Pronto cobraré de todos vosotros

  • Iniciador del tema Iniciador del tema Mohinder
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estuve un año cobrando dl paro y es cojonudo.
estiralo hasta el final y tocate los huevos.
si no lo haces, luego te arrepientes
 
Yo no he trabajado en mi puta vida y jamás salgo de casa osea que de mi lo teneis jodido para cobrar del paro pensiones y demás etcéteras.
 
Los dos cientos cincuenta euros que me quitan de la nomina, van para vosotros putos vagos de mierda, poneros a trabajar y no chupeis del bote cabrones, que para eso ya esta andalucia.
 
Mark Renton de incógnito rebuznó:
Cupido rebuznó:
Yo estuve en el paro un mes, la unca vez que lo he estado. Al mes pedi que me dieran todo el paro que me correspondia junto para montar una empresa y me dieron mas de 15.000 euros.
Eso fue hace años, ¿no?
Hoy en día sólo puedes estar cobrando 8 meses seguidos.



Era en pesetas pero yo lo he traducido a euros, asi que imaginate.
 
Cupido rebuznó:
Mark Renton de incógnito rebuznó:
Cupido rebuznó:
Yo estuve en el paro un mes, la unca vez que lo he estado. Al mes pedi que me dieran todo el paro que me correspondia junto para montar una empresa y me dieron mas de 15.000 euros.
Eso fue hace años, ¿no?
Hoy en día sólo puedes estar cobrando 8 meses seguidos.



Era en pesetas pero yo lo he traducido a euros, asi que imaginate.

No sabía que pudiera hacerse esto, gracias, si alguna vez lo cobro lo haré.
 
Copy-paste

"Si te acaban de despedir o estás en situación de desempleo, puedes optar por capitalizar tu paro. Únicamente tienes que decidir montarte un negocio por tu cuenta y hacerte autónomo, o crear una sociedad mercantil o cooperativa con otros compañeros. Dependiendo de tu elección, las modalidades de pago serán distintas.

Requisitos

1- La capitalización del desempleo es posible solicitarla únicamente cuando se tiene derecho a cobrar la prestación contributiva del desempleo (el paro), y se tengan por lo menos tres mensualidades pendientes de cobro. Por tanto habría que realizar la solicitud antes de darse de alta de autónomos en la Seguridad Social.

2- No haber hecho uso de tal derecho en los cuatro años inmediatamente anteriores a la solicitud de la capitalización.

3- El trabajador deberá iniciar la actividad en el plazo de un mes y darse de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.

4- Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

5- La capitalización del paro consiste simplemente en percibir el importe total de la prestación por desempleo, bien para hacerse autónomo, o para montar una sociedad mercantil o cooperativa. Dependiendo de la elección, la modalidad de la prestación será diferente. En concreto, hay cuatro tipos de capitalización:

6- Pago único: En esta modalidad, se solicita la totalidad de la prestación por anticipado (100%). A este supuesto sólo pueden acceder las sociedades laborales, cooperativas o desempleados con una minusvalía igual o superior al 33%.

7- Pago parcial: Consiste en recibir un 20% de la prestación en efectivo y el 80% restante se compensa con las cuotas a pagar hasta agotar el importe de la prestación. A esta modalidad pueden acceder empresarios individuales o autónomos de sociedades mercantiles, además de las cooperativas o sociedades laborales.

8- Devolución trimestral de cuotas a la Seguridad Social de Autónomos. Aquí no se pide ningún adelanto, sino que todo el derecho a prestación se compensará con las cuotas a pagar hasta agotar la misma. Se pagarán las cuotas de tres meses, y luego se recuperarán mediante un abono trimestral por parte del INEM. A esta modalidad pueden acceder empresarios individuales o autónomos de sociedades mercantiles, laborales o cooperativas.

9- Desde que se pide la capitalización hasta que te la dan suele pasar un mes.

Los trámites para la modalidad de pago único y parcial son más complejos, ya que hay que presentar memoria explicativa sobre el proyecto de inversión así como documentación que acredite la viabilidad del proyecto y esperar a que sea aprobado por técnicos. Por tanto, en todo caso hay que justificar las inversiones a realizar. Los controles sobre la creación de la empresa o el negocio se realizan al principio, y una vez esté operativa, desaparecen.

En la modalidad de devolución trimestral no hacer falta confeccionar memoria explicativa. También puede darse el caso de que una persona después de haber obtenido su capitalización tenga una buena oferta de trabajo y no quiera montar una sociedad laboral, cooperativa o hacerse autónomo. Ante esto, bastaría con que devolviera el dinero recibido.

Normativa: - Real decreto 19 de junio de 1985, número 1044/85 (BOE nº 157 de 2 de julio). - Orden13 de abril de 1994. - Ley 50/1998 de 30 de diciembre. - Real decreto-ley 5/2002 de 24 de mayo."

Por lo que se, depende también de cada comunidad autónoma, y la mitad de las veces te estafan con las cantidades, si lo cobras de golpe nunca te dan el 100% que dicen. De todas formas, es pensar muy a largo plazo, pero cobrar el paro y demás ahora es muy bonito pero te va jodiendo la pensión de una manera acojonante. :lol:
 
looptoop rebuznó:
Los dos cientos cincuenta euros que me quitan de la nomina, van para vosotros putos vagos de mierda, poneros a trabajar y no chupeis del bote cabrones, que para eso ya esta andalucia.

logicamente, si cobro el subsidio es porque coticé, o sea que de tu nomina no cobre nada sino de la mia
 
Eso que has puesto es lo que me dieron a mi, la capitalizacion del desempleo. Luego tuve que acreditar en que habia invertido ese dinero y presentar los recibos de autonomos y todos los papeleos que te piden para que vean que realmente has montado una empresa.
 
HIJOS DE PUTA LOS VAGOS MALEANTES DE ESTE PAIS!, poneros a trabajar cacho mierdas, esto con Franco no pasaba
 
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