Paraíso fiscal. Crear.

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Veamos os doy mi punto de vista:

Partimos de la situacion en la que no teneis un puto duro asi que olvidaros de los paraisos fistales y no os preocupeis por abrir una cuenta con 100 euros.

un paraiso fiscal es entendible si tienes unas grandes cantidades de dinero que no proceden de una manera fiscalemente reconocible de tu trabajo o tu empresa asi que si no manejais dinero negro en grandes cantidades os dara igual.
 
deividi rebuznó:
Veamos os doy mi punto de vista:

Partimos de la situacion en la que no teneis un puto duro asi que olvidaros de los paraisos fistales y no os preocupeis por abrir una cuenta con 100 euros.

un paraiso fiscal es entendible si tienes unas grandes cantidades de dinero que no proceden de una manera fiscalemente reconocible de tu trabajo o tu empresa asi que si no manejais dinero negro en grandes cantidades os dara igual.

Otro listo.

Tb sirve para trabajadores independientes, y más aún para el tema inmobiliario; por sólo citar dos ejemplos...
 
rabbit rebuznó:
este tema me interesa y de abogados no tengo ni puta idea, pongamos un caso:

yo abro una cuenta bancaria en uno de esos paises a mi nombre y a traves de internet ordeno una transferencia ILEGAL desde otra cuenta bancaria que esta en españa a la que esta en el paraiso fiscal

PREGUNTA

el banco del paraiso fiscal informa a nombre de quien esta la cuenta si un juez español se lo pide?

Depende el paraíso, pero en bastantes hay opacidad fiscal y de información, factor que se convierte en orgullo nacional.

"Transferencia ilegal" dices?
qué transferencia es ilegal?
 
Mimo rebuznó:
deividi rebuznó:
Veamos os doy mi punto de vista:

Partimos de la situacion en la que no teneis un puto duro asi que olvidaros de los paraisos fistales y no os preocupeis por abrir una cuenta con 100 euros.

un paraiso fiscal es entendible si tienes unas grandes cantidades de dinero que no proceden de una manera fiscalemente reconocible de tu trabajo o tu empresa asi que si no manejais dinero negro en grandes cantidades os dara igual.

Otro listo.

Tb sirve para trabajadores independientes, y más aún para el tema inmobiliario; por sólo citar dos ejemplos...

Te referiras a domiciliar tu empresa alli o yo no me entero de la pelicula.
Si esta domiciliada en España lo que ganes estara declarado.
 
Mimo rebuznó:
rabbit rebuznó:
este tema me interesa y de abogados no tengo ni puta idea, pongamos un caso:

yo abro una cuenta bancaria en uno de esos paises a mi nombre y a traves de internet ordeno una transferencia ILEGAL desde otra cuenta bancaria que esta en españa a la que esta en el paraiso fiscal

PREGUNTA

el banco del paraiso fiscal informa a nombre de quien esta la cuenta si un juez español se lo pide?

Depende el paraíso, pero en bastantes hay opacidad fiscal y de información, factor que se convierte en orgullo nacional.

"Transferencia ilegal" dices?
qué transferencia es ilegal?

lo que es ilegal no es la transferencia en si, sino una transferecia de una cuenta que no es de tu propiedad. mucho abogado pero pareces corto. nianoniaanonaaa

OH DIOS MIO, ESTAMOS CREANDO UN MONSTRUO.
 
Ademas creo que si tienes tu dinero en un banco foraneo no pueden embargar o quitar tu dinero en caso de que debas multas, impuestos, etc... yo mismo debo cerca de 2 mil euros(incluyendo recargos por impago) en multas de la policia municipal y de impuestos de circulación que no he pagado desde el año 96 y continuamente me llegan cartas certificadas diciendo que si no pago me embargaran mis bienes o ingresos pero como no tengo nada a mi nombre excepto una moto poca cosa me pueden embargar y encima voy a meter todos mis ingresos(que no son en nómina sinó que en negro) en una cuenta bancaria compartida en Andorra y asi no creo que puedan meter mano de mi dinero. Que se jodan :twisted:
 
ahhhhhh rebuznó:
Mimo rebuznó:
rabbit rebuznó:
este tema me interesa y de abogados no tengo ni puta idea, pongamos un caso:

yo abro una cuenta bancaria en uno de esos paises a mi nombre y a traves de internet ordeno una transferencia ILEGAL desde otra cuenta bancaria que esta en españa a la que esta en el paraiso fiscal

PREGUNTA

el banco del paraiso fiscal informa a nombre de quien esta la cuenta si un juez español se lo pide?

Depende el paraíso, pero en bastantes hay opacidad fiscal y de información, factor que se convierte en orgullo nacional.

"Transferencia ilegal" dices?
qué transferencia es ilegal?

lo que es ilegal no es la transferencia en si, sino una transferecia de una cuenta que no es de tu propiedad. mucho abogado pero pareces corto. nianoniaanonaaa

OH DIOS MIO, ESTAMOS CREANDO UN MONSTRUO.

no por ser abogado soy + listo.

Las trasferencias así se anulan. NIANONIAANOANNNAAAA
 
folladicto rebuznó:
Ademas creo que si tienes tu dinero en un banco foraneo no pueden embargar o quitar tu dinero en caso de que debas multas, impuestos, etc... yo mismo debo cerca de 2 mil euros(incluyendo recargos por impago) en multas de la policia municipal y de impuestos de circulación que no he pagado desde el año 96 y continuamente me llegan cartas certificadas diciendo que si no pago me embargaran mis bienes o ingresos pero como no tengo nada a mi nombre excepto una moto poca cosa me pueden embargar y encima voy a meter todos mis ingresos(que no son en nómina sinó que en negro) en una cuenta bancaria compartida en Andorra y asi no creo que puedan meter mano de mi dinero. Que se jodan :twisted:

Sí que te embargan en el extranjero.

El truco está en hacer que la cuenta no se vea que es tuya:
Cuenta numerada, por ejemplo.
 
folladicto rebuznó:
Ajaspino rebuznó:
oscarbares rebuznó:
y si no es mucho pregunatr para que quieres una empresa en las cayman?

Sólo por el clima, las playas y las mulatas ya valdría la pena irse a vivir a las cayman.
Muchas veces cuando tienes una cuenta bancaria o sociedad, etc en algún paraíso fiscal como las Cayman ni tan siquiera hace falta viajar hasta allí para nada y ni mucho menos tienes que quedarte a vivir si no quieres

Mi idea es al revés. No es necesario tener una cuenta ni una empresa en un paraíso fiscal si puedes vivir en el paraíso.
 
Mimo rebuznó:
folladicto rebuznó:
Ademas creo que si tienes tu dinero en un banco foraneo no pueden embargar o quitar tu dinero en caso de que debas multas, impuestos, etc... yo mismo debo cerca de 2 mil euros(incluyendo recargos por impago) en multas de la policia municipal y de impuestos de circulación que no he pagado desde el año 96 y continuamente me llegan cartas certificadas diciendo que si no pago me embargaran mis bienes o ingresos pero como no tengo nada a mi nombre excepto una moto poca cosa me pueden embargar y encima voy a meter todos mis ingresos(que no son en nómina sinó que en negro) en una cuenta bancaria compartida en Andorra y asi no creo que puedan meter mano de mi dinero. Que se jodan :twisted:

Sí que te embargan en el extranjero.

El truco está en hacer que la cuenta no se vea que es tuya:
Cuenta numerada, por ejemplo.
¿Pero y desde España como saben que tu te has abierto una cuenta en un banco de otro país? yo por ejemplo la última vez que estuve en la República Dominicana estuve a punto de abrirme una cuenta bancaria allí lo que pasa que al final no pude porque me dejé un documento que me pedian; de haberlo hecho, ¿desde aqui que se saben ellos? lo mismo digo para si lo hago en Andorra.

De todas formas en Andorra tenia pensado hacerlo pero con una cuenta compartida donde el primer titular es un amigo mio.

¿que es exactamente lo de la cuenta numerada?
 
Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.

Sumario:

* Artículo 1.
* Artículo 2.

* DISPOSICIÓN FINAL.

La Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, establece en su artículo 2, apartado 3, número 2, que los intereses e incrementos de patrimonio derivados de la deuda pública, obtenidos por personas físicas no residentes que no operen a través de establecimiento permanente en España, no se considerarán obtenidos o producidos en España. En similares términos se pronuncia el número 3 respecto a los intereses e incrementos de patrimonio derivados de bienes muebles, obtenidos por personas físicas que tengan su residencia habitual en otros Estados miembros de la Comunidad Económica Europea.

No obstante, el número 4 del propio artículo 2, apartado 3, establece la cautela de que lo dispuesto en los dos números anteriores en ningún caso será de aplicación a intereses o incrementos de patrimonio obtenidos a través de los países o territorios que se determinen reglamentariamente por su carácter de paraísos fiscales.

Por su parte, la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, establece en su artículo 62 idénticas previsiones respecto a las personas jurídicas, al modificar el artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Resulta obligado, por lo tanto, establecer la relación de los países y territorios a los que cabe atribuir el carácter de paraísos fiscales a efectos de lo dispuesto en los referidos conceptos, que estará sujeta a las modificaciones que dicten la práctica, el cambio en las circunstancias económicas y la experiencia en las relaciones internacionales.

En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de julio de 1991, dispongo:

Artículo 1. Redacción según Real Decreto 116/2003, de 31 de enero.

Los países y territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 23, apartado 3, letra f, número 4, de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, según la redacción dada por el artículo 62 de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, son los que a continuación se señalan:

1.

Principado de Andorra.
2.

Antillas neerlandesas.
3.

Aruba.
4.

Emirato del Estado de Bahrein.
5.

Sultanato de Brunei.
6.

República de Chipre.
7.

Emiratos Árabes Unidos.
8.

Gibraltar.
9.

Hong-kong.
10.

Anguila.
11.

Antigua y Barbuda.
12.

Las Bahamas.
13.

Barbados.
14.

Bermuda.
15.

Islas Caimanes.
16.

Islas Cook.
17.

República de Dominica.
18.

Granada.
19.

Fiji.
20.

Islas de Guernesey y de Jersey (Islas del Canal).
21.

Jamaica.
22.

República de Malta.
23.

Islas Malvinas.
24.

Isla de Man.
25.

Islas Marianas.
26.

Mauricio.
27.

Montserrat.
28.

República de Nauru.
29.

Islas Salomon.
30.

San Vicente y las Granadinas.
31.

Santa Lucía.
32.

República de Trinidad y Tobago.
33.

Islas Turks y Caicos.
34.

República de Vanuatu.
35.

Islas Vírgenes Británicas.
36.

Islas Vírgenes de Estados Unidos de América.
37.

Reino hachemita de Jordania.
38.

República libanesa.
39.

República de Liberia.
40.

Principado de Liechtenstein.
41.

Gran Ducado de Luxemburgo, por lo que respecta a las rentas percibidas por las sociedades a que se refiere el párrafo 1 del protocolo anexo al convenio, para evitar la doble imposición, de 3 de junio de 1986.
42.

Macao.
43.

Principado de Mónaco.
44.

Sultanato de Omán.
45.

República de Panamá.
46.

República de San Marino.
47.

República de Seychelles.
48.

República de Singapur.


Artículo 2. Añadido por Real Decreto 116/2003, de 31 de enero.

Los países y territorios a los que se refiere el artículo 1 que firmen con España un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información dejarán de tener la consideración de paraísos fiscales en el momento en que dichos convenios o acuerdos entren en vigor.

DISPOSICIÓN FINAL.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dado en Madrid a 5 de julio de 1991.

- Juan Carlos R. -



El Ministro de Economía y Hacienda,
Carlos Solchaga Catalán.

Artículo 9. Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.. Residencia habitual en territorio español.

1. Se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

1. Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas, salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados reglamentariamente como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en éste durante 183 días en el año natural.


3. No perderán la condición de contribuyentes por este impuesto las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.

silence.jpg


Ademas creo que si tienes tu dinero en un banco foraneo no pueden embargar o quitar tu dinero en caso de que debas multas, impuestos, etc...

:137 :137 :137
 
folladicto rebuznó:
Mimo rebuznó:
folladicto rebuznó:
Ademas creo que si tienes tu dinero en un banco foraneo no pueden embargar o quitar tu dinero en caso de que debas multas, impuestos, etc... yo mismo debo cerca de 2 mil euros(incluyendo recargos por impago) en multas de la policia municipal y de impuestos de circulación que no he pagado desde el año 96 y continuamente me llegan cartas certificadas diciendo que si no pago me embargaran mis bienes o ingresos pero como no tengo nada a mi nombre excepto una moto poca cosa me pueden embargar y encima voy a meter todos mis ingresos(que no son en nómina sinó que en negro) en una cuenta bancaria compartida en Andorra y asi no creo que puedan meter mano de mi dinero. Que se jodan :twisted:

Sí que te embargan en el extranjero.

El truco está en hacer que la cuenta no se vea que es tuya:
Cuenta numerada, por ejemplo.
¿Pero y desde España como saben que tu te has abierto una cuenta en un banco de otro país? yo por ejemplo la última vez que estuve en la República Dominicana estuve a punto de abrirme una cuenta bancaria allí lo que pasa que al final no pude porque me dejé un documento que me pedian; de haberlo hecho, ¿desde aqui que se saben ellos? lo mismo digo para si lo hago en Andorra.

De todas formas en Andorra tenia pensado hacerlo pero con una cuenta compartida donde el primer titular es un amigo mio.

¿que es exactamente lo de la cuenta numerada?

1. Saben que te has abierto una cuenta en otro país; te exigen el DNI y tu s datos van al Banco Mundial. Para evitar esto, la cuenat ha de estar a nombre de persona jurídica, testaferro o fideicomiso, NO PERSONA FÍSICA COMO PONE EL SUBNORMAL QUE HA PUESTO EL TOCHO PRECEDENTE.

2. Cuenta numerada. Típica de Banco suizo. En vez de nombre, eres un número, así de fácil. Opacidad total.
 
Mimo rebuznó:
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Mimo rebuznó:
folladicto rebuznó:
Ademas creo que si tienes tu dinero en un banco foraneo no pueden embargar o quitar tu dinero en caso de que debas multas, impuestos, etc... yo mismo debo cerca de 2 mil euros(incluyendo recargos por impago) en multas de la policia municipal y de impuestos de circulación que no he pagado desde el año 96 y continuamente me llegan cartas certificadas diciendo que si no pago me embargaran mis bienes o ingresos pero como no tengo nada a mi nombre excepto una moto poca cosa me pueden embargar y encima voy a meter todos mis ingresos(que no son en nómina sinó que en negro) en una cuenta bancaria compartida en Andorra y asi no creo que puedan meter mano de mi dinero. Que se jodan :twisted:

Sí que te embargan en el extranjero.

El truco está en hacer que la cuenta no se vea que es tuya:
Cuenta numerada, por ejemplo.
¿Pero y desde España como saben que tu te has abierto una cuenta en un banco de otro país? yo por ejemplo la última vez que estuve en la República Dominicana estuve a punto de abrirme una cuenta bancaria allí lo que pasa que al final no pude porque me dejé un documento que me pedian; de haberlo hecho, ¿desde aqui que se saben ellos? lo mismo digo para si lo hago en Andorra.

De todas formas en Andorra tenia pensado hacerlo pero con una cuenta compartida donde el primer titular es un amigo mio.

¿que es exactamente lo de la cuenta numerada?

1. Saben que te has abierto una cuenta en otro país; te exigen el DNI y tu s datos van al Banco Mundial. Para evitar esto, la cuenat ha de estar a nombre de persona jurídica, testaferro o fideicomiso, NO PERSONA FÍSICA COMO PONE EL SUBNORMAL QUE HA PUESTO EL TOCHO PRECEDENTE.

2. Cuenta numerada. Típica de Banco suizo. En vez de nombre, eres un número, así de fácil. Opacidad total.

Me estaba molestando en buscar algún pequeño extractillo sobre la legislación española en materia de blanqueo de capitales y secreto bancario, así como algún que otro convenio que ha firmado España, pero eso sólo son subnormaladas.

De todas formas supongo que alguien que sea un pez MUY MUY MUY gordo no tendrá ningún problema al respecto. Pero si un pez pequeñín o mediano atrae la atención del Leviatán (y no me estoy refiriendo a una carta de Magic), basta que este diga dos palabras mágicas: "Posible terrorista", para que se le abran todas las puertas.

Pero vamos, esto solo son gilipolleces, y las comisiones rogatorias sólo son inventos del telediario. Humildemente, le animo a que siga. Al fin y al cabo, por probar no se pierde nada... Suerte, vista y al toro.

Mejor cito algo así, y me ahorro la molestia de buscar...
Don't You (Forget About Me)
Hey, hey, hey ,hey
Ohhh...

Won't you come see about me?
I'll be alone, dancing you know it baby

Tell me your troubles and doubts
Giving me everything inside and out and
Love's strange so real in the dark
Think of the tender things that we were working on

Slow change may pull us apart
When the light gets into your heart, baby

Don't You Forget About Me
Don't Don't Don't Don't
Don't You Forget About Me

Will you stand above me?
Look my way, never love me
Rain keeps falling, rain keeps falling
Down, down, down

Will you recognise me?
Call my name or walk on by
Rain keeps falling, rain keeps falling
Down, down, down, down

Hey, hey, hey, hey
Ohhhh.....

Don't you try to pretend
It's my feeling we'll win in the end
I won't harm you or touch your defenses
Vanity and security

Don't you forget about me
I'll be alone, dancing you know it baby
Going to take you apart
I'll put us back together at heart, baby

Don't You Forget About Me
Don't Don't Don't Don't
Don't You Forget About Me

As you walk on by
Will you call my name?
As you walk on by
Will you call my name?
When you walk away

Or will you walk away?
Will you walk on by?
Come on - call my name
Will you all my name?

I say :
La la la...
 
El Secreto Bancario

El secreto bancario suizo protege los datos de los clientes ante particulares y autoridades públicas. Similar al secreto profesional de los médicos y abogados, es una expresión de la protección de la esfera privada de los ciudadanos.

Pero este secreto no es absoluto. Es levantado cuando existan sospechas sobre actividades criminales (Terrorismo, crimen organizado, lavado de dinero, corrupción, defraudación fiscal, etc.)

En Suiza no existen cuentas anónimas. El Banco está obligado a conocer la identidad del titular de la cuenta y dado el caso, del verdadero beneficiario de esa cuenta.

Muchos otros países hacen uso del secreto bancario. Los aplicados en Luxemburgo y en Austria son los más similares al suizo.

¿Me lo estaré inventando? ¿Te suena lo del levantamiento del velo?

Yo me he molestado en citar fuentes... y tú, tío mierda, aparte de tus pajas mentales, ¿puedes mostrar algo concreto en lo que te bases? Ah, no, que estas cosas son muy secretas.

HIJO DE PUTA, ME CAGO EN TODA TU ESTAMPA, DEJA DE VER PELÍCULAS DE ESPÍAS, JODIDO SUBNORMAL TONTO DE LOS COJONES
 
Juvenal rebuznó:
El Secreto Bancario

El secreto bancario suizo protege los datos de los clientes ante particulares y autoridades públicas. Similar al secreto profesional de los médicos y abogados, es una expresión de la protección de la esfera privada de los ciudadanos.

Pero este secreto no es absoluto. Es levantado cuando existan sospechas sobre actividades criminales (Terrorismo, crimen organizado, lavado de dinero, corrupción, defraudación fiscal, etc.)

En Suiza no existen cuentas anónimas. El Banco está obligado a conocer la identidad del titular de la cuenta y dado el caso, del verdadero beneficiario de esa cuenta.

Muchos otros países hacen uso del secreto bancario. Los aplicados en Luxemburgo y en Austria son los más similares al suizo.

¿Me lo estaré inventando? ¿Te suena lo del levantamiento del velo?

Yo me he molestado en citar fuentes... y tú, tío mierda, aparte de tus pajas mentales, ¿puedes mostrar algo concreto en lo que te bases? Ah, no, que estas cosas son muy secretas.

HIJO DE PUTA, ME CAGO EN TODA TU ESTAMPA, DEJA DE VER PELÍCULAS DE ESPÍAS, JODIDO SUBNORMAL TONTO DE LOS COJONES

Mi fuente es mi carrera de Derecho, estúpido.

Y hay que ser muy terrorista para que te "levanten" una cuenta en suiza; doy fe de ello.

HIJO DE MIL PADRES
 
Mi fuente es mi carrera de Derecho, estúpido.

Joder, haberlo dicho antes, y nos ahorramos todo esto. He sido un necio por no aceptar lo evidente. Apúntate el gallifante, me rindo. Contra tus argumentos no hay nada que rascar, es como picar en berroqueña. Eres el mejor. Con un poco de suerte te van a fichar en
lalaw.jpg


Ya nos contarás cómo te van las cosas, campeón... Los estúpidos somos muy curiosos.
 
Mimo rebuznó:
folladicto rebuznó:
Mimo rebuznó:
folladicto rebuznó:
Ademas creo que si tienes tu dinero en un banco foraneo no pueden embargar o quitar tu dinero en caso de que debas multas, impuestos, etc... yo mismo debo cerca de 2 mil euros(incluyendo recargos por impago) en multas de la policia municipal y de impuestos de circulación que no he pagado desde el año 96 y continuamente me llegan cartas certificadas diciendo que si no pago me embargaran mis bienes o ingresos pero como no tengo nada a mi nombre excepto una moto poca cosa me pueden embargar y encima voy a meter todos mis ingresos(que no son en nómina sinó que en negro) en una cuenta bancaria compartida en Andorra y asi no creo que puedan meter mano de mi dinero. Que se jodan :twisted:

Sí que te embargan en el extranjero.

El truco está en hacer que la cuenta no se vea que es tuya:
Cuenta numerada, por ejemplo.
¿Pero y desde España como saben que tu te has abierto una cuenta en un banco de otro país? yo por ejemplo la última vez que estuve en la República Dominicana estuve a punto de abrirme una cuenta bancaria allí lo que pasa que al final no pude porque me dejé un documento que me pedian; de haberlo hecho, ¿desde aqui que se saben ellos? lo mismo digo para si lo hago en Andorra.

De todas formas en Andorra tenia pensado hacerlo pero con una cuenta compartida donde el primer titular es un amigo mio.

¿que es exactamente lo de la cuenta numerada?

1. Saben que te has abierto una cuenta en otro país; te exigen el DNI y tu s datos van al Banco Mundial. Para evitar esto, la cuenat ha de estar a nombre de persona jurídica, testaferro o fideicomiso, NO PERSONA FÍSICA COMO PONE EL SUBNORMAL QUE HA PUESTO EL TOCHO PRECEDENTE.

2. Cuenta numerada. Típica de Banco suizo. En vez de nombre, eres un número, así de fácil. Opacidad total.
Entendido, pero supongo que para que pidan tus datos en el banco mundial para saber si guardas tu dinero en un banco de otro país a de ser por algo gordo, no?
 
En este link se explica bastante bien detalladamente el tema para hacer transacciones bancarias a paraísos fiscales, las sociedades, etc...

Venga a ver si entre todos los frikis podemos recabar buena información para saber hacer buenos trapicheos para cuando estemos forrados el dia de mañana :lol:
https://www.delitosinformaticos.com/fiscalidad/paraisos.shtml

FISCALIDAD
Última actualización 25 de Marzo 2001

PARAISOS FISCALES

El Grupo de Acción Financiera (FATF-GAFI) cita las modalidades más habituales de blanqueo de dinero que se llevan a cabo en el sistema financiero internacional, y entre las que destacan aquellas que utilizan la red Internet como instrumento para dichas transacciones.

Las modalidades de Blanqueo de dinero a través de los sistemas de banca electrónica y banca convencional, de acuerdo con el citado informe son las siguientes:

- Ingresar grandes sumas de dinero en una cuenta con el fin de efectuar inmediatamente una transferencia electrónica a otra cuenta.
- Smurfing: numerosos depósitos de pequeñas cantidades, situadas por debajo de la obligación de declarar y en varias cuentas, desde las que se efectúan transferencias a otra cuenta generalmente en el extranjero.
- Uso de identidades falsas, testaferros y sociedades pantalla, constituidas en otra jurisdicción para dificultar la identidad del verdadero origen de la transferencia.
- Uso de entidades Offshore y abogados que protegen a su cliente mediante la figura del secreto profesional.
- Introducción de personas de confianza en pequeñas entidades financieras o en delegaciones.
- Cuentas de colecta o recaudación: un número importante de inmigrantes hacen pequeños ingresos sucesivos que envían al exterior de forma agrupada.
- Depósitos en una cuenta extranjera de una cantidad que actúa como garantía de préstamo es enviada al país de origen como operación legítima que justifica la recepción de ese capital.
- Las transferencias electrónicas son el principal instrumento de dinero para el blanqueo de dinero, debido a la rapidez con que se transfiere el dinero a través de diversas jurisdicciones.

Se han detectado depósitos de grandes sumas de dinero en efectivo realizados por personas de la antigua Unión Soviética y de países de la Europa del Este.

- A pesar de las mejoras en los sistemas de identificación de los clientes de una entidad financiera, sigue habiendo problemas para conocer la identidad de aquel que ordena transferencias electrónicas desde determinados países. En este campo serán muy útiles los acuerdos relativos a las autoridades de certificación.

Una de las características de Internet es la dificultad de asociar una actividad "on line" a una situación física definida. Ello genera dificultades para determinar el sistema tributario aplicable a una transacción, o a un negocio totalmente virtual y favorece la utilización de paraísos fiscales como sede virtual de empresas y de ofertas comerciales que tienen su verdadero origen en otro país cuyo sistema tributario se trata de eludir.Quienes utilizan los paraísos fiscales no necesitan trasladarse hasta allí.

Internet es una de las más importantes vías de acceso para este tipo de operaciones. Los pasos que estas personas o empresas dan son los que siguen:

- Contratan por teléfono a un abogado residente en el propio paraíso fiscal. Es posible que les pidan el número de su D.N.I., fotocopia del pasaporte y una carta de referencia de un banco. Esta información sirve de filtro para evitar rentas procedentes de actividades ilícitas, como el narcotráfico.
- El abogado constituye la sociedad en su domicilio.
- Inscribe la sociedad, libre de impuestos, y la hace operativa.
- El representante legal envía una copia de la escritura a su cliente.
- El abogado presta su nombre a la cabeza visible de la organización, mientras que las acciones al portador pasan a las cajas fuertes de sus anónimos titulares.
- La corporación permite invertir, en nombre de la compañía, en multitud de operaciones como la adquisición de propiedades inmobiliarias o los negocios de exportación e importación.

En cualquier caso, deberá tener en cuenta que estas operaciones están en el punto de mira de la Agencia Tributaria. Así, un creciente numero de instituciones financieras están suministrando una variedad de servicios bancarios a través de Internet.

Al mismo tiempo, otras entidades utilizan Internet para ofrecer servicios de blanqueo de dinero, a veces autodenominándose como legitimas prestadoras de servicios financieros offshore o de oportunidades de inversión.

Con la inmensidad de todos los tipos de actividades comerciales a través de Internet, y la percepción de abuso de este medio, los expertos del FATF examinaron esta materia más detenidamente en un intento de deducir las debilidades del blanqueo de dinero.

En lo que concierne a los bancos on line es obvia la reducción del contacto face to face, cara a cara entre la Institución financiera y el cliente. El cliente podrá acceder normalmente a su cuenta desde un ordenador personal usando un Navegador de Internet y acceder a través del proveedor de servicios de Internet (ISP).

El acceso se podrá realizar a través de un código personal de identificación al servidor de web del banco otorgado por el propio banco, y, cuando se utilice un encriptador será necesario que el banco provea del software que genere esa encriptación.

Como este acceso es indirecto, la institución podría no tener medios para verificar la identidad personal del acceso en curso a la cuenta. Además con la creciente movilidad para el acceso a Internet, actualmente un cliente puede acceder a su cuenta desde cualquier lugar del mundo, porque el acceso es obtenido a través del servidor ISP, sin embargo, la institución podría no tener manera de verificar desde donde se ha accedido.

Esencialmente, un deseo individual de ocultar la verdadera identidad, incluyendo la de blanqueadores de dinero u otros criminales, podría ser capaz de tener acceso inrestringido y controlar las cuentas desde cualquier lugar del mundo.

Hasta la fecha los expertos de la FATF-Gafi han visto algunos casos de blanqueo de dinero a través de bancos "on line". Dinamarca tiene un caso en que una web fue anunciada como otra jurisdicción para blanqueo de dinero.

Las debilidades se basan en que muy pocos requisitos legales de identificación son necesarios para las comprobaciones de identidad, el punto crucial está en que no se produce una interacción entre el cliente y el empleado en ningún momento. Japón por ejemplo para evitar esto solo da acceso a cuentas de Internet si en la apertura se produjo un cara a cara cliente-empleado, pero en Bélgica la legislación antiblanqueo no hace esta distinción acerca del inicio de la relación, se puede hacer a través de fax, carta, E-mail o Internet, allí la institución establece la identidad a través de un documento, del cual la propia entidad tiene copia en su en su poder.

En Estados Unidos, la apertura de la cuenta puede realizarse on line, sin embargo el cliente debe proveer a al banco de unos números de seguridad que son objeto de verificación.

La identificación inicial al principio de la relación de negocios podría no ser suficiente, según los expertos del GAFI, para detectar el desarrollo de serias estructuras criminales organizadas una vez se ha dado el primer paso. Con la eliminación del personal de contacto será mecho más difícil saber quien controla la cuenta, y en que se basan las prácticas financieras de sus clientes, de hecho el único dato que tendrán será el horario de acceso y el numero de la cuenta, la suma de dinero involucrada en la operación, no sabrá siquiera desde donde se ha realizado la operación.

El Banco solo podrá saber que acceso se llevó a cabo en la cuenta en una cuenta de su nominal. Esto lleva a pensar a los expertos del la FATF-GAFI que un individuo podría controlar un gran número de cuentas simultáneamente sin que se dedujese una actividad ilícita, ni despertase las sospechas de las propias entidades.

Otro campo que preocupa a los expertos es que regulación es aplicable o a que jurisdicción le correspondería la persecución de estas operaciones de blanqueo de capitales. La banca en Internet, además de otras muchas cosas, ha roto con las fronteras de los Estados.

Un Navegador rápido de listas de servicios financieros disponibles muestra una gran cantidad de ofertas de servicios que no requieren siquiera la localización del Banco que sostiene la cuenta, y con la que se pretende realizar las operaciones.

La naturaleza de Internet es tal que un país en concreto puede encontrar dificultad, sino es imposible, prohibir a sus ciudadanos contratar servicios financieros mas allá de sus fronteras desde cuentas situadas en Internet.
 
Al parecer no tenéis ni puta idea, y me toca sobremanera los cojones que un mindundi de tres al cuarto, posiblemente recién licenciado, se atreva a torearme en un tema que, mal que bien, suelo conocer de primera mano, muahahaha.

No me pregunten de toros ni de mujeres, porque no entiendo de esas cuestiones, pero de lo que sé, sé. Mimo, eres un hijo de la grandísima puta.

Pero no nos desviemos del hilo:

¿Banco Mundial? Al parecer no saben de lo que están hablando...

El Banco Mundial es una de las principales fuentes de asistencia para el desarrollo del mundo. Su meta principal es ayudar a las personas y países más pobres. En este sitio web se presenta un panorama general de cómo el Banco utiliza sus recursos financieros, su personal altamente especializado y su amplia base de conocimientos para ayudar a los países en desarrollo en el camino hacia un crecimiento estable, sostenible y equitativo.

Información básica

Presidente: James D. Wolfensohn (i)

Las cinco organizaciones que forman el Banco Mundial son: el BIRF, la AIF, la CFI, el OMGI y el CIADI

Sede: el Banco Mundial tiene su sede en la ciudad de Washington y más de 100 oficinas en los países

Misión: nuestro sueño es un mundo sin pobreza

Fundación: el Banco Mundial fue fundado el 1 de julio de 1944 en una conferencia celebrada en Bretton Woods (New Hampshire) en la que participaron representantes de 44 gobiernos

Número de países miembros: 184

Personal: el Banco Mundial tiene unos 8.000 empleados en la ciudad de Washington y más de 2.000 sobre el terreno.

Me he tomado la molestia de hablar con alguien que es alto funcionario en Andorra.

¿Qué requisitos son necesarios para abrir una cuenta bancaria en Andorra por parte de un no residente allá?

normalmente tienes que ser residente, però si viene un no residente con su maletita le abren cuenta, pero le piden que justifique documentalmente de donde viene el dinero (tipo aquí está la escritura de la casa que vendí en españa, este es el dinero en negro que he cobrao), si no lo haces, pueden declararlo como operacion sospechosa a la comision de blanqueo

¿Se puede hacer de forma anónima? Supongo que no,

como en suiza puedes hacer una cuenta numerada, es decir que no aparezca quien es el titular en los documentos externos ni en los meneos de fondos, pero el banco sí ha de saber quien es el titular, lo que pasa es que la sordenes no se dan justificando una identifidad, sinó escribiendo una clave a mano (comprueban letra y contenido de la clave)

suponiendo que un español tenga una cuenta allá, ¿hay alguna manera de que la Administración española sepa
cuánto tenga ingresado?

si la autoritdad judicial española pide la informacion por cooperacion penal internacional por causa de investigacion de delito o por condena penal

¿Qué tipo de secreto bancario tienen en Andorra?

secreto bancario salvo caso anterior,
la cooperación se acuerda si hay delito penal. pero no basta con delito fiscal
por mero tema fiscal no es suficiente para acordar cooperación porque no hay la doble incriminacion, el delicto fiscal no existe en andorra toadavía ( cuando haya mád impuestos andorranos ya aparecerá)

però en la mayor parte de los fraudes aparte de delcito fiscal hay falsedad documental o otros, y con eso ya se cumple el requisito de la doble incriminacion penal porque la falsedad es delicto tb el andorra, y entonces se acuerda la cooperación y embargas al tipo todos sus billetitos.

cuando vaya al despacho te cojo los convenios y te los envio

¿Colaboran las autoridades andorranas con España para prevenir el blanqueo de capitales?

andorra firmó el convenio internacional de prevencion del banqueo y tienen una unidad de prevencion del blanqueo para examinar estos temas y instar causas penales
Supongo que en casos de terrorismo, ¿pero hay algún otro supuesto en que lo hagan?

terrorismo, drogas, prostitución... no me acuerdo, los tipicos delictos en gran organización
Ya me dirás.

Saludos,

Hala, el que quiera saber más, visto el cariz que toman los acontecimientos, mp al canto. Paso de ilustraros más, de hecho preferiría que acabaráis todos enculados en una prisión turca (de cuya legislación no tengo ni idea, supongo que un HIJO DE PUTA como Mimo podrá explicarla con profundidad... porque tiene la carrera de Derecho).

Que os follen,
 
Valiosa información la tuya, gracias

Quien sepa de cualquier otro detalle sobre estos asuntos que lo ponga por favor.
 
Bueno y esto vale pa los 50 €urillos que tengo en el banco ?? jejeje

Saludos
 
Juvenal rebuznó:
Al parecer no tenéis ni puta idea, y me toca sobremanera los cojones que un mindundi de tres al cuarto, posiblemente recién licenciado, se atreva a torearme en un tema que, mal que bien, suelo conocer de primera mano, muahahaha.

No me pregunten de toros ni de mujeres, porque no entiendo de esas cuestiones, pero de lo que sé, sé. Mimo, eres un hijo de la grandísima puta.

Pero no nos desviemos del hilo:

¿Banco Mundial? Al parecer no saben de lo que están hablando...

El Banco Mundial es una de las principales fuentes de asistencia para el desarrollo del mundo. Su meta principal es ayudar a las personas y países más pobres. En este sitio web se presenta un panorama general de cómo el Banco utiliza sus recursos financieros, su personal altamente especializado y su amplia base de conocimientos para ayudar a los países en desarrollo en el camino hacia un crecimiento estable, sostenible y equitativo.

Información básica

Presidente: James D. Wolfensohn (i)

Las cinco organizaciones que forman el Banco Mundial son: el BIRF, la AIF, la CFI, el OMGI y el CIADI

Sede: el Banco Mundial tiene su sede en la ciudad de Washington y más de 100 oficinas en los países

Misión: nuestro sueño es un mundo sin pobreza

Fundación: el Banco Mundial fue fundado el 1 de julio de 1944 en una conferencia celebrada en Bretton Woods (New Hampshire) en la que participaron representantes de 44 gobiernos

Número de países miembros: 184

Personal: el Banco Mundial tiene unos 8.000 empleados en la ciudad de Washington y más de 2.000 sobre el terreno.

Me he tomado la molestia de hablar con alguien que es alto funcionario en Andorra.

¿Qué requisitos son necesarios para abrir una cuenta bancaria en Andorra por parte de un no residente allá?

normalmente tienes que ser residente, però si viene un no residente con su maletita le abren cuenta, pero le piden que justifique documentalmente de donde viene el dinero (tipo aquí está la escritura de la casa que vendí en españa, este es el dinero en negro que he cobrao), si no lo haces, pueden declararlo como operacion sospechosa a la comision de blanqueo

¿Se puede hacer de forma anónima? Supongo que no,

como en suiza puedes hacer una cuenta numerada, es decir que no aparezca quien es el titular en los documentos externos ni en los meneos de fondos, pero el banco sí ha de saber quien es el titular, lo que pasa es que la sordenes no se dan justificando una identifidad, sinó escribiendo una clave a mano (comprueban letra y contenido de la clave)

suponiendo que un español tenga una cuenta allá, ¿hay alguna manera de que la Administración española sepa
cuánto tenga ingresado?

si la autoritdad judicial española pide la informacion por cooperacion penal internacional por causa de investigacion de delito o por condena penal

¿Qué tipo de secreto bancario tienen en Andorra?

secreto bancario salvo caso anterior,
la cooperación se acuerda si hay delito penal. pero no basta con delito fiscal
por mero tema fiscal no es suficiente para acordar cooperación porque no hay la doble incriminacion, el delicto fiscal no existe en andorra toadavía ( cuando haya mád impuestos andorranos ya aparecerá)

però en la mayor parte de los fraudes aparte de delcito fiscal hay falsedad documental o otros, y con eso ya se cumple el requisito de la doble incriminacion penal porque la falsedad es delicto tb el andorra, y entonces se acuerda la cooperación y embargas al tipo todos sus billetitos.

cuando vaya al despacho te cojo los convenios y te los envio

¿Colaboran las autoridades andorranas con España para prevenir el blanqueo de capitales?

andorra firmó el convenio internacional de prevencion del banqueo y tienen una unidad de prevencion del blanqueo para examinar estos temas y instar causas penales
Supongo que en casos de terrorismo, ¿pero hay algún otro supuesto en que lo hagan?

terrorismo, drogas, prostitución... no me acuerdo, los tipicos delictos en gran organización
Ya me dirás.

Saludos,

Hala, el que quiera saber más, visto el cariz que toman los acontecimientos, mp al canto. Paso de ilustraros más, de hecho preferiría que acabaráis todos enculados en una prisión turca (de cuya legislación no tengo ni idea, supongo que un HIJO DE PUTA como Mimo podrá explicarla con profundidad... porque tiene la carrera de Derecho).

Que os follen,



HIJO DE PUTA


ya nos contarás.

Y no por ser abogado soy + listo, ya lo dije una vez.

Buenas tardes.
 
si te quieres forrar en un paraiso fiscal .......sin duda alguna ---> AQUAGYM

aquagym1.jpg


en la playa todo muy tropical , en plan Club Med y dejate de rollos "fraudulentos"
 
Mimo rebuznó:
folladicto rebuznó:
http://www.taxhaven-opm.org/opm/ver2.asp?cod=459&canal=OffshoreLinksEspañol

De nada

Este folladicto es una caja de sorpresas....

A mí también me ha sorprendido. Podamos montar entre los tres algun chiringuito legal-finaciero-inmobiliario. En el peor de los casos, nos vamos de putas y echamos el rato
 
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