pioneer rebuznó:
¿Es mentira acaso que las otras leyes pueden ser cambiadas?¿A que diablos se dedican entonces en el congreso sino es a aprobar nuevas leyes?
Eso de la constitucion a tenido gracia. Lo citaré si nunca en otro hilo se te ocurre criticar al estatuto de Catalunya con la milonga que es una reforma de la constitucion y otros embustes.
Evidentemente un texto como la constitucion debe tener suficiente peso (conforma los cimientos sobre los que se sustenta el estado de derecho) como para no ser cambiado a cada legislatura, lo cual no significa que no pueda ser reformada (aunque los cauces previstos como obtener mayoria de 2/3, disolucion de las cortes y referendum lo hagan un proceso farragoso)
Las leyes ciertamente pueden cambiarse, pero no dejar de aplicarse en función de lo que le vaya pareciendo políticamente oportuno al Gobierno.
En cuanto a la reforma de la constitución, se me escapa la asociación de ideas que haces con el Estatuto de Cataluña. No es que haya que reformar la constitución por que se vaya a reformar un estatuto de una CCAA, ni mucho. Lo chungo del Estatuto, como ya he posteado en alguna ocasión, es que las reformas que encierra y las concesiones que hace traspasan los límites de los artículos 148 y 149 CE. Para dar a Cataluña competencia total en justicia, por ejemplo, habría que reformar primero la CE. Aquí se pone el carro antes que los bueyes, y se dan las competencias sin soporte jurídico que las sostenga. La consecuencia es que se hace una reforma del sistema judicial por via de hechos consumados, y luego, que venga el TC y lo arregle, pero entonces el PSOE podrá vender en Cataluña y a sus socios que no es culpa suya.
¿En que me he equivocado segun tu?¿En que el gobierno tramita leyes o en que son aprobadas por votacion en el congreso? Espero que tanta chuleria este fundada porque ambas me parecen evidencias irrefutables.
Todo tiene que ver con que la LEY asi en mayusculas, como algunos la han utilizado en este hilo, no existe. Me reafirmo en que la ley es susceptible de modificacion y de una interpretacion flexible.
El gobierno, a través de su grupo parlamentario, puede presentar propuestas de ley como cualquier otro grupo, pero el Gobierno no puede aprobar por sí solo normas con rango de ley sino en dos casos:
- Decreto-Ley, si existe situación de urgencia que lo justifique.
- Decreto Legislativo, previa delegación para el caso concreto de las Cortes, siempre dentro de los límites que fija la propia a delegación.
Ambos casos sólo pueden darse en materia que deba regularse por Ley
ordinaria, (no por ley orgánica, como la de Partidos), en el caso del decreto ley, su incorporación al rodenamiento, con rango de ley, exige previa convalidación por las Cortes.
Es decir: EL GOBIERNO NO PUEDE APROBAR LEYES POR SÍ SOLO Y POR LA CARA, SIN DEBATE PARLAMENTARIO. Espero haberme explicado bien.
Me alegro que te haga gracia. La ignorancia es lo que tiene, que te ries sin razon. ¿Acaso la ley no se aprobó en menos de un año? Eso teniendo en cuanta la historia previa de batasuna (cambiando de nombre cada cierto tiempo) es relativamente poco tiempo.
Me alegra que te alegre que tu ignorancia me haga gracia. Dices que un año es relativamente poco tiempo para tramitar una ley orgánica. Por curiosidad ¿sabes cual es el tiempo medio de tramitación de una ley orgánica? Por que el Estatuto de Cataluña, por ejemplo, que también es Ley orgánica, va a tramitarse en cortes incluso en menos tiempo...
Ok ¿Y? Batasuna fue ilegalizada por no condenar un atentado terrorista, lo cual no implica que, segun la ley, pertenezca a dicha banda (colaborando activamente) En el espiritu de la ley estaba simplemente anular a esta formacion politica (por otro lado quiero dejar claro que me repugna batasuna, pero creo que deben ser los vascos en las elecciones quien le de la patada. Hacerlo por medio judicial es convertirlos en martires y darle argumentos)
La integración de HB en ETA está más que acreditada judicialmente, luego se cambiaron a EH y por último el PCTV. En el espíritu de la Ley está la supresión de grupos políticos que formen parte o den cobertura de cualquier tipo a bandas terroristas. Y como se ajusta a la situación al supuesto de hecho descrito por la norma, cúmplase la ley.
¿Por que estaba condenado previamente?
Que yo recuerde, por cómplice secuestro de un industrial vasco, y está además en libertad provisional (es decir, con cargos, y fianza) creo que por injurias al Rey apología del terrorismo.
En definitivas cuentas. No estamos hablando de un terrorista sangriento con las manos manchadas de sangre. Te puede repugnar su discurso tanto como a mi pero en los momentos en los que estamos hay que tener tacto y no tirar por la borda lo que podria ser la solucion a tantos años de dolor por una estupida condena.
No estamos hablando de un asesino, cierto, pero sí de un delincuente vinculado a un grupo terrorista. Como tal debe ser tratado en tanto no se reformen las leyes, y en consecuencia, si tiene que ir al maco, que le den por culo.