Algo personal. (Hilo Chupi)

  • Iniciador del tema Iniciador del tema Bismark
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Bismark rebuznó:
MADXTAR rebuznó:
Bismark rebuznó:
Pope Amunike rebuznó:
¿Cuál es la multa por allanamiento de recinto, profanación de tumba y necrofagia?

Es para un trabajo de clase.

Vas a utilizar la moto o el coche para ello?

No deberia de haber un hilo: Consulta al Picolo o algo asi para estos menesteres?

Voy a tener que empezar a cobrar.

Se acabó lo de Benemérita, en ese caso.
 
hetfield1963 rebuznó:
Resumen Gráfico:

Padre de Bismark

borracho.jpg


LLegando a casa

maltrato.jpg


Bismark queda marcado de por vida

30032775.tricornio.jpg

Exactamente, no es asi. No le zurraba y se iba al bar después.
 
aceituno, te compro maria que este requisada, pero que no se entere nadie
 
Tankian rebuznó:
Hilo-consultas:

¿Cuántos testigos hay que tener en una pelea para que en el juzgado no sea tu palabra contra la de un grupúsculo de menores en caso de lesiones para con alguno de ellos (o todos 8)) o similar? Se entiende que media provocación y demás.
Si hay lesionados date por jodido, aunque tengas 30 testigos.
Son 120 euros por la consulta online.
 
Bismark rebuznó:
Flendis rebuznó:
Primero iba al bar a recargar fuerzas y luego la embestía.

Nunca le pegó. Era más bien psicológico.

Y tú mientras tanto que hacías? Masturbarte?

En el mundo no habría persona capaz de rozar a mi santa madre o de humillarla psicológicamente, ni mi padre.

No hay nada más peligroso que un hijo dolido por el daño causado a su madre.

vidas%20privadas.jpg
 
a ver.....

la mujer de la que has estado enamorado en silencio tiene como pareja a un hijo de puta que le hace la vida imposible ademas de follarsela por el culo de vez en cuando, como no puedes tenerla solo te queda abrir este hilo de odio cutrecillo como venganza.....por ahi va la cosa, no?
 
j.m.1970 rebuznó:
Tankian rebuznó:
Hilo-consultas:

¿Cuántos testigos hay que tener en una pelea para que en el juzgado no sea tu palabra contra la de un grupúsculo de menores en caso de lesiones para con alguno de ellos (o todos 8)) o similar? Se entiende que media provocación y demás.
Si hay lesionados date por jodido, aunque tengas 30 testigos.
Son 120 euros por la consulta online.
¿Y el tema de la provocación previa, la defensa propia y demás?

Si tiene cuenta de Paypal, deme la contraseña y yo me avío.
 
Flendis rebuznó:
Bismark rebuznó:
Flendis rebuznó:
Primero iba al bar a recargar fuerzas y luego la embestía.

Nunca le pegó. Era más bien psicológico.

Y tú mientras tanto que hacías? Masturbarte?

En el mundo no habría persona capaz de rozar a mi santa madre o de humillarla psicológicamente, ni mi padre.

No hay nada más peligroso que un hijo dolido por el daño causado a su madre.

vidas%20privadas.jpg

A veces no te enteras de la mitad, porque tu propia madre intenta evitarlo.

Además, hace años que no vivo con ellos.
 
ruben_vlc rebuznó:
a ver.....

la mujer de la que has estado enamorado en silencio tiene como pareja a un hijo de puta que le hace la vida imposible ademas de follarsela por el culo de vez en cuando, como no puedes tenerla solo te queda abrir este hilo de odio cutrecillo como venganza.....por ahi va la cosa, no?

No.
 
Bismark rebuznó:
A veces no te enteras, porque tu propia madre intenta evitarlo.

Además, hace años que no vivo con ellos.

Entonces en una noche loca de desenfreno entre sodomía, alcohol y estupefacientes ha tenido una pesadilla en la que ha recordado ese dolor enterrado en lo más profundo de sus entrañas y ha decido postearlo en este foro lleno de violadores, pederastas, machistas, maltratadores y judios?

Yo soy su hombre.
 
Tankian rebuznó:
j.m.1970 rebuznó:
Tankian rebuznó:
Hilo-consultas:

¿Cuántos testigos hay que tener en una pelea para que en el juzgado no sea tu palabra contra la de un grupúsculo de menores en caso de lesiones para con alguno de ellos (o todos 8)) o similar? Se entiende que media provocación y demás.
Si hay lesionados date por jodido, aunque tengas 30 testigos.
Son 120 euros por la consulta online.
¿Y el tema de la provocación previa, la defensa propia y demás?

Si tiene cuenta de Paypal, deme la contraseña y yo me avío.

[...]
Están exentos de responsabilidad criminal:

1.º El que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión.

El trastorno mental transitorio no eximirá de pena cuando hubiese sido provocado por el sujeto con el propósito de cometer el delito o hubiera previsto o debido prever su comisión.

2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión.

3.º El que, por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia, tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad.

4.º El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:

Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito o falta y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.

Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.

Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

5.º El que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos:

Primero. Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar.

Segundo. Que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto.

Tercero. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.

6.º El que obre impulsado por miedo insuperable.

7.º El que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.

En los supuestos de los tres primeros números se aplicarán, en su caso, las medidas de seguridad previstas en este Código.

[arriba]


CAPITULO III

De las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal


Artículo 21.

Son circunstancias atenuantes:

1.ª Las causas expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.

2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior.

3.ª La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante.

4.ª La de haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades.

5.ª La de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral.

6.ª Cualquier otra circunstancia de análoga significación que las anteriores.

[arriba]


CAPITULO IV

De las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal


Artículo 22.

Son circunstancias agravantes:

1.ª Ejecutar el hecho con alevosía.

Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido.

2.ª Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente.

3.ª Ejecutar el hecho mediante precio, recompensa o promesa.

4.ª Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo u orientación sexual, o la enfermedad o minusvalía que padezca.

5.ª Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito.

6.ª Obrar con abuso de confianza.

7.ª Prevalerse del carácter público que tenga el culpable.

8.ª Ser reincidente.

Hay reincidencia cuando, al delinquir, el culpable haya sido condenado ejecutoriamente por un delito comprendido en el mismo título de este Código, siempre que sea de la misma naturaleza.

A los efectos de este número no se computarán los antecedentes penales cancelados o que debieran serlo.

[...]


Mira a ver donde estás tu.
 
Flendis rebuznó:
Bismark rebuznó:
A veces no te enteras, porque tu propia madre intenta evitarlo.

Además, hace años que no vivo con ellos.

Entonces en una noche loca de desenfreno entre sodomía, alcohol y estupefacientes ha tenido una pesadilla en la que ha recordado ese dolor enterrado en lo más profundo de sus entrañas y ha decido postearlo en este foro lleno de violadores, pederastas, machistas, maltratadores y judios?

Yo soy su hombre.

Yo solo bebo whisky o cerveza y no fumo ni me endrogo. Bueno, proteinas de esas si que tomo. Desconozco sus efectos sobre mis neuronas y tal.
 
Claro que los tenemos, de hecho es lo único que compartimos con los blancos.
 
Que mierda de familias teneis con razon estais todos aqui. Mis padres son cojonudos (todos ellos).
 
deividi rebuznó:
Que mierda de familias teneis con razon estais todos aqui. Mis padres son cojonudos (todos ellos).

Yo ya he formado la mia. Con perro hijo de puta incluido

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Pope Amunike rebuznó:
Tiene pinta de chuparla bien.

Chuparla no se, pero comer y cagar, todo lo que quieras y más.

Ya postearé alguna de sus obras, para que Creep se pajee.
 
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