ignaciofdez
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Los códigos forales se aplican a la personas, no a los territorios. A un aragonés o catalán se le aplicará su respectivo código independientemente de la zona de España en la que vivan y de cuál sea su cónyuge.Tapicero.
No, se aplica el Código Civil correspondiente a donde está la última residencia habitual antes de fallecer. Además el merma está hablando de cuando falleció mi madre, que era canaria 100%.
Estás seguro?Los códigos forales se aplican a la personas, no a los territorios.
Los códigos forales se aplican a la personas, no a los territorios. A un aragonés o catalán se le aplicará su respectivo código independientemente de la zona de España en la que vivan.
barberoylucasabogados.es
Y cómo adquirimos esa vecindad civil, está previsto en el mismo artículo 14.5):«1. La sujeción al derecho civil común o al especial o foral se determina por la vecindad civil«
«1.º Por residencia continuada durante dos años, siempre que el interesado manifieste ser esa su voluntad.«
"«2.º Por residencia continuada de diez años, sin declaración en contrario durante este plazo.«
Y según el código civil (tanto español como aragonès) tu padre tenía derecho a lo de tu madre.
Pero ahora estas currando, en búsqueda activa de empleo o ya alcanzaste el nirvana de la paguita?![]()
Derecho común civil o derecho foral, aplicación de la vecindad civil del fallecido. - Barbero & Lucas Abogados
Nos vamos a centrar en un aspecto, que no es cuestión baladí por las importantes consecuencias que va a provocar, que es la normativa a aplicar en la sucesiónbarberoylucasabogados.es
"El Código Civil establece en su artículo 14:
Y cómo adquirimos esa vecindad civil, está previsto en el mismo artículo 14.5):
"
Mi padre llevaba casi 50 años en Canarias, así que se aplica el código civil común.
Mi padre era usufructuario según el testamento, eso no lo quita nadie. Simplemente me hizo una donación del dinero que mi madre le había dicho. En ningún caso fue presionado como dice el otro subnormal. Mi relación con mi padre era buena, de hecho una vez que no vivíamos juntos era casi la mejor que habiamos tenido en años.
Pero ahora estas currando, en búsqueda activa de empleo o ya alcanzaste el nirvana de la paguita?
Y según el código civil (tanto español como aragonès) tu padre tenía derecho a lo de tu madre.
Ok, tines ya perfil en Linkedteen?Yo ahora estoy dado de alta como demandante de empleo y cobrando la prestación por desempleo que me se me calculó al ser despedido en abril pasado.
Mi padre cuando no era tan anciano tenía la puta costumbre de emborracharse en la cena de empresa de navidad y luego seguir la tarde noche hasta llegar borracho a casa (en Nochebuena, manda cojones), y en una de esas se tiró a dormir en un banco y le birlaron toda la paga extra que la tenía en efectivo en el pantalón (bueno, eso dijo él). Pobrecito, qué tío tan responsable. Irónicamente un par de veces en mi vida tuve yo que traerle a casa, él a mi nunca.
En fin.
Esta en Canarias.Entonces ahora mismo estas en paro?
Yo ahora estoy dado de alta como demandante de empleo
Halienijena rebuznó:y cobrando la prestación por desempleo
Pero ahora estas currando, en búsqueda activa de empleo o ya alcanzaste el nirvana de la paguita?
Ok, tines ya perfil en Linkedteen?
@Halienijena cómo definirías tu olor corporal ahora mismo.
Es un ardid.
Te he preguntado si lo tienes, no que me interese tenerlo, tío desagradable.@dakilla , ha vuelto Max, es @asusta , dile hola.
Claro, ahora mismo te lo paso, cómo no.
Neutral. Como decía mi madre "a ningún cochino le huele su mierda"
No es un ardid, es un requisito de ellos para recibir la prestación.
Además es bueno no darse de baja nunca aunque ya no tengas prestación, desde el punto de vista legal se le da algo de valor probatorio de que quieres trabajar. Otra cosa es que nunca te llaman desde los servicios autonómicos de empleo, eso yes.
Te he preguntado si lo tienes, no que me interese tenerlo, tío desagradable.
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Derecho común civil o derecho foral, aplicación de la vecindad civil del fallecido. - Barbero & Lucas Abogados
Nos vamos a centrar en un aspecto, que no es cuestión baladí por las importantes consecuencias que va a provocar, que es la normativa a aplicar en la sucesiónbarberoylucasabogados.es
"El Código Civil establece en su artículo 14:
Y cómo adquirimos esa vecindad civil, está previsto en el mismo artículo 14.5):
"
Mi padre llevaba casi 50 años en Canarias, así que se aplica el código civil común.
Mi padre era usufructuario según el testamento, eso no lo quita nadie. Simplemente me hizo una donación del dinero que mi madre le había dicho. En ningún caso fue presionado como dice el otro subnormal. Mi relación con mi padre era buena, de hecho una vez que no vivíamos juntos era casi la mejor que habiamos tenido en años.
El Código Civil español, art. 14, deja claro que los derechos civiles aplicables dependen de la vecindad civil, no del nacimiento o la residencia actual.Estás seguro?
La de veces, la de vecesssssss.
Tu no tenias un plan para vivir del subsidio, luego del IMV y luego de la pensión+cacahuetes?Vale, perdona.
Sí: chickpea.¿Sabría decir sin mirar cómo se dice garbanzo en inglés?
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