Sobre la profesora divorciada...

Lo que yo no entiendo es porque se cuestiona una decision libre de una "empresa" para renovar o no a sus empleados.
Si el estado permite que la iglesia sea quien tome las decisiones respecto al profesorado de religión, y la iglesia, de acuerdo a la ley hace lo que quiere, la responsabilidad no es de la iglesia, sino del legislador.
A la profesora esta, que se busque otro trabajo, que quien decide si es buena como profesora son sus "jefes", no un colectivo progre femi-nazi.
 
No son feminazis, es la federación estatal de profesores de enseñanza religiosa (FEPER) la que planteó el pleito en Canarias. El quid está en que se pone el derecho canónigo por encima de nuestras leyes:
Esa ley del Estado vaticano atribuye a sus obispos la "labor de vigilancia" para que los docentes de catolicismo cumplan los requisitos de "recta doctrina, testimonio de vida cristiana y aptitud pedagógica".
https://www.derechos.org/nizkor/espana/theo/press23.html
Ésto es, la iglesia se arroga el derecho de actuar fuera de los límites de la constitución y discrimina por razones morales. pero ya digo, que se joda, si se mete a camorrista o traficante no hará menos daño.
 
Cocodrilo Cachondo rebuznó:
Yisas, no me vengas con supuestos para juzgar realidades, que tú tienes dos dedos de frente coño.

Cocodrilo rebate mi primer post, que es el que tiene sustancia, no vayas a lo fácil.

No pidas justificación a lo que no la tiene, ni lógica a un dogma.
 
godai rebuznó:
Ésto es, la iglesia se arroga el derecho de actuar fuera de los límites de la constitución y discrimina por razones morales. pero ya digo, que se joda, si se mete a camorrista o traficante no hará menos daño.

El TC ha dicho que no.
 
El problema, bajo mi punto de vista, no es que despidan a un profesor/a de religión porque al obispo de turno le parece que es un pecador de la pradera. El problema esta en la raiz: el sueldo de dicho profesor no deberia pagarse con el sueldo de todos los españoles ni deberia darse clases de ninguna confesión en una escuela pública.

Ninguna, ni mora, ni hindú, ni católica. Si los párrocos quieren que a partir de mañana todo aquel docente que no quiera ir al infierno del inem debe gritar su nombre al reves al levantarse, a mi me la suda por delante y por detras, lo que no se debe permitir es que decidan en lo público cuando son una entidad privada.
 
Leonard Shelby rebuznó:
El TC ha dicho que no.
A ninguna empresa le le permitiría hacer lo que hace la iglesia, discriminar por motivos religiosos, ya que la Constitución establece libertad de credo. El TC dice que la iglesia puede hacerlo porque el derecho canónico así lo establece, 'el ejemplo cristiano' que debe dar un trabajador, por tanto se pone por montera la Constitución española lo mires por donde lo mires.
 
godai rebuznó:
Leonard Shelby rebuznó:
El TC ha dicho que no.
A ninguna empresa le le permitiría hacer lo que hace la iglesia, discriminar por motivos religiosos, ya que la Constitución establece libertad de credo. El TC dice que la iglesia puede hacerlo porque el derecho canónico así lo establece, 'el ejemplo cristiano' que debe dar un trabajador, por tanto se pone por montera la Constitución española lo mires por donde lo mires.

Estas "herrado".

El derecho canónico no puede ir en contra de la Constitución,así que a la Iglesia no se le permite nada que sea inconstitucional.

Esta sentencia es puro sentido común: el que tiene la capacidad de elegir a los trabajadores (el empresario),elige al que mejor le parece.
 
Coño, ahora se me ha venido a la mente una pregunta.

Si resulta que mañana me da por abrir la empresa pioneer S.L. ¿puedo contratar sólo a gente que considere que sigue los preceptos cristianos? o aún digo más, gente que sea de mi mismo partido político o exclusivamente socios del Barça o unicamente hembras nacidas entre el 1979 y el 1985 que estén solteras.

¿Si, verdad?

PD: en cuanto se casen las despido.
 
Leonard Shelby rebuznó:
Estas "herrado".
El derecho canónico no puede ir en contra de la Constitución,así que a la Iglesia no se le permite nada que sea inconstitucional.
Esta sentencia es puro sentido común: el que tiene la capacidad de elegir a los trabajadores (el empresario),elige al que mejor le parece.
Pero el que paga es el Estado, y enseñan en colegios públicos ¿quién está mejor "herrado"?
 
Ains,cuanto ejemplo desacertado en tan pocos posts.

Sin duda,el ejemplo correcto lo ha puesto Jesucristo,no podía ser otro : a ver que pasa cuando un miembro ultrareaccionario del Opus (muy listo,que se sabe el temario y que da muy bien la clase) le de a vuestros hijos Educación para la ciudadanía.
 
Leonard Shelby rebuznó:
El derecho canónico no puede ir en contra de la Constitución,así que a la Iglesia no se le permite nada que sea inconstitucional.
Esta sentencia es puro sentido común: el que tiene la capacidad de elegir a los trabajadores (el empresario),elige al que mejor le parece.

Objeciones:
* Realmente sí va en contra de la constitución cuando el derecho canónico discrimina entre divorciadas y casadas.
* El problema es que el empresario no es la Iglesia sino el estado, y el estado tiene que actuar conforme a sus propias reglas (esa coherencia de la que hablabais antes y tal) que son: aconfesionalidad e igualdad de derechos. Aceptar que una mujer tenga menos derechos porque está divorciada nos acerca mucho más al Islam que dejar de dar clases de religión.

El problema, como decía Pioneer, es que el estado no debe pagar el sueldo de estos profesores, como tampoco los de los profesores de otras religiones. En un colegio público no debería darse clase de religión en absoluto.
 
¿Os imagináis una oposición a funcionario donde se preguntara al aspirante si asiste regularmente a misa y éso puntuara? Pues éso es lo que hacen los curas, ni más ni menos, y es igual de inconstitucional.
Leonard Shelby rebuznó:
a ver que pasa cuando un miembro ultrareaccionario del Opus (muy listo,que se sabe el temario y que da muy bien la clase) le de a vuestros hijos Educación para la ciudadanía.
Pues muy bien, si da el temario propuesto por el claustro ¿qué problema hay que sea del opus o lejía de cristo? que yo sepa la golfa no ha sido acusada de enseñar contra la iglesia.
 
godai rebuznó:
Pero el que paga es el Estado, y enseñan en colegios públicos ¿quién está mejor "herrado"?

Estás mezclando cosas.Los profesores los elige la Iglesia,porque así lo firmó el Gobierno.Y sí,los paga el Estado,pero eso no le da ningún derecho.


Cocodrilo Cachondo rebuznó:
Objeciones:
* Realmente sí va en contra de la constitución cuando el derecho canónico discrimina entre divorciadas y casadas.

Al TC con esas denuncias.De momento esta sentencia ha declarado que la actuación de la Iglesia en este caso es plenamente constitucional.


Cocodrilo Cachondo rebuznó:
* El problema es que el empresario no es la Iglesia sino el estado, y el estado tiene que actuar conforme a sus propias reglas (esa coherencia de la que hablabais antes y tal) que son: aconfesionalidad e igualdad de derechos. Aceptar que una mujer tenga menos derechos porque está divorciada nos acerca mucho más al Islam que dejar de dar clases de religión.

Olvida por un momento que esa señora está divorciada.
Esa señora quiere enseñar unas reglas que ella no sigue.Para mí eso es motivo para que no le renueven el contrato.

Ejemplo chorra va: ¿elegiriais como profesor de Educación Vial de vuestros hijos a Farruquito? Respuesta: No,porque no puede enseñarles unas normas que el mismo no sigue.

Cocodrilo Cachondo rebuznó:
El problema, como decía Pioneer, es que el estado no debe pagar el sueldo de estos profesores, como tampoco los de los profesores de otras religiones. En un colegio público no debería darse clase de religión en absoluto.

Dan clases por dos razones:

a) Porque lo demanda la mayoría de los padres.

b) Porque ZP no tiene huevos
 
Leonard Shelby rebuznó:
Dan clases por dos razones:
a) Porque lo demanda la mayoría de los padres.
b) Porque ZP no tiene huevos
Vaya argumento, si les preguntaran a los padres si les gustaría que sus hijos aprendieran gratis mecanografía y clases de piano yo también lo demandaría, otra cosa es que deba estar o no en un plan de estudios de un colegio público.
Y sí, ZP no moverá un dedo contra la iglesia aunque le saquen las tripas cada mañana.
Estás mezclando cosas.Los profesores los elige la Iglesia,porque así lo firmó el Gobierno.Y sí,los paga el Estado,pero eso no le da ningún derecho.
Has sido tú el que ha hablado del comportamiento de las empresas :roll: , yo ya dije que nada hay que hacer con el concordato en vigor.
 
Sí, Zp es un payaso, mira lo de Losantos...filtran a una publicación controlada por la conf. episcopal que no le renuevan, dejan de hacer el paripé en las manifas, logran la financiación que querían y se la meten doblada y sin vaselina :lol: joder que llevan más de 2000 años, ZP, memo.
Mira ésto Shelby:
Estatuto de los Trabajadores
II. Derechos y deberes laborales
1. Derechos de los trabajadores - obligaciones del empleador.
* El Trabajador tiene derecho:
* a la ocupación efectiva,
* a la promoción y formación profesional,
* a no ser discriminados por ninguna causa (raza, sexo, religión, edad, etc.);
* a la integridad física: que se adopten medidas de seguridad en el trabajo,
* al respeto a su intimidad,
* al abono puntual del salario pactado;
* al ejercicio individual de las acciones y derechos derivados del contrato de trabajo.
https://www.justizia.net/AtencionCiudadano/default.asp?accion=guia3&Idioma=sp
 
Si saqué un 9 en Derecho Laboral,me lo sé de memoria.

Pero que le vamos a hacer,si el TC dice que NO es inconstitucional no renovarle el contrato a una profesora de religión porque vive "en pecado".

Aún a riesgo de que me tireis piedros,voy a apurar el ejemplo de Farruquito: ¿puede ser profesor de Educación Vial? (vamos a imaginar que supiera leer).

Pues no,el empresario (siiiiii...) puede elegir a los empleados de las características que quiera.

Otro ejemplo chorra: se presentan dos gitanos y Losantos para el puesto de director de Informativos de la Ser,y Polanco se lo da al gitano A.
¿Puede Fede denunciarle al TC,porque le han discriminado por sus ideas políticas y bla,bla,bla,...?

No,porque el encargado de elegir al subordinado puede elegir al que le salga del escroto.
 
No me vale el ejemplo, estás comparando a una mujer separada con un delincuente y con un bandolero de las ondas. Te repito que la mujer, en el ejercicio de su trabajo, no ha denigrado a la iglesia, ni a las normas de circulación, ni a Polanco. Muy rebuscado :lol: ¿por qué no te vale mi ejemplo del funcionario que hace una oposición que es el que mejor se ajusta?
 
El ejemplo de Farruquito es el mejor,no hay duda.

Una persona que no respeta unas leyes NO es la persona mas apropiada para enseñarlas a los demás.


Veo que esta discusión no nos lleva a ningun sitio.

Eso sí,a mí el TC me da la razón y a tí te la da,como mucho, Leire Pajote.
 
Leonard Shelby rebuznó:
Eso sí,a mí el TC me da la razón y a tí te la da,como mucho, Leire Pajote.
El ejemplo del gitano no vale porque si Farruquito oposita a profesor de educación vial y saca una plaza dará clases, y lo sabes. Es como si prohibieran al Lute ejercer de oficio por su pasado. Y te he dado la razón desde el principio, el TC admite que el concordato iglesia-estado está en vigor y obliga a las partes en litigio, y ZP es un rojo de pastel. Y a la Pajín ni con un palo, la Chacón o Soraya sí pueden dar para pajotes :lol:
 
Joder que discusión más tonta. ¿Desde cuando la empresa tiene que dar explicaciones cuando no renuevan a alguien que ha finalizado contrato?

Es algo totalmente voluntario y aunque humanamente es necesario dar una explicación para nada el motivo por muy absurdo que sea puede ser motivo de denuncia.
 
No es lo mismo.
Os empeñais en poner ejemplos de situaciones que no se parecen.
A la hora de dar clase lo importante es que el profesor tenga los conocimientos adecuados, y que sepa cómo transmitirlos (y en el caso que nos cuenta Yisas, que además quiera hacerlo).
Si esta mujer tiene suficientes conocimientos del tema, y está adecuadamente formada como profesora no entiendo porqué el estar divorciada va a impedir de ninguna manera que pueda transmitir eficazmente una educación a sus alumnos.
¿Es que cuando uno se divorcia se le olvida súbitamente todo lo que sabe de religión?

Incoherente sería que predicase la religión católica y que no la practicase.
Pero es que ella no predica, ella enseña historia de la religión católica a unos niños. Es una funcionaria de un estado aconfesional.
La Leti estaba divorciada pero con ella la Iglesia sí hizo una excepción, fíjate...
...habladme de coherencia y religión, juas.
 
Tio antes te currabas más los argumentos.
Estás asumiendo que era una mala profesora por estar divorciada.
No sabes nada de las notas de sus alumnos.
Y además, ahora no estoy seguro de si la nota de religión cuenta o no en selectividad.
Tio, realmente has de estar desesperado para decirme eso :lol:
Incluso aunque cuente, religión sólo se da en primero de bachillerato. Dime a cuántas personas les ha estropeado la vida la influencia de la nota de religión a través de la media de dos cursos y el examen de selectividad :lol:

¿Hace falta tener hijos para trabajar en una guardería? ¿Las personas sin hijos pueden ser profesores? ¿Tiene que gustarte matar para ser militar?
¿Pueden los judíos leer el Mein Kampf?
 
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