Consultorio legal

pastanaga

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Por un lado tenemos juicios contra foreros por acoso de indefensas damiselas; denuncias contra administradores ante la OCU; condenas contra Torbe por pederastia, estafa y calumnias; intervenciones del Defensor del Menor contra exforeros; actuaciones (¡por sorpresa!) de la policia secreta granadina; peleas familiares por herencias; y un largo etcétera.

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Por otro lado, tenemos a cientos de expertos en Google que enlazan artículos del Código Penal como la misma facilidad con la que ponen fotos de travelos.

El resultado no podía ser otro que la aparición de un hilo para que unos y otros satisfagan sus necesidades.

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Por abrir fuego, expongo resumidamente mi caso.

Me han citado como testigo en una querella. Si perder unas cuantas horas para ir a declarar no fuese poco, encima el juzgado está en otra localidad. Estando todavía en fase de instrucción, ¿es obligatorio personarse en ese lugar que está a tomar por culo? Según el papelito, me pueden cascar multa de 5.000 euritos. Si los acusados por la del sombrero pudieron declarar por carta, ¿no lo puedo hacer yo, que no tengo ninguna culpa?

Por otro lado, quien me ha propuesto como testigo es la parte querellante, que no solo no tiene la razón sino que es un hijo de la gran puta que merece pudrirse en una cárcel guatemalteca. Lo más probable es que en el interrogatorio me limite a soltar puñetazos (metafóricos) dándole la razón a quien la tiene y ya está. Lo que me pide el cuerpo, en cambio, es sacar la ametralladora (metafórica) y pegar tiros a diestro y siniestro, contando ilegalidades cometidas por el bastardo ese. No tengo pruebas materiales y por eso no está ya denunciado, y seguramente la cosa no llegaría más lejos, pero por lo menos quedaría dicho en sede judicial y quizás se arrepiente de hacerme perder el tiempo. Sin embargo, en el juicio de Urdangarin un testigo dijo que no contaba todo porque si no lo demandarían. ¿Eso puede pasar? ¿Me podría denunciar por contar cosas que he visto y oído?

No hay más preguntas, Señoría.

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Hamijo @pastanaga, yo le contaré mi experiencia

Hace 2 años un ex-jefe mio me pidio que fuese a un juicio como testigo a favor suyo por que un proveedor le exigia el pago de unos 4.000 euros que le debia (habia un follon ahí de facturas y entregas en B del copon). Total que me a las semanas me llega el papel del juzgado que vaya a coger una citación (esa es la primera putada ya que por telefono ni nada te dicen de que va el tema) voy a recogerla y resulta que era para el juicio que tenia que ir un mes mas tarde y que era por peticion de mi ex-jefe y una breve descripción del proceso...

Total que te indica que debes de ir si o si (salvo caso de fuerza mayor) y que estas obligado a decir la verdad, mi caso por ejemplo era muy sencillo, mientras yo trabaje con el reconoíi las facturas/albaranes de mercancia que yo recepcionaba y la factura que era anterior a mi estancia en la empresa pues que yo no habia recepcionado tal mercancia y que ni idea de donde estaba esa mercancia, (eran artículos del 2007) y encima un albaran sin firma de recibido ni nada, el tio lo que habia hecho era coger todos los articulos que decia le habia entregado y lo habia unido todo en un albaran del año 2011 el cual a mi me intento hacer firmar alguna vez como que lo habia yo recibido a lo cual evidentemente dije que no. Al ver ese albaran qu me enseñaron en el juicio dije que yo no habia recepcionado eso y punto.

En resumen que lo siento pero debes de ir y si no, puedes buscarte un problema, y una vez alli decir la verdad, y que el juez, y el abogado de cada parte te haran preguntas

Mira a ver si puedes hacer un escrito contestando a las preguntas que supuestamente te haran todas las partes, aunque creo que no, una especie de declaración jurada, pero vamos que estoy hablando ahora en modo cuñado
 
@Spawner, no sé por qué citas a Darkiano, porque aparte de ser un baboso y un subnormal chupi sin gracia alguna, no tiene ni puta idea de Derecho más allá de topicazos. Yo tengo poca, muy poca, pero las mongoladas que suelta él son de barra de bar y boina enroscada.

Sobre la experiencia de @SPETNAZ, no creo que sea muy útil porque es un asunto de la jurisdicción Civil. Por norma general, en temas civiles, son las partes las que han de preocuparse por probar lo que alegan aportando pruebas en forma peritos, testigos, documentos, etc. Es decir, el Juez resuelve sobre lo que otros le traen, no "investiga por su cuenta", por decirlo de alguna manera. En cualquier caso, la Ley de Enjuiciamiento Civil dice que se puede multar al testigo citado que no comparezca pero ojo, testigo citado es el que cita el Juez. Los testigos que llevan las partes no cuentan. Y como dije, salvo algunas excepciones, son demandante y demandado quienes normalmente comprometen a Fulano o Mengano a ir a declarar. Y si Fulano o Mengano no aparece te jodes.

También puede ocurrir que yo quiera que Menganito testifique pero sepa que no va a hacerlo voluntariamente. En ese caso puedo pedir al Juez que lo cite "que sea el Juzgado quien le obligue a ir", precisamente para que la amenaza de multa le haga mover el culo (el caso de SPETNAZ). En cualquier caso, por lo que tengo entendido, la aplicación de estas multas es, en el mejor de los casos, bastante laxa.

El caso de @pastanaga es distinto porque es un asunto penal (ha hablado de una querella):

Me han citado como testigo en una querella. Si perder unas cuantas horas para ir a declarar no fuese poco, encima el juzgado está en otra localidad. Estando todavía en fase de instrucción, ¿es obligatorio personarse en ese lugar que está a tomar por culo? Según el papelito, me pueden cascar multa de 5.000 euritos.

  • Sí, te pueden multar. Es más, pueden incluso cascarte delitos de obstrucción a la justicia y desobediencia grave. ¿Cómo de estrictos son con estos asuntos en lo Penal? No lo sé pero yo no me la jugaría.
  • Que esté en fase de instrucción es indiferente, puedes estar obligado a asistir tanto a declarar durante la instrucción como en el propio juicio.
  • Sí, es obligatorio personarse, aunque la ley dice que si el testigo reside en otra localidad el Juez deberá abstenerse de hacerlo comparecer ante él a no ser que sea absolutamente necesario. Parece que en este caso lo considera así.
  • Sé que existe la posibilidad de testificar vía videoconferencia (art. 325) y de hacerlo ante el Juez de tu localidad que luego remite el interrogatorio al Juez que lleva el caso pero no sé como ha de solicitarse, si tú puedes hacerlo, si sólo se permite en casos puntuales (enfermos, personas de movilidad reducida, etc.).
  • En tu empresa están obligados a permitirte acudir a declarar sin que eso repercuta en tu sueldo o días de vacaciones. Eso sí, por el tiempo imprescindible y debes justificarlo (pedir el papelito en el Juzgado)
  • Puedes solicitar ser indemnizado por los gastos ocasionados (transporte) e incluso por otro tipo de perjuicios (por ejemplo, si eres autónomo, por el día de curro perdido).

Si los acusados por la del sombrero pudieron declarar por carta, ¿no lo puedo hacer yo, que no tengo ninguna culpa?
No lo sé, parecen ser situaciones distintas. Ellos eran acusados de una falta, creo. Tú testigo de un ¿delito?

quien me ha propuesto como testigo es la parte querellante
Es indiferente quien te haya propuesto porque quien te ha citado es el Juez.

Lo que me pide el cuerpo, en cambio, es sacar la ametralladora (metafórica) y pegar tiros a diestro y siniestro, contando ilegalidades cometidas por el bastardo ese.
Y probablemente el Juez te interrumpirá diciéndote que aquí de lo que se está tratando es de X, que te atengas a ese asunto y a responder a las preguntas que se te hagan. Que si crees que "el bastardo ese" ha cometido otras ilegalidades presentes una denuncia o querella.

No tengo pruebas materiales y por eso no está ya denunciado, y seguramente la cosa no llegaría más lejos, pero por lo menos quedaría dicho en sede judicial y quizás se arrepiente de hacerme perder el tiempo
Dudo que te dejen explayarte (punto anterior), quizás si es algo conexo con el asunto principal. En cualquier caso, que tú insinúes que ha cometido otros delitos no tendrá trascendencia alguna en el juicio. Además, si no tienes pruebas ¿para qué meterte en más berenjenales?

Sin embargo, en el juicio de Urdangarin un testigo dijo que no contaba todo porque si no lo demandarían. ¿Eso puede pasar? ¿Me podría denunciar por contar cosas que he visto y oído?
  • No sé exactamente que fue lo que dijo ese testigo en el juicio de Urdangarín así que no me atrevo a decirte. Quizás el tipo tenía miedo de que le denunciaran por injurias o calumnias, no lo sé.
  • Si mientes en un juicio como pueden procesarte por falso testimonio. Pero ha de probarse que has mentido deliberadamente, de mala fe. Son raras las condenas de este tipo. Es muy frecuente que un testigo amigo/familiar del acusado mienta o "maquille" lo sucedido para protegerlo pero generalmente los jueces se lo huelen y ponen en cuarentena ese testimonio o sencillamente lo descartan, pero no enchironan al testigo. Por eso la primera pregunta que te hacen es si tienes alguna relación de parentesco, amistad o enemistad con el imputado.
 
Para que hable de todo sin saber. Como buen forero.
 
La videoconferencia se solicita por escrito al juzgado que te haya citado, hay que alegar alguna razón, pero conque suene plausible vale. No disposición de tiempo para el desplazamiento por motivos laborales, razones familiares, o algo así.
 
Sí, te pueden multar. Es más, pueden incluso cascarte delitos de obstrucción a la justicia y desobediencia grave. ¿Cómo de estrictos son con estos asuntos en lo Penal? No lo sé pero yo no me la jugaría.

El tío que me entregó la citación, sin yo preguntarle nada, me indicó que últimamente habían empezado a poner las multas porque si no nadie se presentaba. Intentaré preguntar por lo de la videoconferencia, a ver si cuela.

Por cierto, que me llevaron la citación al trabajo. :shock: Sorprende especialmente esta capacidad para localizarme cuando unos días después llegó a casa de mis padres (donde oficialmente no resido desde hace años) un sobre a mi nombre con instrucciones para pasarme por el juzgado de mi ciudad para recoger algo, entiendo que la misma citación por lo que explica Spetnaz. Están mejor conectados con el Ministerio de Trabajo que con la Policía Nacional o el Ayuntamiento, parece.

Puedes solicitar ser indemnizado por los gastos ocasionados (transporte) e incluso por otro tipo de perjuicios (por ejemplo, si eres autónomo, por el día de curro perdido).

¿Ein? ¿A quién?

Es indiferente quien te haya propuesto porque quien te ha citado es el Juez.

Desde el punto de vista legal, sí. Pero desde el personal, jode más si te meten en estos rollos sin tener razón.

Y probablemente el Juez te interrumpirá diciéndote que aquí de lo que se está tratando es de X, que te atengas a ese asunto y a responder a las preguntas que se te hagan. Que si crees que "el bastardo ese" ha cometido otras ilegalidades presentes una denuncia o querella.

Dudo que te dejen explayarte (punto anterior), quizás si es algo conexo con el asunto principal. En cualquier caso, que tú insinúes que ha cometido otros delitos no tendrá trascendencia alguna en el juicio. Además, si no tienes pruebas ¿para qué meterte en más berenjenales?

Ya sé que no tendría consecuencias ni en ese caso ni, a falta de otra acción, en la vida del "bastardo ese". Solo que lo conozco y le jodería sobremanera.

En cualquier caso, supongamos que juntase algún indicio de ilegalidad y las ganas de llegar al final. ¿Qué diferencia hay entre denuncia y querella? ¿Cuál se presenta en qué situaciones? ¿En alguna de ellas hay consecuencias si el indicio no se considera suficientemente fundado?
 
Yo tuve que ir a un juicio como acusado y confundí Gran Via Les Corts no-sé-qué con Travessera les Corts no-sé-qué. Me lo perdí. Al final pagué sólo una multa.
 
La videoconferencia se solicita por escrito al juzgado que te haya citado, hay que alegar alguna razón, pero conque suene plausible vale. No disposición de tiempo para el desplazamiento por motivos laborales, razones familiares, o algo así.

Joder si lo hubiera sabido antes, que me tuve que desplazar por una movida de la empresa a barcelona, era a gastos pagados, pero leches que tuve que dejar dos dias mi casa y a mi hija con un familiar.
 
Joder Boniato cuanta inquina. Con lo bien que me caes.

Aunque estudie derecho civil y mercantil en la uní. Estoy de acuerdo contigo. Pero no hace falta que te ensañes así. Yo también tengo mi corazoncito.
 
Última edición por un moderador:
Pregunta para los picapleitos @Boniato @abogado alcoholico y otros

Hace 2 meses le hice un trabajo a una empresa (no soy autonomo), a fecha de hoy aún no me han pagado, tengo las facturas y los emails donde les digo que aún no me han pagado (me dicen no se que de mi cuenta que no han podido hacer el pago) pero desde hace unos dias no tengo noticias de ellos

Es poco importe, unos 27 euros, como puedo cobrarlos ? Se que existe la opción sin abogado y procurador de reclamar el pago,pero ni idea de que tengo que hacer
 
Mételes una buena mierda calentita en el buzón de la oficina. Vas a ser más feliz así que con los 27 pavos.
 
Llamé en horario de oficina al juzgado para informarme sobre la videoconferencia. Una zorra amargada me preguntó que sobre qué causa era. Tenía la citación en casa, así que no le podía decir qué número tenía, pero vamos, que de momento era una consulta general, por conocer las condiciones a cumplir y los pasos a seguir. Pues la tía que nanay, que no me informaba si no lo daba el numerito. Que era un tema que tenía que aprobar el juez y no sé qué. Bueno, pues ya llamaría otro día con el número de los cojones.

Al día siguiente, me olvidé la citación en casa.

Al otro, me acordé de la citación pero no de llamar en el horario en el que esa gentuza sienta el culo en la silla.

Al otro, igual.

Al otro, me acordé pero pensé que seguramente me harían mandar la solicitud por correo certificado. Teniendo en cuenta que ya quedaban pocos días hábiles antes de la declaración y que me iban a poner pegas, me dio palo llamar y acepté que fuera presencial.

El día en cuestión, després de declarar, pregunté a la secretaria (o como se llame el cargo de la tía que tomó nota, que por lo menos era un poco más simpática que la telefonista) si habría podido hacerlo por videoconferencia.

- Huy, no. Eso se reserva en todo caso para gente de fuera de la provincia.

En fin, que no sé realmente ni condiciones ni procedimiento. Solamente que es algo que hace que los funcionarios tengan que trabajar un poco y pongan trabas.

Por lo que rsepecta a la declaración en sí, menuda tomadura de pelo. Que los abogados envíen en su lugar a chavalitas recién licenciadas con las preguntas impresas para no perder ellos el tiempo me lo esperaba, pero que no lo quisiese perder tampoco el juez, no. Tuvo lugar en medio de una oficina, alrededor de la mesa de la ¿secretaria?. La mujer transcibía libremente mis respuestas Encima de lenta entendiendo y pulsando teclas, repartía faltas de ortografía e imprecisiones en las respuestas que era un primor. Después de una ronda de correcciones a lo transcrito, imprimió tres copias, firmamos, y ale. O sea, que realmente lo de la videoconferencia habría sido exagerado para el caso. Con un Word habría bastado.
 
Tened en cuenta que aunque Boniato es un hombre serio, académico y documentado en sus respuestas sobre temas jurídicos, él se basa estrictamente en la teoría o doctrina jurídica, en otros términos, se basa en lo que debería ser desde una aplicación rigurosa de las leyes, no en lo que de hecho se hace en la práctica en la mayoría de los juzgados en España.

Yo tengo mis discusiones con Boniato porque mi perspectiva es bastante más subversiva. Y se basa en la constatación, por experiencia directa, del abismo entre teoría y práctica jurídica en procedimientos judiciales. En los próximos días tengo que hacer trámites por el TSJ de Madrid, CGPJ y Fiscalía del TC así como juzgados en Plaza Castilla, donde fuimos a acompañar a Prongo.
 
Pues es 100% verídico. Eso sí, mis conocimientos son totalmente extra-académicos. Si alguien quiere confiar en mí para redactar escritos o algún recurso, ya sabe cómo contactarme. Tengan en cuenta que no puedo firmar nada ni tendría autorización para presentarlo en caso de que fuese requisito legal tener representantes. Funciona desde hace poco un sistema digital-electrónico de firmas para procuradores y abogados, que tienen que estar colegiados para ejercer profesionalmente.
 
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