El día que se aprobó la "inversión de la carga de la prueba" para los casos viogen, ese día, fue nuestra muerte. Hay que tener muchos cojones o una seta como una plaza de toros para dictar una sentencia en contra de la presunta.
Lo que hay es una presunción de veracidad de la mujer, es decir
presunción de culpabilidad del hombre durante la
detención, es decir que te detienen por lo que diga una Chari. Luego en el juicio tendrá que demostrarlo ella y aportar pruebas*
En lo que si hay inversión de la carga de la prueba es en el Art 217.5 LEC
De acuerdo con las leyes procesales, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias por razón del sexo, corresponderá al demandado probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y de su proporcionalidad
Vamos, que a un hombre lo puedes echar, a una mujer tienes que demostrar que no la echas por ser mujer, mientras que ella presente un indicio. El indicio vete tu saber que cojones puede ser.
* Como prueba puede valer el informe forense de la psicóloga de turno, que, por ahora, según si el caso es mediático o no, tiene mas o menor fuerza. La cuestión es meter mas psicólogas y que esos informes tengan mas fuerza, hasta el punto que lo que diga la loca del coño con título haga que te encierren
También la sanción y el tratamiento es diferente en función de si la violencia es ejercida por hombre o por mujer, se alega que hay mas casos de violencia ejercida por mujer, y esto sería como considerar que si la mayoría de los robos son ejercidos por moros a estos se les sancionen con el doble de dureza