segunda interpretación de la redacción constitucional, es decir, que los 12 deben ser elegidos de entre jueces y magistrados, pero quiénes sean los que eligen depende de "los términos que establezca la ley orgánica".

El Congreso y el Senado eligen 6 cada uno. Y después, los 4 juristas.
 
El Congreso y el Senado eligen 6 cada uno. Y después, los 4 juristas.

Sí, sí, pero eso es después de la redacción de la ley orgánica. Lo que quiero decir es que esa forma de elegir a los doce, especificada en la ley orgánica, interpreta que la constitución decía que los doce debían ser elegidos de entre los integrantes del conjunto de jueces y magistrados, pero no por quién. @felicidad patética interpreta que la constitución, en cambio, especifica que los doce serían elegidos entre jueces y magistrados, es decir, que jueces y magistrados serían los que elegirían; y por eso @felicidad patética interpreta que la ley orgánica del 85 va en contra de la constitución al decir que los que elegirían serían congreso y senado.

Pero lo que yo veo es que la redacción de la constitución es ambigua y da pie a ambas interpretaciones. Ya que la frase:

"De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica"

no tiene verbo, hubiera bastado que antes del "entre" pusiera "los elegirán" o "serán elegidos" para solventar la ambigüedad.
 
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Por lo que yo me informado.

La Constitución recoge cómo se debe formar el CGPD. En la Constitución de 1978 indica que 12 de 20 jueces los debían elegir los propios jueces. @Uncle Meat ha citado el artículo que es el 122 de la constitución.

Él dijo que no aparecía en la Constitución lo de los 3/5. Y sí que aparece. No hay que darle más vueltas.

Las diversas leyes orgánicas de 1985 y 2001 han cambiado un poco el procedimiento, lo explican aquí.
 
Él dijo que no aparecía en la Constitución lo de los 3/5. Y sí que aparece. No hay que darle más vueltas.

Las diversas leyes orgánicas de 1985 y 2001 han cambiado un poco el procedimiento, lo explican aquí.

Y también aparece lo de los 3/5 en lo de la reforma constitucional ordinaria. Pero ya me dirás qué tendrá que ver. :lol:
 
El tio como presidente está desviando dinero de otris usos para fimanciar sus pajas independentistas, está causando un daño al erario público y gracias a la reforma del psoe esto deja de ser delito.
No deja de ser delito. Cambia la pena. Joder viene en la noticia que has puesto, melón.

Aunque, claro, según esa regla de 3 tendrías que ir contra cualquier matao que gaste dinero público en banderitas, oficina de la lengua o ciudad de la cultura. No quedaba un pepero libre. Lo cual no me parece mal, claro, pero aquí o van todos o no va nadie.
 
Sí, sí, pero eso es después de la redacción de la ley orgánica. Lo que quiero decir es que esa forma de elegir a los doce, especificada en la ley orgánica, interpreta que la constitución decía que los doce debían ser elegidos de entre los integrantes del conjunto de jueces y magistrados, pero no por quién. @felicidad patética interpreta que la constitución, en cambio, especifica que los doce serían elegidos entre jueces y magistrados, es decir, que jueces y magistrados serían los que elegirían; y por eso @felicidad patética interpreta que la ley orgánica del 85 va en contra de la constitución al decir que los que elegirían serían congreso y senado.

Pero lo que yo veo es que la redacción de la constitución es ambigua y da pie a ambas interpretaciones. Ya que la frase:

"De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica"

no tiene verbo, hubiera bastado que antes del "entre" pusiera "los elegirán" o "serán elegidos" para solventar la ambigüedad.

Sí, es muy ambigua para muchas cosas y tiene muchas interpretaciones que el Tribunal Constitucional tiene que delimitar, pero yo ahí en concreto no veo que haya que tirar de desambiguación, ya que habrían usado "por" en lugar de "entre". Yo creo que la confusión apunta más a lo que conocemos que se estila en otros países, como EEUU, donde los jueces parece ser que eligen a sus órganos de gobierno y todo eso.
 
No deja de ser delito. Cambia la pena. Joder viene en la noticia que has puesto, melón.

Aunque, claro, según esa regla de 3 tendrías que ir contra cualquier matao que gaste dinero público en banderitas, oficina de la lengua o ciudad de la cultura. No quedaba un pepero libre. Lo cual no me parece mal, claro, pero aquí o van todos o no va nadie.

Cambia la pena a la baja.


Confundes malgastar dinero con malversacion.

500 millones en ministerio de Igualdad, dinero malgastado, todo legal pero no malversado.

Coger dinero del presupuesto de por ejemplo sanidad, y desviarlo para financiar un referéndum ilegal, es malversacion.
 
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Dale las vueltas que quieras, están condenados entre otras cosas por malversacion y se les ha hecho una ley ad hoc para rebajar penas.


Pero es que encima lo dicen ellos mismos, no se cortan en pedir, y Sanchez con tal de ganar tiempo y seguir en la moncloa es capaz de vender hasta a su madre.

 
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Pero que estén jueces con el mandato caducado puestos a dedo por el PP para que les tapen sus corruptelas no era un golpe, era una movida rara.
Sera por eso por lo que los del PP están dentro de la perrera ya y los del PSOE en la calle dando vueltas y con los plazos cumplidos para entrar.
Que mal lo hacen estos jueces peperos, no?
 
Porque lo habías citado antes.

No sé si hacerte un croquis, macho.

Por cierto, un poco estúpido eso de necesitar 3/5 para renovar el poder judicial pero para cambiar la ley y que deje de ser obligatorio tal requisito no te hace falta tener el 3/5. Desde luego, hubo algún forero subnormal redactando la Constitución.

Tú eres el que dice que los miembros se eligen por 3/5 y que te parece estúpido el hecho de que, para modificar un requisito tan exigente, baste con crear una simple ley que no requiera para su aprobación tanta mayoría, ¿cierto? Además, esta aparente incongruencia se la atribuyes a la Constitución.

Y yo te respondo que eso de los 3/5 no lo exige la Constitución:

Para hacerlos independientes hay que reformar la Constitución, que es la que establece la elección por parte de las cámaras. Y la Constitución no dice nada de 3/5; sólo establece que se haga mediante ley orgánica (mayoría absoluta), que es la que ha establecido lo de los 3/5.

Y tú me pones una captura, no de lo que estamos tratando, sino del Tribunal Constitucional:


Yo te digo que nasti, que lo del Constitucional no tiene aquí nada que ver, que te has liado con el TC y el CGPJ:

No me refería al Constitucional, sino al CGPJ, que es lo que está sin renovar 4 años largos.

const.jpg

Tú respondes que qué pasa con lo de abajo, que ahí pone algo de 3/5:

¿Qué pone justo debajo de lo que has subrayado?

Y yo te respondo que esa es la mayoría para elegir a UNA PARTE del CGPJ, no a la totalidad, y que justo esta mayoría es para elegir a los que tienen menos poder dentro de ese órgano de gobierno, a la minoría formada por juristas:

La minoría elegida entre JURISTAS, que son los que menos peso tienen en el CGPJ. Los jueces y magistrados se elegían antes por mayoría absoluta y, a raíz de la reforma de la ley orgánica 6/85, por mayoría de 3/5.

De nada.

Y tú vuelves con las mismas:

Macho, que antes dijiste "en la Constitución no dice nada de 3/5" y tú mismo has puesto un extracto que sí lo pone.

"Cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros".

Y yo te insisto en que NADA DICE LA CONSTITUCIÓN DE QUE SEAN NECESARIOS 3/5 DE VOTOS PARA DESIGNAR A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL; que sólo los 8 juristas se eligen por 3/5, pero no los 12 restantes que pertenecen a la carrera judicial, que son la puta mayoría, que eso de los 3/5 para jueces y magistrados ha sido algo posterior que se ha establecido mediante LEY ORGÁNICA y que esto no es algo que contravenga la Constitución ni el sentido común, que una ley que exija menos requisitos que los 3/5 de los votos puede perfectamente suprimir esa mayoría y sustituirla por una menos exigente.

¿Qué es exactamente lo que no entiendes?

Me aburro mucho.
 
Tú eres el que dice que los miembros se eligen por 3/5 y que te parece estúpido el hecho de que, para modificar un requisito tan exigente, baste con crear una simple ley que no requiera para su aprobación tanta mayoría, ¿cierto? Además, esta aparente incongruencia se la atribuyes a la Constitución.

Me parece absurdo que no se exija por lo menos el mismo requisito que para renovar el Consejo. No tiene sentido que sea mucho más fácil sacar una ley para trampear que el hecho de acatarla. Joder, que no es tan difícil de entender.

Yo te digo que nasti, que lo del Constitucional no tiene aquí nada que ver, que te has liado con el TC y el CGPJ:

También hablaste de reformar la Constitución. Y por supuesto, tiene que ver, que eso es de lo que estamos hablando en este hilo.

El Gobierno cambia la ley para desbloquear la renovación del Constitucional “ante el secuestro del PP”

Obsérvese como esta noticia habla del bloqueo de ocho vocales de un total 19.

Y yo te respondo que esa es la mayoría para elegir a UNA PARTE del CGPJ, no a la totalidad

Que me suda la polla, imbécil. Que habías dicho que no venía lo de los tres quintos y sí que viene. Que tuve que tirar de ad hominem tuitero para ver si caías del guindo. Y por cierto, sigues erre que erre con la mentira del bloqueo del CGPJ cuando por números sí que daría sin necesidad del PP. Tanto comer la polla a Perro Sanxe te ha comido la cabeza.
 
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Me parece absurdo que no se exija por lo menos el mismo requisito que para renovar el Consejo. No tiene sentido que sea mucho más fácil sacar una ley para trampear que el hecho de acatarla. Joder, que no es tan difícil de entender.

Si, por ejemplo, aprueban una ley que exige una mayoría de 4/5 de los vocales de un tribunal médico para conceder una pensión por invalidez, ¿también ha de tener que modificarse dicha ley por una mayoría de 4/5? Vamos, es que no tiene sentido alguno.

También hablaste de reformar la Constitución. Y por supuesto, tiene que ver, que eso es de lo que estamos hablando en este hilo.

El Gobierno cambia la ley para desbloquear la renovación del Constitucional “ante el secuestro del PP”

Obsérvese como esta noticia habla del bloqueo de ocho vocales de un total 19.

Nada tiene que ver la reforma de la Constitución con el Tribunal Constitucional.

A lo que pretendes referirte es a la elección de 2 vocales del TC por parte del CGPJ. Te explico: 8/19 < 3/5

Que me suda la polla, imbécil. Que habías dicho que no venía lo de los tres quintos y sí que viene. Que tuve que tirar de ad hominem tuitero para ver si caías del guindo. Y por cierto, sigues erre que erre con la mentira del bloqueo del CGPJ cuando por números sí que daría sin necesidad del PP. Tanto comer la polla a Perro Sanxe te ha comido la cabeza.

Insisto: 3/5 > 8/19. Ya me dirás cómo" da por números" :lol: . Vamos, que no sé para qué tienen liada la que tienen liada cuando dan los números.

Y, como buen cuñao, Realidad = Comer polla de Perro Sanxe.
 
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