A ver, Curro:
1. Cuando eres menor (>18 años) no tienes capacidad de obrar completa, de gobernarte por ti mismo al 100%. No puedes firmar una hipoteca o votar, por poner dos ejemplos.
2. En ciertos casos, lo anterior lo compensan los padres, que consienten en representación de sus hijos menores.
3.
Lo del punto nº2 no se aplica en situaciones de consentimiento sexual, un padre no puede consentir o dejar de hacerlo en nombre de su hija de 14 años cuando un tipo de 40 años se la está follando. Ni cuando un chaval de 14 se folla a su hija también de 14.
Ahora el Código Penal:
4. ¿Qué dice el Código Penal? Que un menor de 16 años no puede dar su consentimiento sobre si quiere o no quiere tener relaciones sexuales. Por tanto, quien tenga contactos sexuales con alguien de >16, diga lo que diga el menor (aunque haya consentido) es como si no existiera tal consentimiento, por lo tanto será abuso sexual, violación, o lo que sea.
5. A la norma general anterior, la del nº 4, hay una excepción. Si hay proximidad en edad y grado de madurez, entonces sí vale el consentimiento del menor. Por tanto, si ese menor ha follado libremente con alguien próximo en edad y grado de madurez, no es delito.
Respondiendo a tu pregunta:
Si la niña tiene 15 y el tío 25, pues denuncias. El Juez decidirá si hay proximidad en edad y grado de madurez (no sé donde están poniendo ahora mismo los límites jurisprudencialmente hablando). ¿Que no la hay? Violación. ¿Que la hay y la chavala consintió? No hay nada.
Coño, Curro, de verdad
. Que no, que te vuelvo a repetir que en temas sexuales los padres no pueden dar o negar consentimiento alguno. Si un tío de 30 tacos se folla a tu cría denuncias y punto. Ya está, no puedes hacer nada más (legalmente, claro, fuera de ahí puedes molerlo a palos).