No se, hace un rato se confirmó que la normativa ha cambiado y se publico el punto concreto. Está en Twitter si quieres leerlo. La Federación sabrá si se miente a si misma o tiene un segundo punto oculto en el país de nunca jamás.
Tal cual...
Con el nuevo reglamento, si un futbolista es expulsado en un partido por roja directa y castigado con una sanción leve (entre uno y tres partidos de suspensión), esta sanción se ha de cumplir en la Liga. Ahora bien, las sanciones consideradas como graves y castigadas con cuatro o más partidos de suspensión, se cumplen en los siguientes partidos de Liga, Copa o Supercopa,según vengan programados en el calendario.
Chumi simplemente tenía las 5 amarillas en segunda B, cumplía ciclo en su liga, nada más. No le supone nada en la copa. Ergo, ya el debate no tiene mucho sentido.
Al ser acumulación de amarillas y no una roja directa, la sanción se considera leve y, por tanto, debía cumplir la sanción en su competición. Así lo estipula la circular 28 enviada por la RFEF el 29 de noviembre de 2018
Y, por último:
Artículos 23.3 y 23.4 del Código Disciplinario de la RFEF. La alineación indebida debe reclamarse a las 14 horas del segundo día hábil tras el partido en el que se cometió la alineación indebida.
Resumiendo, lo pilles por donde lo pilles, un puto ridículo de EL MUNDO.