El neocomunismo va a shegaaarrr

Estado
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Joder claro...pero yo hablo a corto plazo, mas que nada por lo que estais hablando del tema de los deshaucios.
La vida sube...es lógico que si compras algo ahora, despues de 40 años le ganes dinero...a no ser que se convierta en una barriada chunga o este en ruinas, leñe...
 
Que vienen los morossssssss jajaja pero que patéticos sois ostia, evolucionar un poco subnormales

En serio creéis que Europa y EEUU iban a permitir que cualquier país occidental fuera conquistado

Es que no se puede ser mas ridículo

La vivienda debe dejar de ser un negocio para usureros y se acaban los problemas
 
Zurraspas rebuznó:
La vivienda debe dejar de ser un negocio para usureros y se acaban los problemas

Parte del negocio consiste en que la gente esté feliz de pagar por un piso más de lo que vale y que acepte pagar mordidas de postre.

Vamos, que sin pardillos no funciona el negocio; el problema está también en el otro extremo de la cadena.
 
Zurraspas rebuznó:
La vivienda debe dejar de ser un negocio para usureros y se acaban los problemas

Y para provincianos que compraban sobre plano esperando vender por el precio de compra + X
 
naxo rebuznó:
Y para provincianos que compraban sobre plano esperando vender por el precio de compra + X


Illescas está aquí al lado. Por la Carretera de Toledo, en cuarto de hora estás Atocha. Y sólo son 230.000 eypos, un regalo.
 
Yo es que lo de comprar como que no lo veo, pides un prestamo con unos intereses que te joden medio sueldo, el piso o casa no es tuyo hasta que pasen 40 y pico años, mientras es del banco....se te jode algo? Lo pagas tu, pero sigue siendo del banco...
Vivo de alquiler, se me jode algo? Lo paga la casera...no puedo pagarlo...me vuelvo a casa de mis padres o voy de gorrón a casa de un amigo, pero no tengo que pagar nada a ningun banco/chupoftero...y así seguiré hasta que mi herencia me permita disfrutar de mi sueldo al completo, porque por más que haya dos sueldos en casa, no da para hipotecas...que coño
 
ilovegintonic rebuznó:
Boniato, me interesa el ladrillo de por qué la dación en pago no es viable. Supongo que querrás decir que no interesa a los poderes fácticos, a la banca o a los políticos que le deben favores a esta, pero viable, como viable, es: basta con querer hacerlo y hacerlo.
Sobre la hipoteca:

La hipoteca en realidad es un contrato de garantía, accesorio a uno principal, el préstamo. Imagina que tú necesitas dinero y yo me dedico a prestarlo, necesitas 100 y yo te lo presto a cambio de que me devuelvas 105 (principal + intereses). Pero en algún momento, a un romano se le ocurrió buscar un modo de reforzar ese contrato, de tener más garantías de que lo que presta le sea devuelto, y así nace la hipoteca: te presto 100, me tienes que devolver 105 y sólo si no puedes pagarme yo tendré derecho a quitarte un bien (pongamos un terreno, por ejemplo), subastarlo, y con el dinero que saque, cobrarme los 100. Si se vende por más, la diferencia es tuya; si se vende por menos, me sigues debiendo lo que falta.

Más aún, la norma general es que no puedo quedarme en propiedad con el bien hipotecado, sólo "quitártelo" para subastarlo. ¿Por qué? Porque ocurría que, en ocasiones, cuando el prestamista quería quedarse con la cosa hipotecada (porque tengo interés en tu terreno, porque vale 120 y gano más si no me pagas que si me pagas los 105 acordados), forzaba el impago. En la actualidad, cuando un banco se queda con la casa es porque la subasta ha quedado desierta; es entonces, como último recurso, cuando se permite al banco quedarse en propiedad la cosa hipotecada (la casa).

Y bueno, eso. La hipoteca moderna, es lo que he descrito: el banco te presta un dinero, y con ese dinero tu compras una casa que a su vez queda sujeta como garantía (hipoteca) al pago del préstamo.

Sobre la dación en pago:

Ya existe en nuestra legislación, más concretamente el artículo 140 de la Ley Hipotecaria, que dice lo siguiente: No obstante lo dispuesto en el artículo ciento cinco, podrá válidamente pactarse en la escritura de constitución de la hipoteca voluntaria que la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados.En este caso, la responsabilidad del deudor y la acción del acreedor, por virtud del préstamo hipotecario, quedarán limitadas al importe de los bienes hipotecados, y no alcanzarán a los demás bienes del patrimonio del deudor.

Volvamos al ejemplo anterior en el que yo soy prestamista y tú, ILG, necesitas dinero. Y me pides incluir esta cláusula, que no es otra cosa que la dación en pago. Así, yo te presto 100 a condición de que me devuelvas 105, y como garantía hipotecas un terreno. Claro, hemos incluido el art. 140 de la Ley Hipotecaria, de modo que si no me devuelves el préstamo, te quitaré el terreno, lo subastaré y con lo que saque, me cobraré lo debido. Si se vende por 120 me cobro lo mío (105) y tú te llevas los 15 restantes; pero si se vende por menos, pongamos por 80, la deuda queda saldada porque "la responsabilidad del deudor queda limitado al importe de los bienes hipotecados".

¿Qué ha pasado? Que si incluimos como cláusula el art. 140 LH el riesgo de que el bien hipotecado se deprecie, pierda valor, recae sobre el prestamista. Y las hipotecas se pagan a muchos años, 10, 20, 30, por lo que las fluctuaciones del mercado son difícilmente predecibles. ¿Y esto en la práctica qué supone? Que yo (los bancos) no prestan. Si me pides un préstamo de 100 con estas condiciones, mi riesgo es mayor. Y en vez de pedirte 105 (principal y 5 de intereses) te pediré 120 (20 de intereses). O te digo que no, que no te presto 100, sólo 50. O directamente no te presto nada. O te hago firmar un seguro (que encarecerá el préstamo, lo pagas tú) que me garantice que alguien (la aseguradora) cargue con el riesgo.

¿Conclusión? La dación en pago dificultará el crédito y lo hará más caro. Vamos, que de manera indirecta lo que pretendes evitar (que alguien pierda su casa y siga debiendo pasta) no lo evitas, porque lo seguirá pagando en forma de mayores intereses o de seguros vinculados a la hipoteca.

Sobre aplicar la dación en pago con efecto retroactivo:

Imaginemos que Pablemos gana las elecciones y el art. 140 de la LH pasa a ser, de ahora en adelante, no una cláusula que pueda pactarse, sino la norma general para todas las futuras hipotecas. Pasará lo que ya he dicho.

Ahora imaginemos que no solo se aplica "hacia adelante" sino a las hipotecas suscritas anteriormente "hacia atrás". Volvamos a nuestro ejemplo e invirtamos papeles, tú eres el prestamista y yo el que pidió 100. Llega Pablemos, aplica la dación en pago con efectos retroactivos y vengo yo y te digo "oye, que no te puedo pagar los 105, pero toma, aquí tienes este terreno, que hoy día vale 70, y yo me libero. Lo siento chato, mala suerte". ¿Te parece justo? Tú tenías un trato, con unas condiciones, y ahora te lo cambian por cojones y pierdes pasta. No parece muy razonable. Por eso, en el hipotético caso de que Pablemos ganara las elecciones y aprobara una ley para aplicar retroactivamente la dación en pago sospecho que habrían posibilidades de que el Tribunal Constitucional la tumbara.
 
tikismikis rebuznó:
el piso o casa no es tuyo hasta que pasen 40 y pico años, mientras es del banco....se te jode algo? Lo pagas tu, pero sigue siendo del banco...

El piso es de TU propiedad desde el momento de la firma, puedes trasnmitirlo libremente y TU eres el que consta en el Resgistro de la Propiedad como propietario.

Y lo de que se joda la vivienda para eso esta el seguro, roñoso.
 
le sauternes rebuznó:
Tendrias que cagar algo más de un ladrillo para demostrar esa supuesta inviabilidad.

Que no sea negocio para el banco, esta claro pero que no sea viable no es cierto. En USA se esta aceptando y en Suiza los bancos no tienen inconveniuente en incluirla en las condiciones del crédito hipotecario. Dos países de mierda, como ves.

Espero que seas un letrado experto en ejecuciones hipotecarias para poder justificar de forma creible lo que acabas de escribir.
Depende de lo que entiendas por viable. Incluir se puede incluir, pero tiene consecuencias a modo de encarecimiento del crédito. Si no recuerdo mal, los Estados de USA donde se admite son los que tienen mayores tasas de impago e intereses más altos. De Suiza, ni idea. Y no, no soy un experto en ejecuciones hipotecarias, ojalá, se ganan muy bien la vida.
 
Jaeger rebuznó:
Cierto es que los bancos nunca usaban tasadores independientes y que validaron en todo momento pisos infladísimos de precio. Alguna responsabilidad tendrán, digo yo, de comerse el marrón

Responsabilidad ninguna, no va por ti, pero solo un necio confunde valor y precio, el banco tasaba al precio de mercado en aquella época el precio era el que todos los necios estaban dispuestos a pagar ni más ni menos. Por otro lado me hubiera gustado ver en la época de la burbuja que hubierais dicho de los bancos si cuando las viviendas estaban a 300.000 hubieran dicho "no señor, yo no le presto esa cantidad porque ese piso para mi no vale más de 100.000", no habría podido comprar ni Dios y entonces hubieráis dicho que eran unos hijos de puta que no querían dar créditos para quedarse ellos todo o alguna tontería similar. El hecho es que en este caso la culpa no es de los bancos por muy hijos de puta que sean, que lo son y de eso no hay duda.
 
Me estabais esperando amigos, yo nunca he querido comprar pero ya sabéis que los calzonazos tenemos tendencia a contentar a nuestras señoras

También es verdad que cuando tienes un hijo las prioridades cambian, pero eso solo lo sabemos Flimbi y yo
 
Edelweiss rebuznó:
El piso es de TU propiedad desde el momento de la firma, puedes trasnmitirlo libremente y TU eres el que consta en el Resgistro de la Propiedad como propietario.

Si ya...tu compra, que el día que te pase algo y no puedas pagarlo al banco le va a dar por el culo la mierda de nombre que esté en el registro, bueno...más bien te dará por el culo a ti, que te quedas sin casa y con pufo...

Edelweiss rebuznó:
Y lo de que se joda la vivienda para eso esta el seguro, roñoso.

A medias, los seguros no cubren todo, que son muy listos y tienen una letra tan pequeña que ni con microscopio oija.
 
Muy bien, Boniato. Queda entendida la cuestión, muy bien explicado, pero debería haber formas (y seguro que las hay) para poder hacer lo de la dación en pago por defecto en todas las hipotecas. Entiendo que al banco igual no le haga mucha gracia perder márgenes, pero, qué quieres que te diga, a mí me parece que prima el interés general de la población que el particular de la banca. Si alguno tiene que salir perdiendo, que salga perdiendo el banco, no la gente de a pie, y si el crédito se encarece también entiendo yo que con las mismas los precios de las viviendas se reducirán ya que hay menos dinero circulando.

Ciertamente hay que mirar a los dos lados del extremo, y si has comprado una casa que vale 100 por 300 pues claro está que no deberías haberte metido en ella y que buena parte de tu problema te lo has creado tú mismo por ignorancia, pero otros han visto al ignorante y se les han puesto los ojos como al Tío Gilito, y ahora se quieren lavar ellos también las manos, y no.

De todas formas, los pisos siguen bajando. Supongo que todo esto afectará mayormente a quienes han comprado a precios que no eran, básicamente casi todos los que han comprado durante la burbuja, y que en el futuro la gente en general tendrá menos problemas al respecto de esto.
 
Boniato rebuznó:
Sobre la hipoteca:

La hipoteca en realidad es un contrato de garantía, accesorio a uno principal, el préstamo. Imagina que tú necesitas dinero y yo me dedico a prestarlo, necesitas 100 y yo te lo presto a cambio de que me devuelvas 105 (principal + intereses). Pero en algún momento, a un romano se le ocurrió buscar un modo de reforzar ese contrato, de tener más garantías de que lo que presta le sea devuelto, y así nace la hipoteca: te presto 100, me tienes que devolver 105 y sólo si no puedes pagarme yo tendré derecho a quitarte un bien (pongamos un terreno, por ejemplo), subastarlo, y con el dinero que saque, cobrarme los 100. Si se vende por más, la diferencia es tuya; si se vende por menos, me sigues debiendo lo que falta.

Más aún, la norma general es que no puedo quedarme en propiedad con el bien hipotecado, sólo "quitártelo" para subastarlo. ¿Por qué? Porque ocurría que, en ocasiones, cuando el prestamista quería quedarse con la cosa hipotecada (porque tengo interés en tu terreno, porque vale 120 y gano más si no me pagas que si me pagas los 105 acordados), forzaba el impago. En la actualidad, cuando un banco se queda con la casa es porque la subasta ha quedado desierta; es entonces, como último recurso, cuando se permite al banco quedarse en propiedad la cosa hipotecada (la casa).

Y bueno, eso. La hipoteca moderna, es lo que he descrito: el banco te presta un dinero, y con ese dinero tu compras una casa que a su vez queda sujeta como garantía (hipoteca) al pago del préstamo.

Sobre la dación en pago:

Ya existe en nuestra legislación, más concretamente el artículo 140 de la Ley Hipotecaria, que dice lo siguiente: No obstante lo dispuesto en el artículo ciento cinco, podrá válidamente pactarse en la escritura de constitución de la hipoteca voluntaria que la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados.En este caso, la responsabilidad del deudor y la acción del acreedor, por virtud del préstamo hipotecario, quedarán limitadas al importe de los bienes hipotecados, y no alcanzarán a los demás bienes del patrimonio del deudor.

Volvamos al ejemplo anterior en el que yo soy prestamista y tú, ILG, necesitas dinero. Y me pides incluir esta cláusula, que no es otra cosa que la dación en pago. Así, yo te presto 100 a condición de que me devuelvas 105, y como garantía hipotecas un terreno. Claro, hemos incluido el art. 140 de la Ley Hipotecaria, de modo que si no me devuelves el préstamo, te quitaré el terreno, lo subastaré y con lo que saque, me cobraré lo debido. Si se vende por 120 me cobro lo mío (100) y tú te llevas los 20 restantes; pero si se vende por menos, pongamos por 80, la deuda queda saldada porque "la responsabilidad del deudor queda limitado al importe de los bienes hipotecados".

¿Qué ha pasado? Que si incluimos como cláusula el art. 140 LH el riesgo de que el bien hipotecado se deprecie, pierda valor, recae sobre el prestamista. Y las hipotecas se pagan a muchos años, 10, 20, 30, por lo que las fluctuaciones del mercado son difícilmente predecibles. ¿Y esto en la práctica qué supone? Que yo (los bancos) no prestan. Si me pides un préstamo de 100 con estas condiciones, mi riesgo es mayor. Y en vez de pedirte 105 (principal y 5 de intereses) te pediré 120 (20 de intereses). O te digo que no, que no te presto 100, sólo 50. O directamente no te presto nada. O te hago firmar un seguro (que encarecerá el préstamo, lo pagas tú) que me garantice que alguien (la aseguradora) cargue con el riesgo.

¿Conclusión? La dación en pago dificultará el crédito y lo hará más caro. Vamos, que de manera indirecta lo que pretendes evitar (que alguien pierda su casa y siga debiendo pasta) no lo evitas, porque lo seguirá pagando en forma de mayores intereses o de seguros vinculados a la hipoteca.

Sobre aplicar la dación en pago con efecto retroactivo:

Imaginemos que Pablemos gana las elecciones y el art. 140 de la LH pasa a ser, de ahora en adelante, no una cláusula que pueda pactarse, sino la norma general para todas las futuras hipotecas. Pasará lo que ya he dicho.

Ahora imaginemos que no solo se aplica "hacia adelante" sino a las hipotecas suscritas anteriormente "hacia atrás". Volvamos a nuestro ejemplo e invirtamos papeles, tú eres el prestamista y yo el que te pedí 100. Llega Pablemos, aplica la dación en pago con efectos retroactivos y vengo yo y te digo "oye, que no te puedo pagar los 105, pero toma, aquí tienes este terreno, que hoy día vale 70, y yo me libero. Lo siento chato, mala suerte". ¿Te parece justo? Tú tenías un trato, con unas condiciones, y ahora te lo cambian por cojones y pierdes pasta. No parece muy razonable. Por eso, en el hipotético caso de que Pablemos ganara las elecciones y aprobara una ley para aplicar retroactivamente la dación en pago sospecho que habrían posibilidades de que el Tribunal Constitucional la tumbara.

Veo que el ladrillo prometido se ha quedado en cuatro párrafos. debe ser eso que llaman la crisis del ladrillo.

Veo que la dación en pago ha pasado de no ser viable a ser una claúsula más del contrato hipotecario si ambas partes estan de acuerdo en firmarlo así.

Las claúsulas como la dación no tienen porque encarecer el crédito (eso dependerá más bien del % sobre el valor del bien que se preste) pero seguramente evitarían la alegre concesión de créditos hipotecarios, causa de múltiples quebrantos bancarios y deshaucios.

Y como último apunte, Pablito intentará, caso de ganar, cambiar muchas cosas pero atentar contra el sacrosanto principio de la no retroactividad en Derecho es algo que esta fuera totalmente de sus posibilidades por muchos poderes sobrenaturales que se le quieran reconocer. Ninguna ley se podrá aplicar a contratos mercantiles libremente firmados en fecha anterior a dicha ley. Si hay algún letrado en la sala que hable ahora o calle para siempre.

Hasta ahí podíamos llegar.
 
Mladic rebuznó:
¿Pero los aguerridos no erais vosotros?

Una panda de maricones de mierda es lo que sois. Que los hay que le matan al hijo o al sobrino, o le queman la tienda en un pueblucho de quinientos habitantes, que se sabe quién ha sido, y no son capaces de coger del pescuezo a los guarros de los pendientes cuando están en la erricotaberna y darles matarile. Que si no tienes nada que perder y un par de huevos, no se te pone nada ni nadie por delante. Salvo que seas vasco, claro.

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le sauternes rebuznó:
Ninguna ley se podrá aplicar a contratos mercantiles libremente firmados en fecha anterior a dicha ley. Si hay algún letrado en la sala que hable ahora o calle para siempre.

Hasta ahí podíamos llegar.

Si mal no recuerdo el PP lo ha hecho con las renovables, eso de la no retroactividad está muy bien, pero si gobiernas un país de ovejas te lo puedes pasar por el forro.
 
PatoLaqueado rebuznó:
Si mal no recuerdo el PP lo ha hecho con las renovables, eso de la no retroactividad está muy bien, pero si gobiernas un país de ovejas te lo puedes pasar por el forro.

No soy experto en renovables, así que me abstendré de opinar al respecto.

Cualquier gobierno puede cambiar condiciones a partir de la fecha en la que publica el B.O.E. una ley.

Cambiar las clausulas de un contrato escrito, no. De haberlo hecho, hay instancias superiores al gobierno de la nación que pueden obligarlo a cumplir lo pactado.

Para eso están los abogados y los tribunales.
 
le sauternes rebuznó:
No soy experto en renovables, así que me abstendré de opinar al respecto.

Yo tampoco y prefiero que lo confirme Boniato, pero si mal no recuerdo cambiaron las condiciones de la ley con efecto retroactivo afectando a un montón de gente (y empresas).
 
tikismikis rebuznó:
A medias, los seguros no cubren todo, que son muy listos y tienen una letra tan pequeña que ni con microscopio oija.

A medias tienes tu las entendederas. Apañate un seguro del hogar en condiciones y te arreglan hasta las manchas de moho entre los azulejos del baño, so roñica. Gastate los jurdeles coño.
 
ilovegintonic rebuznó:
Muy bien, Boniato. Queda entendida la cuestión, muy bien explicado, pero debería haber formas (y seguro que las hay) para poder hacer lo de la dación en pago por defecto en todas las hipotecas. Entiendo que al banco igual no le haga mucha gracia perder márgenes, pero, qué quieres que te diga, a mí me parece que prima el interés general de la población que el particular de la banca. Si alguno tiene que salir perdiendo, que salga perdiendo el banco, no la gente de a pie, y si el crédito se encarece también entiendo yo que con las mismas los precios de las viviendas se reducirán ya que hay menos dinero circulando.

Ciertamente hay que mirar a los dos lados del extremo, y si has comprado una casa que vale 100 por 300 pues claro está que no deberías haberte metido en ella y que buena parte de tu problema te lo has creado tú mismo por ignorancia, pero otros han visto al ignorante y se les han puesto los ojos como al Tío Gilito, y ahora se quieren lavar ellos también las manos, y no.

De todas formas, los pisos siguen bajando. Supongo que todo esto afectará mayormente a quienes han comprado a precios que no eran, básicamente casi todos los que han comprado durante la burbuja, y que en el futuro la gente en general tendrá menos problemas al respecto de esto.
Pero es lo que he dicho. Que la dación sea la norma y no la excepción implica mayor riesgo para el prestamista, riesgo que se traduce en menos préstamos o en préstamos más caros, dificultando la concesión de crédito. Viendo la facilidad con la que se prestaban auténticas barbaridades a muertos de hambre pues quizás no sea malo pero vamos, la conclusión es clara, la banca nunca pierde.

Y sí, hay de todo. Desgraciados honrados que se han visto enterrados en la mierda y avariciosos que merecen lo que les ha ocurrido. En una situación de urgencia me parece razonable que se tomen medidas de urgencia: que se bloqueen temporalmente los desahucios, que se negocien alquileres sociales, que se reubique a las familias desahuciadas en VPO's, etc. Pero las cosas no son tan sencillas como Pablemos propone, "vamos a prohibir los desahucios". Eso es lo que quería transmitir.

le sauternes rebuznó:
Veo que el ladrillo prometido se ha quedado en cuatro párrafos. debe ser eso que llaman la crisis del ladrillo.
Lamento no estar a la altura de tus expectativas

le sauternes rebuznó:
Veo que la dación en pago ha pasado de no ser viable a ser una clausula más del contrato hipotecario si ambas partes están de acuerdo en firmarlo así.

Las claúsulas como la dación no tienen porque encarecer el crédito (eso dependerá más bien del % sobre el valor del bien que se preste) pero seguramente evitarían la alegre concesión de créditos hipotecarios, causa de múltiples quebrantos bancarios y deshaucios.
Ya dije que depende de qué entiendes por "viable". Sobre si encarecerá, o no, el crédito, cree lo que quieras pero la norma es que "mayor riesgo mayor interés".

le sauternes rebuznó:
Y como último apunte, Pablito intentará, caso de ganar, cambiar muchas cosas pero atentar contra el sacrosanto principio de la no retroactividad en Derecho es algo que esta fuera totalmente de sus posibilidades por muchos poderes sobrenaturales que se le quieran reconocer. Ninguna ley se podrá aplicar a contratos mercantiles libremente firmados en fecha anterior a dicha ley. Si hay algún letrado en la sala que hable ahora o calle para siempre.

Hasta ahí podíamos llegar.
La retroactividad sólo está prohibida, de manera rotunda, en el ámbito Penal. En otras ramas del Derecho se admite, dependiendo del caso concreto, su alcance, efectos, etc. En cualquier caso lo tendría difícil para obligar a las entidades de crédito a admitir la dación de manera retroactiva, que es lo que dije.
 
PatoLaqueado rebuznó:
Yo tampoco y prefiero que lo confirme Boniato, pero si mal no recuerdo cambiaron las condiciones de la ley con efecto retroactivo afectando a un montón de gente (y empresas).

Eso, tal como lo dices NO se puede hacer.

Puedes modificar coeficientes, condiciones y demás. Pero si hay una ley que dice que pagarás tanto durante tanto tiempo, no puedes cambiar el tanto. Eso no es factible así.

Aunque un gobierno trufado de abogados, si algo sabe es hacer putadas al amparo de la ley, claro.
 
Boniato rebuznó:
Pero las cosas no son tan sencillas como Pablemos propone, "vamos a prohibir los desahucios".

Que yo sepa eso no es lo que se ha dicho, ahí le falta todo lo que viene después, eso como si yo digo "Vamos a meter en la cárcel a todos los que delincan" y llega uno y dice "Que ha dicho 'Vamos a meter en la cárcel a todos'". Hay un mundo de diferencia, sobre todo porque si cogiesen y efectivamente prohibiesen los desahucios aquí al día siguiente no pagaba nadie un duro: ¿para qué? ¿por qué?
 
le sauternes rebuznó:
Eso, tal como lo dices NO se puede hacer.

Puedes modificar coeficientes, condiciones y demás. Pero si hay una ley que dice que pagarás tanto durante tanto tiempo, no puedes cambiar el tanto. Eso no es factible así.

Aunque un gobierno trufado de abogados, si algo sabe es hacer putadas al amparo de la ley, claro.

De hecho lo hicieron y está recurrido al TC El PSOE recurre en el TC el recorte a las renovables por retroactivo,Empresas Sector Energía. Expansión.com

No sé si hay sentencia en firme ya o no, paso de buscar más, solo que me sonaba que lo habían hecho, lo mismo el TC lo tumba o lo ha hecho ya, pero que lo hicieron, vaya que si lo hicieron.
 
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