Peinadoaloafro
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Habla bien hombre, que no cuesta mucho. Se dice pulisia, mendrugo.
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Sí ha cometido un delito leve, la antigua falta, también lo puede detener siempre que se cumpla cualquiera de estas circunstancias, que la ley llama "no dar fianza bastante":
- Se niega a identificarse. A esperar a la policía.
- Presenta un DNI falso o caducado. A esperar a policía.
- No tiene domicilio. A esperar a policía.
- Tiene un domicilio extranjero. A esperar a policía.
Que insistencia la suya con la palabreja, cuando no puede hacer uso de ella en ninguna circumstancia como ya se ha indicado anteriormente: puede retener, nunca detener.
No tienen autoridad para hacer nada que no pueda hacer un ciudadano random, y no la tienen porque no tienen una formación, graduación y estudios especificos para ello.
Hay grados en el mundo de segurata, eso por supuesto, pero ninguno puede equipararse a un policeman ni de puta coña en ningún aspecto.
Vaya, que me viene a mi un goriláceo a pedirme el DNI en el hipermercado por la puta cara y ya se puede esperar sentado en uno de los sofás de la sección Hogar. Que llame a los agentes, que yo no tengo que identificarme frente a nadie si no es mi voluntad hacerlo, o me lo solicita una autoridad pertinente.
Yo por desgracia, conozco bastantes así...
Pues si. Tengo que darte la razón en todo, au que parezca mentira.No es ninguna insistencia mía. Es que no existe legalmente la figura del "retener". Solo se detiene.
Si tú vas por la calle y presencias un delito y decides actuar no retienes al autor, lo detienes.
Así define esos conceptos la justicia. Y si tú me detienes por la calle sin que yo haya hecho nada, cometes un delito de "detención ilegal" y no de "retención ilegal".
Lo que Moporday quería preguntar, y no quiso ser claro, es que si se pone a romper cosas, a mearse en una tienda, o a huir por no llevar billete en la RENFE, y él sale corriendo, hasta dónde puede llegar el vigilante.
Y el problema de la gente es que lo que le interesa oir es que el vigilante no puede hacer nada. Y sí que puede. Y si sale corriendo y el vigilante le pone los grilletes y hace venir a la policía, no le van a decir nada.
Y cuando alguien no lleva billete dentro de un tren quiere pensar que no lo puedes tocar. Pero sí que lo tocas, y lo bajas. Y si te levanta la mano lo reduces y lo engrilletas. Y llega la policía.
Y si todo acaba en juicio, el juez siempre, y siempre es siempre, le pregunta 'pero si a usted le estaban diciendo que bajara del tren y no bajaba, cómo esperaba usted que lo bajaran?'.
Y cuando se niegan a mostrar su DNI porque han escuchado por ahí que tú no puedes pedírselo, si viene la policía se le carga una multa enorme por hacerla venir.
Y ellos creen que cuando venga la policía se van a poner de su parte.
Y entonces la policía, siempre, de nuevo siempre, les dice 'pero no ves que es el vigilante? Tanto te cuesta entregar el DNI?', porque les cabrea que les hagan bajar para eso.
Y hay gente que ha acabado en prisión por negarse y resistirse hasta límites insospechables, escuchando esas leyendas urbanas de que si un vigilante no te puede pedir un billete, ni te puede multar, ni te puede pedir el DNI, ni te puede cachear, ni te puede detener (son todas falsas) ni puede hacer absolutamente nada. Que resulta que solo se dedica a gastar suela.
Y esa no es la realidad, y solo es necesario usar un poco la lógica, aunque si de eso no tienes basta con leer la ley.
Nadie te está diciendo que un vigilante sea un policía. Nunca nadie aquí ha dicho eso.
Ahora, pensar que de un vigilante cuando he hecho algo que no debía puedo pasar, y él no puede detenerme, y si huyo no me puede coger, y si huyo mientras no le toque no me puede tocar, y no me puede poner nunca los grilletes, los grilletes se los dan solo para marcar tendencia, y que como me reduzca y me engrillete le buscaré la ruina y lo meterán en la cárcel y todas esas películas que se montan, es simplemente no conocer la realidad.
Y la realidad es que cientos de veces cuando opone resistencia tienes que reducirlo, engrilletarlo, defenderte si te ataca, y sí, todo eso por haber fumado en un tren y negarse a seguir las instrucciones tratando de escapar o dar golpes. Y cuando has hecho todo eso como vigilante qué ocurre? Nada. Quién te condena? Nadie. Has hecho lo que tenías que hacer siguiendo los pasos.
Toda esta historia de que nada, nada de nada puede hacer un vigilante, es radio perroflauta. Los leguleyos que van repitiendo de oídas aquello que les interesa aunque no sea la realidad. Pues que puedes ir dando por culo, delinquiendo, cometiendo infracciones, y el vigilante ahí es como un espacio de aire. Es como si no existiera porque nada puede hacer.
Mentira.
Toda la deposición que acaba de hacer el pana @Slk pienso deque es acertada.
Si acaso, por poner un pero, me rechina un poco solo eso de que un vigilante puede pedir el billete en el tren.
Si matizamos que el viajero afectado está cometiendo alguna infracción (fumar, molestar, etc) entonces si.
Pero pedirlo por pedirlo, no se ....
Ka®ma y ¶ ticket to ride ¶
Y lo de Niandra qué?
No es ninguna insistencia mía. Es que no existe legalmente la figura del "retener". Solo se detiene.
Si tú vas por la calle y presencias un delito y decides actuar no retienes al autor, lo detienes.
Pero ni puta idea, vamos, tal que @curro jimenez, hezperto en Derecho por la hunibersidac de Google imágenes.
Lo que hacen los vigilantes, como cualquier otro particular, es lo que el Código Penal denomina "aprehender", que es lo que siempre se ha llamado en lenguaje coloquial "retener a una persona hasta que llega la policía". La palabra "retención" también se ha usado para las situaciones en las que la policía, por ejemplo, te pide el DNI para identificarte. Está limitando tu libertad, pero no te está deteniendo. Para que haya una detención legal tienes que respetar los derechos del detenido, como facilitar un abogado o poner a disposición judicial (no policial), cosa que un vigilante no hace o que no tiene sentido en una diligencia policial como un control de alcoholemia.
Persona detenidas por Slk, vigilante nocturno contra el crimen: CERO.
Venga, que se te tiene que poner el artículo palabra a palabra con todos los puntos y comas:
A ver, te lo voy a volver a repetir para que lo entiendas. Código Penal, artículo 163.4, en el que se establece "El particular que, fuera de los casos permitidos por las leyes, aprehendiere a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses". Ale, vete a cagar.
Pues imagínate a estas alturas lo guapa que debe de estar![]()
Aqui tiene razon slk y punto.
Efectivamente la ley habla de detencion, no rrtencion.
Aunque obviamente nadie le llama detencion a lo que hace un segurata o un particular mientras espera a la policia, pero la ley lo llama asi
A ver, imbecil, te he puesto el artículo 490
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