snow
Freak
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pratso rebuznó:La revisión del caso judicial de este tipo debería enseñarse en todas la facultades de Derecho de España, por lo bien diseñada que estuvo la operación por sus abogados, desde el punto de vista penal. Cuando le expropiaron el holding le imputaron una serie de delitos, entre otros contra la Hacienda Pública, Seguridad Social, falsedad en documento mercantil, delitos monetarios, y estafa.
El tipo al serle expropiado todo desaparece de España. Pasados unos meses es detenido en el Aeropuerto de Franckfurt, con pasaporte falso y una pistola de fogueo. Joder que gilipollas,pensareis, pues no todo obedecía a una trama muy bien preparada. Es detenido y juzgado en Alemania, le condenan por lo del pasaporte y la pistola a 3 ó 4 años de prisión (no recuerdo exactamente). Resulta que el regimen carcelario en Alemania está bastante bien, (celda individual, posibilidad de manejar dinero en la carcel, regimen de visitas amplio) y RM tenia negocios en Alemania, con lo que pudo pagar abogados y estar más o menos tranquilo en prisión. España pide la extradición para que sea Juzgado por los delitos que antes decía. Pero y aquí está la pirueta, el Convenio de extradición entre Esp y Alem impide la extardicción por los delitos contra la Hacienda Publica, Seg. Social y delitos monetarios (sacra dinero de España sin declarar). Conclusión no le pueden juzgar por esos delitos en España.
Una vez cumplida condena en Alemania, le extraditan, y el tipo se fuga de la Audiencia Nacional. Como no esta condenado por nada sólo esta en busqueda y captura. Despues se presenta a las elecciones europeas, y con un numero bajo de votos (creo recordar que unos 80.000 en toda España) saca acta de diputado europeo. Pasa a ser diputado, y por tanto aforado, y debe ser juzgado por el Tribunal Supremo, no por la Aud Nacional.
Todo el sumario, (miles de folios) pasa al Supremo, con el consiguiente retraso. Entocnes se presenta ante la Justicia, y como sólo le pueden imputar por dos delitos (falsedad en doc. mercantil y estafa) consigue la libertad con fianza. El caso se tira 4 años en el Supremo, llegó a pedir abogdo de oficio, que sólo para poder ller todo el suamrio pidió 3 años de plazo.
Como el cargo de diputado europeo son 4 años, cumplidos estos, el caso pasa de nuevo a la Aud. Nacional, pero mientras tanto, y a la espera de juicio, se modifica el Código Penal, (año 1995) y deja de ser delito al falsedad en doc. mercantil (casualidad o influencias?), por tanto cuando le juzgan solo le imputan estafa, que no fue probado, el resto de otros delitos menores, habia prescrito.
Conclusión, todo una operación de puta madre diseñada.
Ladrillazo.
PD: He cambiado el avatar.
De ladrillazo nada, lo has explicado genial y por fin me he enterado de como lo hizo...
Gracias :)
