Albero, hedor a mierda y getanos.Vuestro corresponsal desde la FERIA DE SEVILLA informa.

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Las sociedades gastronómicas son como tu casa o el bajo de tu casa donde pones una cocina; un espacio privado en un edificio.
Aquí en Colonia las peñas de más dinero tienen edificios donde se meten a beber en carnaval. Con sus salones de piedra como en los Canteros de los Simpson.
 
Las casetas privadas lo son porque su licencia se concede a unos socios que, a su vez, son a quienes está restringido el derecho de entrada. Que en sus estatutos digan que pueden entrar sus familiares, hijos o X invitados es algo que se gestiona de forma privada.
 
Las casetas privadas lo son porque su licencia se concede a unos socios que, a su vez, son a quienes está restringido el derecho de entrada. Que en sus estatutos digan que pueden entrar sus familiares, hijos o X invitados es algo que se gestiona de forma privada.
Exactamente, eso es lo que digo. Que es una actividad licenciada en suelo público y puede discriminar a placer por el motivo que sea. Que cualquier otra actividad análoga permite por defecto la entrada del público general con un derecho de admisión que ha de cumplir unos determinados requisitos y esta en cambio empieza por no admitir a público general y su derecho de admisión no cumple ningún requisito, es totalmente arbitrario. Eso es lo que me rasca.
 
En las actividades deportivas entran los socios de lo que sea y también suele haber entradas a la venta para el público general, que con comprarla ya vale. Si tú vas al polideportivo de tu pueblo para ver el campeonato de petanca, estarán ahí los del club de petanca y tú pagando la entrada entras. No te tiene que dar permiso un socio al azar del club de petanca.

Incluso en un recinto privado, como pudiera ser el Bernabéu, lo mismo: ahí tienen su asiento los socios y abonados y los no socios con comprar la entrada ya puede ir. Tú no vas a ver si un socio del Madrid te permite comprar entrada, no necesitas su permiso, y eso que es privado el recinto. Aquí sí. Eso es a lo que me refería con que el derecho de admisión es completamente arbitrario y no le termino yo de ver el encaje legal.

"Oiga, tengo esta concesión de espacio público con derecho de admisión y dicho derecho es el que a mí me salga de los huevos, y si no quiero dejar entrar a un tío por sarasa no entra" no lo termino de ver.


Correcto, en tu casa entra quien quieras tú, pero es que la caseta de la feria no es tu casa. Es una explotación comercial licenciada por el ayuntamiento. Que tú la llames "tu casa" es otra cosa y desde luego no se le aplican las mismas normas.

Me refería a que un evento organizado por alguna asociación, puede marcar una pautas para su asistencia y más aún para su participación, mientras esas normas o pautas se ciñan a una normas comunes y posibles de cumplir por el común de participantes para realizar esa actividad o asistir al evento.

Para participar en una competición de biciclistas/gentuza por ejemplo, se puede acotar que las bicis sean de unas determinadas características o tengas que ir con una determinada equipación por ejemplo, y estas sean accesibles para el común de mortales porque su naturaleza no depende de la propia persona (de ahí el ejemplo de los calvos o negros).

O simplemente pertener a la asociación o estar invitado por algún miembro de ella, como ocurre precisamente en el caso del que hablamos, además de otras como puede ser el cumplimiento de un determinado código en la vestimenta (no ir con zapatillas), pero nunca pueden ser discriminatorias por determinados factores inherentes a la persona (como ser negro o calvo).

Creo que el tema de admisión funciona más o menos así, tengo entendido.
 
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Aquí en Colonia las peñas de más dinero tienen edificios donde se meten a beber en carnaval. Con sus salones de piedra como en los Canteros de los Simpson.
En ciudades como San Sebastián hay sociedades cuyos inmuebles están en zonas premium y algunas hasta tienen sus cocineros profesionales.

Yo solo he estado en una en Rentería de chaval y la cocina era la envidia de muchos restaurantes.
 
En las actividades deportivas entran los socios de lo que sea y también suele haber entradas a la venta para el público general, que con comprarla ya vale. Si tú vas al polideportivo de tu pueblo para ver el campeonato de petanca, estarán ahí los del club de petanca y tú pagando la entrada entras. No te tiene que dar permiso un socio al azar del club de petanca.

Incluso en un recinto privado, como pudiera ser el Bernabéu, lo mismo: ahí tienen su asiento los socios y abonados y los no socios con comprar la entrada ya puede ir. Tú no vas a ver si un socio del Madrid te permite comprar entrada, no necesitas su permiso, y eso que es privado el recinto. Aquí sí. Eso es a lo que me refería con que el derecho de admisión es completamente arbitrario y no le termino yo de ver el encaje legal.

"Oiga, tengo esta concesión de espacio público con derecho de admisión y dicho derecho es el que a mí me salga de los huevos, y si no quiero dejar entrar a un tío por sarasa no entra" no lo termino de ver.


Correcto, en tu casa entra quien quieras tú, pero es que la caseta de la feria no es tu casa. Es una explotación comercial licenciada por el ayuntamiento. Que tú la llames "tu casa" es otra cosa y desde luego no se le aplican las mismas normas.
Si rizamos el rizo...
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Ah, bien está entonces. Creía que se trataba de explotaciones comerciales.

Lo que consideren los socios, si la consideran su casa o la consideran una iglesia, es irrelevante. No es la casa de nadie, si entras no te detienen por allanamiento de morada ni hostias.

A lo que yo me estoy refiriendo todo el rato es si a una caseta de estas, que es una licencia sobre suelo público, puede poner requisitos de entrada o derechos de admisión arbitrarios o no al tiempo que no existen entradas para el público general como sí existen en los ejemplos que el matasanos ha puesto.

Y ojo, no es que me parezca mal tampoco, solamente me rasca un poco y le veo un encaje difícil con la norma general: si hasta un bar que está en suelo privado tiene que tener unos criterios de derecho de admisión claros, no arbitrarios y no excluyentes
La de "casa" es en sentido figurado, hombre.
La caseta es una concesión municipal administrativa, para que el o los titulares gestionen su uso durante la Feria.
Luego están los socios, que pueden ser o no titulares de las casetas, y entre ellos las relaciones son como si se tratara de una sociedad irregular con sus derechos y obligaciones.
Durante la Feria ellos mandan en su "caseta" y ponen sus normas que, obviamente, podrán ser más o menos acertadas y conformes a la legalidad (sujetas a impugnación si la quebrantan, también).
Pero entrar entran quienes ellos quieran en su "caseta".
 
Me refería a que un evento organizado por alguna asociación, puede marcar una pautas para su asistencia y más aún para su participación, mientras esas normas o pautas se ciñan a una normas comunes y posibles de cumplir por el común de participantes para realizar esa actividad o asistir al evento.

Para participar en una competición de biciclistas/gentuza por ejemplo, se puede acotar que las bicis sean de unas determinadas características o tengas que ir con una determinada equipación por ejemplo, y estas sean accesibles para el común de mortales porque su naturaleza no depende de la propia persona (de ahí el ejemplo de los calvos o negros).

O simplemente pertener a la asociación o estar invitado por algún miembro de ella, como ocurre precisamente en el caso del que hablamos, además de otras como puede ser el cumplimiento de un determinado código en la vestimenta (no ir con zapatillas), pero nunca pueden ser discriminatorias por determinados factores inherentes a la persona (como ser negro o calvo).

Creo que el tema de admisión funciona más o menos así, tengo entendido.

No creo que sea comparable lo de las bicis, ni la salida por los cerros de Úbeda de lo que ha dicho curro.

Lo de tu tercer párrafo es, precisamente, a lo que me refiero: una concesión pública de un espacio público a un grupo privado que de entrada restringe el acceso al público general y que después sólo se lo franquea a quienes ellos deseen por motivos arbitrarios, inherentes o no a la persona, y que ni siquiera tienen que justificar. Esto es lo que me chirría.

La caseta es una concesión municipal administrativa, para que el o los titulares gestionen su uso durante la Feria.
Luego están los socios, que pueden ser o no titulares de las casetas, y entre ellos las relaciones son como si se tratara de una sociedad irregular con sus derechos y obligaciones.
Durante la Feria ellos mandan en su "caseta" y ponen sus normas que, obviamente, podrán ser más o menos acertadas y conformes a la legalidad (sujetas a impugnación si la quebrantan, también).
Pero entrar entran quienes ellos quieran en su "caseta".
Por tercera vez: efectivamente, esto es lo que me chirría. Que te den una concesión y que los tíos puedan poner la norma que le salga de la puta polla y que de entrada y de facto se prohíba la entrada al público general.
 
La paliza dialéctica de GINT a los caseteros del hilo se estudiará en las escuelas.
 
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La paliza diálectica de GINT a los caseteros del hilo se estudiará en las escuelas.
No estoy metiendo ninguna paliza a nadie entre otras cosas porque no hay pelea, sólo estoy intercambiando puntos de vista, expresando el mío y diciendo que me suena raro lo que se hace, que me rasca, porque en casos análogos no se permitiría nada así ni el derecho de admisión es algo que pueda ser tan arbitrario.

Las palizas dialécticas son cuando te digo a ti que nada de lo que tú dices al respecto del ligue, las mujeres y las relaciones es válido. Cuando tú insistes en considerarte clase media en lo tocante al ligue y sin embargo llevas años sin follar; cuando sigues insistiendo en que un phanegas que no se lava los dientes hubiera sido perseguido por las mujeres hace cincuenta años y todas esas historias que te montas. Eso son palizas dialécticas, y no este intercambio de pareceres, y a esas palizas bien que les haces caso omiso.
 
Por tercera vez: efectivamente, esto es lo que me chirría. Que te den una concesión y que los tíos puedan poner la norma que le salga de la puta polla y que de entrada y de facto se prohíba la entrada al público general.
La concesión se da para el disfrute de la persona adjudicataria durante el periodo de tiempo que dure la misma, y este adjudicatario lo hará extensivo al resto de socios de la caseta. No veo nada de raro en eso, teniendo en cuenta que no lo estás solicitando para explotarlo comercialmente.
De todos modos, entiendo lo que dices y el modelo que comentas es el aplicable a una caseta "comercial", concedidas a entidades mercantiles. Pensaba que no existían pero veo en la ordenanza que sí, aunque también debo decir que no he visto nunca una de esas, de ahí que diera por hecho que no había.
 
La concesión se da para el disfrute de la persona adjudicataria durante el periodo de tiempo que dure la misma, y este adjudicatario lo hará extensivo al resto de socios de la caseta. No veo nada de raro en eso, teniendo en cuenta que no lo estás solicitando para explotarlo comercialmente.
De todos modos, entiendo lo que dices y el modelo que comentas es el aplicable a una caseta "comercial", concedidas a entidades mercantiles. Pensaba que no existían pero veo en la ordenanza que sí, aunque también debo decir que no he visto nunca una de esas, de ahí que diera por hecho que no había.
¿Como va el tema cuentas, se auditan ? Si tu me invitas a tu caseta puedo consumir o solo puede pedir un socio con cuenta que luego liquidará. Si es una caseta pública imagino que funcionará como un bar o debería.

A las txoznas de Bilbao el día que quieran cargárselas las atacaran por este frente, el de los dineros.
 
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No creo que sea comparable lo de las bicis, ni la salida por los cerros de Úbeda de lo que ha dicho curro.

Lo de tu tercer párrafo es, precisamente, a lo que me refiero: una concesión pública de un espacio público a un grupo privado que de entrada restringe el acceso al público general y que después sólo se lo franquea a quienes ellos deseen por motivos arbitrarios, inherentes o no a la persona, y que ni siquiera tienen que justificar. Esto es lo que me chirría.


Por tercera vez: efectivamente, esto es lo que me chirría. Que te den una concesión y que los tíos puedan poner la norma que le salga de la puta polla y que de entrada y de facto se prohíba la entrada al público general.

El tema de la inherencia es bastante importante, puesto que marca la diferencia entre lo normativo y lo arbitrario (al menos legalmente). Llevar traje y corbata o competir con un determinado tipo de bici como norma es posible para todo el mundo, lo mismo que pertenecer a esa determinada asociación tras cumplir unos requisitos que pueden ser normativos pero no descriminatorios por la propia naturaleza de la persona.

Otra cosa es que de facto solo consigan cumplir con ese proceso aquellos que la asociación quiera, pero en los papeles que presenten y legalmente, no pueden ser descriminatorios por "ser quien eres" pero sí normativos por otros factores, que si bien en realidad pueder ser totalmente arbitrarios como dices, no pueden nunca ser inherentes a la persona.
 
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¿Como va el tema cuentas, se auditan ? Si tu me invitas a tu caseta puedo consumir o solo puede pedir un socio con cuenta que luego liquidará. Si es una caseta pública imagino que funcionará como un bar o debería.
Todas las noches, al cierre de la Feria, llega un microbus del que se bajan señores con un ábaco para verificar que todas las casetas cumplen escrupulosamente con su contabilidad.
 
@ilovegintonic te pongo otro ejemplo. Palacio de los Cordova, si con v, Carmen de los Mártires o palacio de Quinta Alegre. Hay más, pero nos vamos a centrar en estos tres porque son los las solicitados. Son tres edificios históricos de la ciudad de Granada. Los tres tienes sus buenos jardines y están abiertos al público en el horario que marca el ayuntamiento para los espacios públicos. Pues los tres puedes alquilarlos por el módico precio de 3.000 euros para hacer una celebración. Normalmente suelen ser bodas. Que pasa el día que hay una boda?? Si tú quieres entrar a pasear por sus jardines o vas con tu fotógrafo a que te haga el reportaje de tu boda no te dejan pasar. Es un espacio público y te niegan el paso en un horario que está abierto al público. Y por qué?? Porque han pagado para realizar un evento privado.
Esto no te chirría más que lo de las casetas??
 
Todas las noches, al cierre de la Feria, llega un microbus del que se bajan señores con un ábaco para verificar que todas las casetas cumplen escrupulosamente con su contabilidad.
Esperaba una respuesta a la altura de una persona que no lleva esa chaqueta y corbata con la que nos has hecho aumentar varias dioptrías, pero mi gozo en un pozo.

Con un ábaco llevas la contabilidad de tieso que eres.
 
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Me refería a que un evento organizado por alguna asociación, puede marcar una pautas para su asistencia y más aún para su participación, mientras esas normas o pautas se ciñan a una normas comunes y posibles de cumplir por el común de participantes para realizar esa actividad o asistir al evento.

Para participar en una competición de biciclistas/gentuza por ejemplo, se puede acotar que las bicis sean de unas determinadas características o tengas que ir con una determinada equipación por ejemplo, y estas sean accesibles para el común de mortales porque su naturaleza no depende de la propia persona (de ahí el ejemplo de los calvos o negros).

O simplemente pertener a la asociación o estar invitado por algún miembro de ella, como ocurre precisamente en el caso del que hablamos, además de otras como puede ser el cumplimiento de un determinado código en la vestimenta (no ir con zapatillas), pero nunca pueden ser discriminatorias por determinados factores inherentes a la persona (como ser negro o calvo).

Creo que el tema de admisión funciona más o menos así, tengo entendido.
O simplemente estar federado. Con eso te quitas a muchos aviones que van a pasearse y a molestar.
 
¿Como va el tema cuentas, se auditan ? Si tu me invitas a tu caseta puedo consumir o solo puede pedir un socio con cuenta que luego liquidará. Si es una caseta pública imagino que funcionará como un bar o debería.

A las txoznas de Bilbao el día que quieran cargárselas las atacaran por este frente, el de los dineros.
Tranquilo en este aspecto; precisamente comenté este tema con unos amigos de Bilbao que pertenecen a una y tienen confianza plena en que los señores que viven en Ajuria Enea lo tienen bien atado.

Hay cosas intocables, más aún cuando hay muchos dineros y contactos de por medio.
 
De todos modos, entiendo lo que dices y el modelo que comentas es el aplicable a una caseta "comercial", concedidas a entidades mercantiles. Pensaba que no existían pero veo en la ordenanza que sí, aunque también debo decir que no he visto nunca una de esas, de ahí que diera por hecho que no había.

Hombre, desde el momento en el que en las casetas se vende comida y bebida hay una actividad comercial. Si detrás está una mercantil, un autónomo o cualquier otro tipo de figura legal, habrá que tributar por los beneficios o pérdidas si las hubiere, que no debe ser el caso. Actividad comercial hay sí o sí.

Se parece muchísimo más a un bar en suelo público que a una boda (evento privado) que a lo que dice curro, que no deja de ser alquilar un espacio público para un evento privado, como se hace en mil sitios. Esto no es un evento privado.

Sobre lo de la arbitrariedad que dice mi amigo @James Moriarty, pues mira... desde el momento en el que tú eliges a dedo quién entra y quién no, y a ti sí por ser tú y a ti no por ser tú, pues ya me dirás. Evidentemente no te van a decir "a ti no te dejo pasar por ser negro/mujer/marica/del Atleti", sino que te dirán que "es que no eres socio" o "no vienes invitado por nadie", pero desde luego que el criterio es arbitrario y, en infinidad de casos, inherente a la persona.
 
Tranquilo en este aspecto; precisamente comenté este tema con unos amigos de Bilbao que pertenecen a una y tienen confianza plena en que los señores que viven en Ajuria Enea lo tienen bien atado.

Hay cosas intocables, más aún cuando hay muchos dineros y contactos de por medio.
Precisamente por el tema de dineros cada vez hay más voces a favor de meter txoznas de inciativa privada ( creo que han abierto alguna fuera del recinto princípial) entre los políticos y a eso agrégale que el modelo actual está agotado para mucha gente. Por no decir que por lo bajo la mitad de las comparsas son del entorno abertzale y se les tienen ganas.

Yo have mucho que no voy y no creo que lo haga porque es siempre más de lo mismo pero con menos cosas de interés.
 
@ilovegintonic te pongo otro ejemplo. Palacio de los Cordova, si con v, Carmen de los Mártires o palacio de Quinta Alegre. Hay más, pero nos vamos a centrar en estos tres porque son los las solicitados. Son tres edificios históricos de la ciudad de Granada. Los tres tienes sus buenos jardines y están abiertos al público en el horario que marca el ayuntamiento para los espacios públicos. Pues los tres puedes alquilarlos por el módico precio de 3.000 euros para hacer una celebración. Normalmente suelen ser bodas. Que pasa el día que hay una boda?? Si tú quieres entrar a pasear por sus jardines o vas con tu fotógrafo a que te haga el reportaje de tu boda no te dejan pasar. Es un espacio público y te niegan el paso en un horario que está abierto al público. Y por qué?? Porque han pagado para realizar un evento privado.
Esto no te chirría más que lo de las casetas??

A mi sí, pero no por el hecho del alquiler de un espacio público. Si no por el espíritu de ambos.

Uno es una boda y el otro una fiesta popular.

No obstante se nos olvida que durante mas de 10 días se cortan calles, se prohíben zonas de aparcamiento, hay un despliegue de medios públicos, hay una serie de incomodidades.
 
Hombre, desde el momento en el que en las casetas se vende comida y bebida hay una actividad comercial. Si detrás está una mercantil, un autónomo o cualquier otro tipo de figura legal, habrá que tributar por los beneficios o pérdidas si las hubiere, que no debe ser el caso. Actividad comercial hay sí o sí
Está a la defensiva porque se le está cayendo “er mito de la feria, la coza ma grande dee mundo”.

Tenemos envidia :lol:
 
Hombre, desde el momento en el que en las casetas se vende comida y bebida hay una actividad comercial. Si detrás está una mercantil, un autónomo o cualquier otro tipo de figura legal, habrá que tributar por los beneficios o pérdidas si las hubiere, que no debe ser el caso. Actividad comercial hay sí o sí.

Se parece muchísimo más a un bar en suelo público que a una boda (evento privado) que a lo que dice curro, que no deja de ser alquilar un espacio público para un evento privado, como se hace en mil sitios. Esto no es un evento privado.

Sobre lo de la arbitrariedad que dice mi amigo @James Moriarty, pues mira... desde el momento en el que tú eliges a dedo quién entra y quién no, y a ti sí por ser tú y a ti no por ser tú, pues ya me dirás. Evidentemente no te van a decir "a ti no te dejo pasar por ser negro/mujer/marica/del Atleti", sino que te dirán que "es que no eres socio" o "no vienes invitado por nadie", pero desde luego que el criterio es arbitrario y, en infinidad de casos, inherente a la persona.
Con actividad comercial se viene a referir por parte del adjudicatario, que se va a dedicar a explotar comercialmente la caseta. Las concedidas a socios privados no tienen esa finalidad y si la llevan a cabo se les expulsa, como ya ha ocurrido.
 
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