@
Ferris, @
ilovegintonic, @
Caótico Bueno
A ver, la pregunta de Ferris tiene cierto sentido. La vivienda es uno de los espacios más íntimos de una persona, por lo que goza de amplia protección legal, básicamente es necesaria una orden judicial para poder entrar. Siguiendo el ejemplo del administrador que mejor saber cantar y bailar, pues sí, si se presenta el sargento de policía, con o sin perro, y sólo sus santos cojones (sin auto judicial), puedes mandarlo a paseo. De hecho, el que se mete en un problema es él si entra sin tu permiso y todas las pruebas encontradas se consideran nulas.
Art. 545 y siguientes, para quien tenga interés:
https://www.boe.es/buscar/pdf/1882/BOE-A-1882-6036-consolidado.pdf
Nadie podrá entrar en el domicilio de un español o extranjero residente en España sin suconsentimiento, excepto en los casos y en la forma expresamente previstos en las leyes.