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La historia de Carrascosa es la historia de alguien con voluntad de engañar para ganar dinero; pero que no se dio cuenta de que sólo en España cuelan sus mentiras. Etapas:
1.- María José Carrascosa, hija de un ricachón de Buñol, y familiar de un exdirectivo de la Televisión Valenciana, con intereses en un periódico local, y muy bien relacionado con personalidades del Partido Popular valenciano, conoce por
[COLOR=#739912 ! important][COLOR=#739912 ! important]Internet[/COLOR][/COLOR] a un rico empresario americano, Peter Innes.
2.- Se casan, sí; pero firmando previamente un documento típicamente americano: un acuerdo prematrimonial en el que se renuncia a cualquier tipo de pensión, etc, en caso de divorcio. Además, el acuerdo estipula que ambos deben vivir en Estados Unidos, y los hijos que tuvieren, también. Este tipo de acuerdos no tienen valor legal en España; pero sí en América. En un divorcio en España, el juez no haría caso del papel, que sería menos que papel mojado; pero en América, el juez obliga a que se cumpla ese acuerdo. Y aquí surge el engaño de Carrascosa a su marido. Peter Innes no se casaría si ella no firma, y ella firma porque sabe (es abogada) que en España ese acuerdo no sería respetado ni obligado a respetarlo por los jueces españoles.
3.- Se
[COLOR=#739912 ! important][COLOR=#739912 ! important]van[/COLOR][/COLOR] a vivir a América, tienen una hija, y Peter Innes pide el divorcio allí. Como el acuerdo prematrimonial allí sí es válido, no hay más pensión que los gastos justificados de la niña; pero nada para Carrascosa. La niña queda con la madre; pero sin poder salir de Estados Unidos, a menos que lo autorice el padre.
4.- Carrascosa viene a España, trae ilegalmente a su hija, y pide aquí un nuevo divorcio, mintiendo a la jueza española del Juzgado número 9 de Valencia. Le dan la custodia de la niña, y fijan una pensión anual de un millón de dólares americanos, unos 600.000
[COLOR=#739912 ! important][COLOR=#739912 ! important]euros[/COLOR][/COLOR] al año, unos cien millones de pesetas al año, que Peter Innes debería pagar a Carrascosa, para ella, como pensión compensatoria, más allá del sostenimiento de la niña. En fin, el típico divorcio español entre ricachones españoles.
5.- Como el Convenio Internacional de La Haya estipula que sólo es válido el primer divorcio, la sentencia española es ilegal, se ha obtenido mintiendo al juzgado pidiéndole un divorcio como si aún estuviese casada, y fuera de España, esa sentencia no vale ni lo que el papel en que está escrita. Peter Innes no paga más que lo estipulado en el primer divorcio americano, y además, denuncia a Carrascosa por secuestro de la niña, pide y obtiene en un juzgado americano la custodia de la niña por el incumplimiento del divorcio que supone sacarla del país sin permiso, y el FBI pone a Carrascosa y a la jueza del juzgado número 9 de Valencia en busca y captura por el secuestro de una ciudadana americana (la niña) cuya pasaporte americano está retenido en el juzgado español, que desatiende las peticiones del juzgado americano e incumple el Convenio de La Haya.
6.- Como Peter Innes no paga el millón de dólares anual en cuestión, Carrascosa le denuncia en Estados Unidos por impago, y se marcha allí para ejercer la acusación. Grave error. Ella no es una víctima inocente, sino una secuestradora buscada por el FBI, y termina en la cárcel.
7.- Como ambos tienen mucho dinero, tanto Peter Innes como los padres de Carrascosa, se contratan abogados “de campanillas”, tan famosos como caros, y se calculan sus minutas en base al dinero que hay en juego, el millón de dólares anual de la pensión compensatoria dictada por la jueza española, y que no procede según el acuerdo prematrimonial que los jueces americanos obligan a cumplir.
8.- La influyente familia de Carrascosa, promueve una intensa campaña en prensa, televisión valenciana, y ante el propio Gobierno autonómico valenciano del Partido Popular, para pedir que liberen a la presa, que intervenga el Rey, etc, etc, ocultando que todo el follón es por el interés económico del millón de dólares anual de la pensión.
9.- La Generalitat se presenta en un juzgado americano con un alegato de “Amicus curiae”, es decir, diciendo que los Carrascosa son amiguetes suyos, y hace un ridículo internacional, del que la prensa española no se hace eco; pero la americana, sí. El asunto llega a las más altas esferas, el cónsul español la visita en la cárcel, y el presidente del Comité de Inmigración del Senado de Estados Unidos envía y hace pública una carta al embajador americano en España recordándole que debe rechazar toda injerencia de las administraciones públicas españolas en un pleito privado de divorcio, precisamente una de las garantías legales establecida por la Convención de La Haya.
10.- Hay un intento negociador, en La Haya, promovido por el Gobierno español, en el que Peter Innes aceptaría que la niña viviese en España con la madre, a cambio de que le permitiesen venir a visitarla, y llevársela de vacaciones. Carrascosa no acepta, y en España la prensa sólo habla de “dificultades técnicas” para completar el acuerdo. El
[COLOR=#739912 ! important][COLOR=#739912 ! important]punto[/COLOR][/COLOR] de desacuerdo es que Carrascosa quiere su millón de dólares, y Peter Innes se aferra a que el acuerdo prematrimonial excluía esto, y el divorcio americano que él pidió fue el primero en sentenciarse. Ahora, aunque Carrascosa salga de la cárcel porque le den la condicional, ella recurrirá, porque sigue queriendo su millón de dólares.
CONCLUSION: La abogada Carrascosa se creyó muy lista, firmando un acuerdo prematrimonial sin el que no hubiera habido boda, sabiendo que en España ese acuerdo no sería respetado por las juezas de familia españolas. Pero se olvidó de que, viviendo en Estados Unidos, Peter Innes lo tenía fácil para pedir el divorcio primero, y pedirlo allí, justo donde estos acuerdos son una costumbre muy extendida, y los jueces los consideran de obligado cumplimiento.