naxo
Muerto por dentro+
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Sí.Está a la defensiva porque se le está cayendo “er mito de la feria, la coza ma grande dee mundo”.
Tenemos envidia![]()
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Sí.Está a la defensiva porque se le está cayendo “er mito de la feria, la coza ma grande dee mundo”.
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Pero que desde el momento en el que se vende una sola caña ya se está realizando una actividad comercial, hombre. Sea ese el objeto de la actividad del concesionario, vender bebida y comida es una actividad comercial así la realice un bar, una cofradía o tú con tu primo Paco. Otra cosa es que se haga la vista gorda (que supongo que es lo que se hará), pero si la cofradía de turno o el grupo de amigos de turno se ponen a vender, ahí se está realizando actividad comercial.Con actividad comercial se viene a referir por parte del adjudicatario, que se va a dedicar a explotar comercialmente la caseta. Las concedidas a socios privados no tienen esa finalidad y si la llevan a cabo se les expulsa, como ya ha ocurrido.
Pero una cosa es que la actividad comercial sea la intrínseca de la caseta y otra que la actividad comercial la lleven quienes atienen la barra y te ponen montaditos, que nada tienen que ver con la caseta y lo hacen para ganarse su sustento en esos días. Los socios de eso no ven un duro.Pero que desde el momento en el que se vende una sola caña ya se está realizando una actividad comercial, hombre. Sea ese el objeto de la actividad del concesionario, vender bebida y comida es una actividad comercial así la realice un bar, una cofradía o tú con tu primo Paco. Otra cosa es que se haga la vista gorda (que supongo que es lo que se hará), pero si la cofradía de turno o el grupo de amigos de turno se ponen a vender, ahí se está realizando actividad comercial.
Pero eso se hace también por una manifestación, por una carrera, por la semana santa, por mil cosasNo obstante se nos olvida que durante mas de 10 días se cortan calles, se prohíben zonas de aparcamiento, hay un despliegue de medios públicos, hay una serie de incomodidades.
Pero yo no he dicho que la actividad comercial la lleven los camareros, en un bar normal el camarero que está ahí contratado no es el que realiza la actividad comercial, sino que esta la realiza el dueño o la sociedad de turno.Pero una cosa es que la actividad comercial sea la intrínseca de la caseta y otra que la actividad comercial la lleven quienes atienen la barra y te ponen montaditos, que nada tienen que ver con la caseta y lo hacen para ganarse su sustento en esos días. Los socios de eso no ven un duro.
La denominación comercial no viene de que se produzca actividad comercial en ella, si no porque la finalidad de la misma es esa, una finalidad mercantil. Hay transacción comercial en todas, incluso las públicas, por lo cual todas deberían ser mercantiles bajo tu criterio, pero es muy diferente montar una caseta para ganar dinero con ella y montarla con tus amigos, contratando a un equipo de camareros que la explotan con su servicio de hostelería. Que se realice una actividad comercial dentro de la caseta no determina su naturaleza mercantil.Pero yo no he dicho que la actividad comercial la lleven los camareros, en un bar normal el camarero que está ahí contratado no es el que realiza la actividad comercial, sino que esta la realiza el dueño o la sociedad de turno.
Una caseta donde se venda bebida y comida es un sitio donde se realiza una actividad comercial. El concesionario de esa caseta, sea una cofradía, tú y tu prima la tuerta o el Sevilla CF estaríais realizando una actividad comercial, por más que en un caso el objeto de la cofradía fuera montar saraos religiosos, el tuyo yel det u prima invitar a vuestros amigos y el del Sevilla el fútbol.
No te quieres enterar yeyeeeee que es una actividad comercial yeye-ye.
Creo que confundes "actividad comercial" destinada a un público en general, con la contratación de un servicio (en este caso el bar) por parte de los socios, que según voy entendiendo es como si contratas un servicio de hostelería para un determinado grupo de personas (en este caso durante los dias de las fiestas)Pero yo no he dicho que la actividad comercial la lleven los camareros, en un bar normal el camarero que está ahí contratado no es el que realiza la actividad comercial, sino que esta la realiza el dueño o la sociedad de turno.
Una caseta donde se venda bebida y comida es un sitio donde se realiza una actividad comercial. El concesionario de esa caseta, sea una cofradía, tú y tu prima la tuerta o el Sevilla CF estaríais realizando una actividad comercial, por más que en un caso el objeto de la cofradía fuera montar saraos religiosos, el tuyo yel det u prima invitar a vuestros amigos y el del Sevilla el fútbol.
Ah, vale, que es que llaman comerciales a las que son empresas pero no llaman comerciales a las demás donde sí se realizan actividades comerciales y se gana dinero con ello.La denominación comercial no viene de que se produzca actividad comercial en ella, si no porque la finalidad de la misma es esa, una finalidad mercantil. Hay transacción comercial en todas, incluso las públicas, por lo cual todas deberían ser mercantiles, pero es muy diferente montar una caseta para ganar dinero con ella y montarla con tus amigos, contratando a un equipo de camareros que la explotan con su servicio de hostelería. Que se realice una actividad comercial dentro de la caseta no determina su naturaleza mercantil.
En la ordenanza hay 3 licencias para casetas:
Privadas, que serán de entidades o familiares.
Municipales y de acceso público.
Comerciales: Aquellas de entidades mercantiles que pretendan un beneficio económico y sean de entrada libre sin pagar, o restringido el acceso al pago de una entrada. Las casetas comerciales no podrán sobrepasar, en ningún caso, del cinco por ciento del número total de licencias en la feria.
Hasta donde yo sé si tú tienes una caseta y contratas a unos camareros o a un cáterin para servir comidas y bebidas estás realizando tú la actividad comercial, la diferencia es que externalizas su ejecución.Creo que confundes "actividad comercial" destinada a un público en general, con la contratación de un servicio (en este caso el bar) por parte de los socios, que según voy entendiendo es como si contratas un servicio de hostelería para un determinado grupo de personas (en este caso durante los dias de las fiestas)
La actividad comercial la realiza un particular (el Sr que monta el bar) y deberá tributar por ello como en cualquier otra actividad desarrollada, eso está claro, pero desconozco si es equiparable e igual una actividad comercial a nivel general que otra donde se da un servicio privado determinado y contratado previamente a un grupo de personas.
Ambas actividades son igualmente fiscalizables, pero desconozco si ambas tienen las mismas disposiciones y factores vinculantes a la hora de tributar por esos servicios.
¿Quién ha estudiado económicas?¿En serio estais rebatiendole a alguien que ha estudiado economicas? Estais locos.
Es que te estoy diciendo precisamente que no es así. El ayuntamiento concede a unas familias una licencia para montar una caseta en suelo público, dicha familia se busca a los camareros y cocineros que van a explotar la barra, contrata al grupo y a la seguridad y no realiza actividad comercial alguna más allá de comprar bebida y comida.Total, que el ayuntamiento concede a una familia una licencia para montar una caseta en suelo público, dicha familia realiza en esa caseta una actividad comercial como es la venta de bebida y comida y claro, como es una familia ya no hay actividad comercial, porque las familias son familias, no entidades mercantiles![]()
Los socios no sacan beneficio económico ninguno de la actividad según entiendo, y por tanto se limitan a contratar el servicio de un tercero, que a precio cerrado o ya al final tras el recuento del consumo realizado (supongo, que no tengo ni puta idea) liquidan el contrato del servicio hostelero dispensado.Es que te estoy diciendo precisamente que no es así. El ayuntamiento concede a unas familias una licencia para montar una caseta en suelo público, dicha familia se busca a los camareros y cocineros que van a explotar la barra, contrata al grupo y a la seguridad y no realiza actividad comercial alguna más allá de comprar bebida y comida.
Entiendo, ahora me queda más claro.Es que te estoy diciendo precisamente que no es así. El ayuntamiento concede a unas familias una licencia para montar una caseta en suelo público, dicha familia se busca a los camareros y cocineros que van a explotar la barra, contrata al grupo y a la seguridad y no realiza actividad comercial alguna más allá de comprar bebida y comida.
Es que si eso es así entonces la familia o los socios no sólo no ganan, sino que pagan para que otros ganen. No he visto eso en mi vida, Hulio.Los socios no sacan beneficio económico ninguno de la actividad según entiendo, y por tanto se limitan a contratar el servicio de un tercero, que a precio cerrado o ya al final tras el recuento del consumo realizado (supongo, que no tengo ni puta idea) liquidan el contrato del servicio hostelero dispensado.
De ahí la diferencia a la hora de las concesiones de la casetas por parte del ayuntamiento. ¿Es esto lo que dices, no?
Ni idea, supongo que algunos lo harán a precio cerrado y otros irán a lo que saquen vendiendo. En eso ya no puedo entrar porque lo desconozco por completo.Entiendo, ahora me queda más claro.
¿Y esa familia se busca a los camareros cómo exactamente? ¿Los contrata? ¿Les dice "explotad la barra y lo que saquéis para vosotros"? ¿"Explotad la barra y vamos a tanto para ti tanto para mí"? ¿"Venid, ganad dinero y encima yo os compro la bebida"?
Contratan pero por lo que se ve no reciben nada a cambio; y además compran la comida y la bebida.Entiendo, ahora me queda más claro.
¿Y esa familia se busca a los camareros cómo exactamente? ¿Los contrata? ¿Les dice "explotad la barra y lo que saquéis para vosotros"? ¿"Explotad la barra y vamos a tanto para ti tanto para mí"? ¿"Venid, ganad dinero y encima yo os compro la bebida"?
Es que si eso es así entonces la familia o los socios no sólo no ganan, sino que pagan para que otros ganen. No he visto eso en mi vida, Hulio.
Pues entonces, si perciben dinero... Actividad comercial al canto.Ni idea, supongo que algunos lo harán a precio cerrado y otros irán a lo que saquen vendiendo. En eso ya no puedo entrar porque lo desconozco por completo.
Eso de que no reciben nada a cambio no me lo creo ni loco. Que encima provean de comida y bebida al que se queda con la pasta es ya ciencia ficción.Contratan pero por lo que se ve no reciben nada a cambio; y además compran la comida y la bebida.
En ese caso no es que ganen sino que es una especie de barra libre a su costa.
Esa parte, desde luego, es una gilipollez como la copa de un pino. Para que uno se vaya a tomar una copa a un bar otro tiene que estar de camarero. Si eso les molesta es que son subnormales.
Según entiendo, los socios pagan por recibir un servicio que incluye camareros y lo que se consuma durante esos dias de fiestas, así como también contratarán otros servicios como la seguridad o la música machacona con las putas sevillanas a toda hostia; en definitiva es una concesión privada pactada por un contrato entre las partes para esos dias.Entiendo, ahora me queda más claro.
¿Y esa familia se busca a los camareros cómo exactamente? ¿Los contrata? ¿Les dice "explotad la barra y lo que saquéis para vosotros"? ¿"Explotad la barra y vamos a tanto para ti tanto para mí"? ¿"Venid, ganad dinero y encima yo os compro la bebida"?
Es que si eso es así entonces la familia o los socios no sólo no ganan, sino que pagan para que otros ganen. No he visto eso en mi vida, Hulio.
Tendrías que revisar tu concepto de "empotrados megavigorexicos", el de blancos y el de esmirriaos. Vamos, porque lo que yo veo son unos chimpancés atizándole a un fanegas gitano y al colega el guitarrista. Además, que qué cojones tendrá que ver el estado físico de unos y otros, cuando aquí de lo que se trata es de subnormales buscando que les den tremenda golpisa.
Pero que la solución es muy fácil: coges TÚ (y no otros) y le das tremanda golpisa a los chimpancés. Y asunto arreglado.
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