Pillote con seny. Barça paga 7 millones de euros a un árbitro por 'Neutralitat'

El juez recalca que a su parecer "no estamos ante un delito de corrupción deportiva entre particulares", sino ante un delito del cohecho, que castiga aquellos que solicitan, aceptan u ofrecen dinero, regalos o favores a cambio de un acto relacionado con el ejercicio de la función pública. En este sentido, ditigue entre el cohecho pasivo (Enriquez Negreira y su hijo) y el activo, el que atribuye al resto de los imputados, incluido el mismo FC Barcelona.

Esa interpretación la veo así así, aunque el juez sabrá, que para eso es juez y yo forero de PL.

Es un tipo delictivo más duro, así que pos vale.
 
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Esteban no se fía y es lógico. Van tarde y mal:

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Que no, que dice el pirata caraplatano que el que adúltera la competición es Real Madrid a través de su TV , que no sus enteráis.
 
Ya, pero seguimos sin ver pruebas.
Y también hay tuiteros anónimos que no están de acuerdo con el juez.
 
Aunque no pase nada, que sigue siendo mi apuesta, debo reconocer que la cosa ha llegado mucho más lejos de lo que jamás imaginé que llegaría.

Y han esperado a que vayan terceros, nada menos.
 
Última edición:
Ya, pero seguimos sin ver pruebas.
Y también hay tuiteros anónimos que no están de acuerdo con el juez.
Qué sabrá el juez comparado con @culéhastalamort o con el próximo sabeor con un escudo del Farsa en el avatar de tuiter que nos va a traer ya sabéis quién.
 
Veo que, además del cohecho activo, aún se mantiene el delito de corrupción deportiva (aunque presumiblemente acabará siendo uno u otro):

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Vamos @Empty Words, di algo, que lo estás deseando :lol:
Es que no les va a pasar nada por muchos indicios que haya, es que son una banda criminal con contactos en todas las esferas (pederastia, trafico de órganos, presidentes en la cárcel, compra de árbitros, escándalo de Unicef, vista gorda con el control financiero, el tope salarial y la estructura pirámidal que han creado que ríete tú de AFINSA, Roures controlando las imágenes del VAR y bajando equipos por sus cojones...).

La Liga es una puta basura mientras esto quede impune.

Por cierto, ayer tres seguidores de los grupos radicales de Barça detenidos por matar a navajazos a un traficante. Diablillos.

Ei, pero estos como los del Atlético de Madrid, son la gente del pueblo.

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Es que no les va a pasar nada por muchos indicios que haya, es que son una banda criminal con contactos en todas las esferas (pederastia, trafico de órganos, presidentes en la cárcel, compra de árbitros, escándalo de Unicef, vista gorda con el control financiero, el tope salarial y la estructura pirámidal que han creado que ríete tú de AFINSA, Roures controlando las imágenes del VAR y bajando equipos por sus cojones...).

La Liga es una puta basura mientras esto quede impune.

Por cierto, ayer tres seguidores de los grupos radicales de Barça detenidos por matar a navajazos a un traficante. Diablillos.

Ei, pero estos como los del Atlético de Madrid, son la gente del pueblo.

Ver el archivos adjunto 147144
Joder, pones la única foto que me gusta del Barcelona :lol:
Lo llevo diciendo durante todo el hilo, mientras se siguieran sacando noticias de las que sólo nos enteramos en España estaba todo ocultado y barriéndose debajo de la alfombra, que lo gordo vendría con las imágenes de presidentes y árbitros declarando ante el juez, pues esto del asalto a la RFEF , independientemente de lo que encuentren , ya es noticia mundial y cualquier inglés, italiano, brasileño o japonés que lea " un juez acusa al FCB de comprar a los árbitros y la policía allana la sede de la RFEF " ya piensa, hostia, aquí hay algo podrido.
 
Vamos, que la UEFA y la FIFA y todos los clubs de fútbol del mundo lo han leído , cada vez les es más difícil ponerse de lado


Es que encima cuentan de lo que le acusa el juez.
Penas del cohecho para personas jurídicas o asociaciones:

Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos recogidos en este Capítulo, se le impondrán las siguientes penas:

a) Multa de dos a cinco años, o del triple al quíntuple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años.

b) Multa de uno a tres años, o del doble al cuádruple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de más de dos años de privación de libertad no incluida en el anterior inciso.

c) Multa de seis meses a dos años, o del doble al triple del beneficio obtenido si la cantidad resultante fuese más elevada, en el resto de los casos.

Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.

Artículo 33.
7. Las penas aplicables a las personas jurídicas, que tienen todas la consideración de graves, son las siguientes:

a) Multa por cuotas o proporcional.

b) Disolución de la persona jurídica. La disolución producirá la pérdida definitiva de su personalidad jurídica, así como la de su capacidad de actuar de cualquier modo en el tráfico jurídico, o llevar a cabo cualquier clase de actividad, aunque sea lícita.

c) Suspensión de sus actividades por un plazo que no podrá exceder de cinco años.

d) Clausura de sus locales y establecimientos por un plazo que no podrá exceder de cinco años.

e) Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. Esta prohibición podrá ser temporal o definitiva. Si fuere temporal, el plazo no podrá exceder de quince años.

f) Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, por un plazo que no podrá exceder de quince años.

g) Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores por el tiempo que se estime necesario, que no podrá exceder de cinco años.

La intervención podrá afectar a la totalidad de la organización o limitarse a alguna de sus instalaciones, secciones o unidades de negocio. El Juez o Tribunal, en la sentencia o, posteriormente, mediante auto, determinará exactamente el contenido de la intervención y determinará quién se hará cargo de la intervención y en qué plazos deberá realizar informes de seguimiento para el órgano judicial. La intervención se podrá modificar o suspender en todo momento previo informe del interventor y del Ministerio Fiscal. El interventor tendrá derecho a acceder a todas las instalaciones y locales de la empresa o persona jurídica y a recibir cuanta información estime necesaria para el ejercicio de sus funciones. Reglamentariamente se determinarán los aspectos relacionados con el ejercicio de la función de interventor, como la retribución o la cualificación necesaria.

La clausura temporal de los locales o establecimientos, la suspensión de las actividades sociales y la intervención judicial podrán ser acordadas también por el Juez Instructor como medida cautelar durante la instrucción de la causa.

Si llega a ser el Cádiz ya estaba en octava división y @SPETNAZ viéndolo jugar contra el Tarifa sentado en una tapia del campo.
 
La verdad ya se sabe. Lo que tú quieres decir es "cuanto antes se acabe este circo y se dé carpetazo a todo".
No, lo digo para que se tenga constancia de que esta chusma que anima al Farsa se subvenciona con la droga. Lo del camello muerto es una anécdota.
 
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Vamos a juicio sin pruebas y con el juez instructor dudando.
 
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Pero si ese masuno iba para mí. :lol:
Me he equivocado al citar, era para gintonio cuando me interpelaba por el camello asesinado por aficionados de la banda criminal del Farsa que venden drogas. Soy subnormal, pero al menos no soy culer.
 
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Vamos a juicio sin pruebas y con el juez instructor dudando.

Espera que ahora viene uno que no sabe distinguir entre contrato mercantil y contrato laboral a traer un tuit de @corculé (con icono de lazo amarillo tras el nick) que va a dejarle al juez claritas las cosas y desmontar todas las acusaciones en ciento y pico caracteres.
 
Métete a Twitter.
Literalmente lo que has dicho pero por 1000, otros que la presunción de inocencia, sí , bueno, pero ya está demostrado el pago a Negreira , a Rubiales lo han cesado sin sentencia alguna y el Curro Jiménez que mató a su novio en Tailandia todavía no ha sido sentenciado, pero la cosa pinta mal.
 
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