Un juez niega que la SGAE pueda cobrar por toda la música
La sentencia exime a un bar del pago de derechos de autor al poner discos que están "fuera de los circuitos comerciales"
La música es lo importante de la Sala Beat. El dueño del local, Ricardo Alameda, de 38 años, saca con mimo uno de los miles de vinilos de la discoteca, lo limpia y lo pincha con esmero. Comienza a sonar Ad Gloriam, el disco psicodélico que la banda italiana Le Orme grabó en 1968. Suena bien. Las paredes están cubiertas de pósters de conciertos. La Sala Beat no está en el barrio céntrico de una gran ciudad, sino en Tomelloso (Ciudad Real), una localidad de 35.000 habitantes. Después suenan Mystic Siva, Sonic Rendevouz Band, The Hangdogs y un sinfín de grupos que sólo los muy entendidos podrían tararear.
La entidad alega que la mera existencia de un reproductor ya le da derecho a recaudar
Como el bar es peculiar, Ricardo comenzó hace dos años una batalla contra la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), que le reclamaba 120 euros al mes por los derechos de autor de las obras que pone. El coleccionista saca un álbum del que se hicieron 500 copias en todo el mundo y resume: "Éstos no ven un duro de la SGAE y no entiendo por qué tendría que pagar". Ricardo ha conseguido que, en una sentencia pionera, un juez le dé la razón.
La SGAE mandó detectives al local y a finales de 2005 le reclamó en el juzgado 2.391,08 euros por realizar "actos de comunicación pública" sin autorización de la SGAE, algo prohibido, según la Ley de Propiedad Intelectual.
Ricardo contactó con el abogado Vicente Martínez Onsurbe y decidieron que, en vez de pagar, pelearían en el juzgado para sentar precedente: eludir a la SGAE pese a poner música que no está exenta de derechos de autor. "Presentamos al juez una lista de 400 discos que pone la Sala Beat para que la SGAE dijese de cuántos de esos grupos tiene los derechos, pero no quisieron contestar. Ellos no gestionan toda la historia del rock and roll aunque actúan como si fuera así", señala el letrado.
Según Ricardo, en la vista el magistrado demostró su conocimiento al preguntarle si conocía Manassas. "La banda de Stephen Stills", replicó el dueño del bar.
Por todo, el pasado septiembre, en una sentencia pionera, el juez consideró acreditado que "en la Sala Beat de Tomelloso no se comunican, emiten o transmiten obras gestionadas por la SGAE, sino, por el contrario, obras musicales de los años cincuenta y sesenta, hoy sólo en soporte vinilo, que se hallan fuera de los establecimientos habituales de comercialización y no son difundidas por programas de radio y/o televisión de difusión general"; absolvió a Ricardo y obligó a la SGAE a pagar las costas.
Este diario intentó el viernes sin éxito obtener la versión de la SGAE, pero al recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial dejó clara su opinión. En el texto, la entidad sostiene:
"Si existe un aparato reproductor de música o televisión en el establecimiento y se prueba que se utiliza estando abierto al público éste, se devengan derechos de autor". Además, considera que "el repertorio de obras gestionadas por la SGAE es irrelevante". Es decir, que tiene que cobrar independientemente de la música que se ponga, y por eso no entró a detallar la lista de 400 discos que presentó Ricardo en el juzgado.
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